TRIBUNALES

El TSJC ratifica una condena de 10 años y medio de cárcel por un delito continuado de agresión sexual a una niña en Lanzarote

El magistrado Antonio Doreste discrepa, emite un voto particular y considera que el acusado debió ser absuelto

Diario de Lanzarote 2 COMENTARIOS 05/06/2024 - 17:48

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial que condenó, en diciembre pasado, a un hombre por un delito continuado de agresión sexual con acceso carnal sobre una menor de 16 años en Lanzarote.

La condena que se le impuso por la Audiencia fue de 10 años y seis meses, con la inhabilitación para cualquier profesión u oficio que lleve contacto regular y director con menores de edad por tiempo de seis años, además de la prohibición de acercarse a la víctima durante seis años o comunicarse con ella durante 16 años.

Igualmente, se le condenó a indemnizar con 30.000 euros a la víctima por los daños morales sufridos.

Según los hechos probados de la sentencia, en fechas próximas a la Navidad de 2018, el acusado, natural de Colombia y con antecedentes penales, “movido por su atracción sexual hacia los menores de edad, con ánimo de mantener relaciones sexuales y satisfacer así su ánimo libidinoso, mantuvo dos encuentros sexuales” con una menor de edad.

Así, se aprovechó “de la relación de confianza existente entre ambos, por ser la pareja sentimental” de una prima de la menor de edad. “Dichas relaciones sexuales plenas y no consentidas por la menor” y “se iniciaron cuando ésta tenía 9 y 10 años de edad”.

El primero de los encuentros sexuales tuvo lugar en Playa Honda, mientras la niña se encontraba buceando. Según la sentencia, el acusado, “en repetidas ocasiones, le introdujo una de sus manos dentro de su traje de baño (bikini), concretamente en su zona genital, acariciándole dicha zona, intentando introducir alguno de sus dedos en su vagina”.

“El segundo de los encuentros sexuales tuvo lugar en la fecha antes mencionada, en un parque cercano al domicilio de la víctima” en Arrecife, “momento y lugar que aprovechó” el acusado “para masturbarse en presencia de la menor”, poniéndola de rodillas delante suya, “introduciéndole su pene en su boca y moviéndole la cabeza de delante hacia atrás”.

“Como consecuencia de los hechos descritos con anterioridad”, la víctima menor de edad ha sufrido daños morales consistentes en “angustia, temor, desconcierto, pánico, vergüenza, malestar y desasosiego”, añade la sentencia ahora ratificada por el TSJC.

El acusado ingresó en prisión provisional el 29 de septiembre de 2021 y permaneció en la misma hasta el 15 de marzo de 2022 por esta causa. Había sido condenado en 2011 por robo a cinco años de cárcel y por un delito de lesiones a dos años y medio de prisión. También había sido condenado por conducir sin permiso, así como por delito leve de injurias o vejaciones en el ámbito familiar, y asimismo por un delito de amenazas en el ámbito familiar.

El magistrado Antonio Doreste emitió un voto particular en el que manifiesta que, en su opinión, “no hay carga probatoria suficiente para mantener la condena”, por lo que a su juicio debería haberse revisado la sentencia de la Audiencia Provincial y absolver al acusado.

Comentarios

Asquerosos hay en todos lados. Lástima que no existan los trabajos forzados para ciertos presos.
Qué asqueroso

Añadir nuevo comentario