El TSJC obliga al Ayuntamiento de Arrecife a retomar la expropiación de los terrenos de dos colegios y un campo de fútbol
Las empresas que defienden la titularidad de los terrenos reclaman unos 18 millones
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado la petición del Ayuntamiento de Arrecife de aclarar una sentencia, del pasado mes de julio, que obliga a la institución a retomar un expediente de expropiación que afecta a los colegios Los Geranios y Mercedes Medina (hoy IES Altavista) y al campo de fútbol de Altavista.
La disputa entre el grupo empresarial formado por Fabrecar, Tamicar y Rosario Cabrera Tavío e Hijos y el Ayuntamiento capitalino por los terrenos en los que se construyeron los citados equipamientos educativos y deportivos se alarga desde hace años.
En mayo de 2012, con Manuel Fajardo Feo (CC) en la alcaldía, el pleno del Ayuntamiento tomó el acuerdo de no continuar con la tramitación de un expediente de expropiación que habían iniciado las empresas, que defienden la titularidad de los terrenos.
En otros procedimientos, las empresas han reclamado una indemnización de 18 millones de euros, más intereses, por la ocupación por parte del Ayuntamiento de Arrecife de unos 55.000 metros cuadrados de suelo.
En cambio, el Ayuntamiento defiende que los terrenos se encuentran incluidos en el inventario municipal de bienes. De hecho, sobre el inventario de bienes se abrió otro procedimiento judicial.
En cuanto al pleito por la paralización del expediente de expropiación de los terrenos, el Juzgado de lo contencioso administrativo número 6 falló a favor del Consistorio capitalino pero, en julio, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso del TSJC dio la razón a las empresas de los herederos del conocido como cabo Pedro.
En la sentencia, el tribunal aprecia, por un lado, que el acuerdo adoptado por el pleno en mayo de 2012 fue "radicalmente nulo" y, por otra parte, añade que "los títulos" de propiedad "que reivindica el Ayuntamiento de su inventario no están debidamente inscritos".
Así se deduce, señala la sentencia, del propio acuerdo municipal, que ordena realizar todas las "actuaciones necesarias para efectuar la inscripción de los bienes", en referencia a los terrenos de los colegios y el campo de fútbol.
El tribunal señala que "no basta con invocar un inventario municipal de bienes" frente "al registro de la propiedad". Así, aunque el Ayuntamiento pueda llegar a revocar las inscripciones de los terrenos a favor de las empresas en la vía civil, en el ámbito contencioso el tribunal concluye que se mantiene "la viabilidad del expediente expropiatorio".
Contra la sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo. El Ayuntamiento pidió una aclaración al TSJC que ha sido desestimada mediante un auto notificado el pasado 17 de diciembre.
De esta manera, el tribunal sostiene que lo que pretende el Consistorio es que "vuelva a valorar" uno de sus argumentos, ya analizado, "y por tanto, volver a dictar sentencia, cuando ésta ya ha resuelto y dado contestación a todas las cuestiones planteadas".
Comentarios
1 Vecino Vie, 27/12/2019 - 08:27
2 Asombro Vie, 27/12/2019 - 12:50
3 Pufete Vie, 27/12/2019 - 21:20
4 Lola Lun, 30/12/2019 - 10:55
5 Brutos y estúpidos Jue, 02/01/2020 - 15:07
6 Sin Esperanza Jue, 02/01/2020 - 15:12
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