El TSJC confirma una condena por un delito sexual continuado a una niña en Lanzarote
El condenado era pareja de la madre de la menor y el caso estalló porque agredió a otra joven en una fiesta
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la condena de 12 años de prisión para el acusado de un delito continuado de abuso sexual sobre una menor de edad en Lanzarote, rechazando el recurso contra la resolución previa de la Audiencia Provincial.
El condenado, de 44 años de edad y nacionalidad colombiana, fue condenado también a no acercarse ni comunicarse con la víctima durante 20 años, así como un periodo de libertad vigilada de ocho años después de la pena de prisión y una indemnización de 20.000 euros.
Según los hechos probados, avalados por el TSJC, el condenado convivió con la madre de la víctima desde que la menor tenía dos años de edad y aprovechaba cuando se quedaban a solas para “realizarle tocamientos en los órganos genitales, llegando a introducirle, en múltiples ocasiones, los dedos en la vagina”.
Además, el condenado llegó a introducirle “el pene en la vagina, sin emplear protección y sin que conste que llegara a eyacular”. También le practicó sexo oral a la niña, sobre la que había asumido “el rol de padre” en todas las facetas derivadas de la relación familiar, “como si se tratase de su padre biológico”.
El caso estalló, según la sentencia, por lo ocurrido en una fiesta celebrada en mayo del año 2020, “varios años después de los tocamientos y agresiones sexuales practicados sobre la joven”, que en aquel entonces tenía 12 años de edad.
La sentencia relata que en esa fiesta se encontraba otra joven, mayor de edad, hija de un amigo del ahora condenado, que se puso a templar y gritar como una “loca” que el hombre “le había metido los dedos en sus partes íntimas”.
Para el TSJC, esta otra denuncia constituye un “elemento de corroboración” al que “hay que darle credibilidad”, al tratarse de una testigo “directa” de la actuación del hombre. Si bien esta segunda denuncia “no se refiere a los abusos sexuales” sufridos por la víctima menor de edad, “sí que revela una conducta y actitud suficiente para erigirse en elemento corroborador”, añade el tribunal.
“Máxime”, agrega la sentencia, “cuando es explicable por las reiteradas afirmaciones de la expareja [la madre de la niña] de que el acusado se drogaba mucho y, en particular, igualmente así lo estaba el día de ese incidente”.
Para el TSJC resulta respecto del condenado “creíble la perversión hacia niñas de tan temprana edad”, en referencia a la víctima, que sitúa el inicio de los abusos sobre los ocho años.
La demora en la denuncia, concluye el tribunal, se justifica por el incidente ocurrido en la fiesta familiar de mayo de 2020, “en la que el acusado abusó sexualmente de otra joven”, lo que origina que la hija de la expareja, ya con 12 años, “rememore lo acaecido un par de años antes y se vea animada a denunciar por el ejemplo de la reacción de la otra joven”.
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