La calificación permite que esta instalación puesta en marcha en 1988 se acoja a las reducciones del precio de coste de mantenimiento y compra de combustible de las centrales insulares
El Supremo considera compatible la central de Lanzarote tras un contencioso de 30 años
La calificación permite que esta instalación puesta en marcha en 1988 se acoja a las reducciones del precio de coste de mantenimiento y compra de combustible de las centrales insulares
El Tribunal Supremo ha considerado compatible la central eléctrica de Punta Grande en Lanzarote para acogerse a una reducción de costes por su actividad 30 años después de que las empresas Endesa y Unión Elécrica de Canarias (Unelco) iniciaran este contencioso.
La calificación permite que esta instalación puesta en marcha en 1988 se acoja a las reducciones del precio de coste de mantenimiento y compra de combustible de las centrales situadas en los territorios insulares, que otorga y regula de forma periódica el Estado.
En el caso de Canarias la última estación que quedaba por obtener esta categoría era la lanzaroteña dado que Endesa interpretó el silencio administrativo como positivo a lo que se opuso el Estado.
Sin embargo, los sucesivos tribunales han indicado que se está ante un procedimiento diferente y que basta con una resolución emitida por la Dirección General de Política Energética y Minas de finales de 2020 para reconocer la compatibilidad.
En su día estas compañías también discreparon en cuanto al baremo utilizado por el Ministerio de Transición Ecológica sobre el factor de corrección empleado en los territorios insulares que se va actualizando de forma periódica.
En concreto, con la última resolución judicial se puede dar por terminado el proceso para obtención de compatibilidad de este grupo junto con otros dos de Ibiza, que se inicia con una solicitud a la que le sigue la emisión de sendos informes de valoración.
Estos son el del operador del sistema y el de la Comisión Nacional de Mercado y la Competencia, ponderando las ventajas técnico-económicas de la nueva instalación y a continuación se debe pronunciar el Gobierno autónomo.
El Abogado del Estado mantuvo que no se debía interpretar el silencio administrativo como positivo y que el otorgamiento de esta compatibilidad no supone ningún derecho a recibir una mayor retribución.
Pero el TS indica que la resolución de la Dirección General, determina que la instalación de Lanzarote cumple con los criterios técnicos y económicos para poder acogerse a la reducción de los costes de las actividades de generación, distribución y transporte de energía eléctrica.
Desde la compañía Endesa se indica a EFE que al darle el TS la razón la sentencia en la práctica no tiene consecuencias y se recuerda que la central de Lanzarote ya estaba reconocida dentro del marco regulatorio de Canarias, pese a las reticencias mostradas por el Estado.
Fuentes de la compañía apuntan que la cuestión de fondo es el dinero que otorga el Gobierno central para el funcionamiento de las centrales y que en las islas tienen una regulación especial, aunque la compañía asegura que desde hace años “aquí todo está todo atado y regulado” y que pese a este largo proceso judicial se ha trabajado con normalidad.
Éste último, en todo caso, hubiese tenido efectos en caso de que el fallo le hubiera dado la razón al Estado y se declarara que la estación conejera no es “compatible” y que por lo tanto no se puede acoger al dinero otorgado por el Estado para las islas.
Comentarios
1 Anónimo Lun, 07/08/2023 - 18:30
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