Los Juzgados dictan cuatro sentencias contra el Cabildo y a favor del alquiler turístico de villas
Los Juzgados siguen dando la razón a los propietarios de villas en Lanzarote que las quieren alquilar con fines turísticos, frente al Cabildo de Lanzarote que ha dictado resoluciones denegando las autorizaciones turísticas.
La primera sentencia fue del Juzgado de lo contencioso número 3 Las Palmas y se conoció en octubre pasado. Otro juzgado de lo contencioso, el número 2, dictó el pasado 25 de febrero otra sentencia y el 4 de marzo otras dos, que dan la razón a dueños de villas y anula las decisiones del Cabildo.
En total, son cuatro las sentencias que por el momento dan la razón a propietarios de villas, que en todos los casos han estado representados por el despacho de abogados Izquierdo & De la Cueva, de Arrecife.
La representación legal de los propietarios se opuso a la negativa del Cabildo a permitir la actividad turística en villas, negándose a facilitar los libros de inspección y las hojas de reclamaciones, una “argucia jurídica esta que pretendía colocar a los propietarios en situación de ilegalidad”.
El Cabildo argumenta que las villas están en suelo residencial pero el Juzgado considera que no es necesaria autorización para alquilar
Las sentencias judiciales recogen, “como parte fundamental de su argumentación, las tesis mantenidas por los letrados del citado despacho, que entienden que la constante negativa del Cabildo a negar el derecho que se reclama es contraria a la Directiva de servicios comunitaria”, según ha destacado la representación legal de los propietarios de las villas.
El Cabildo ha denegado las autorizaciones turísticas con el argumento principal de que las parcelas en las que se construyeron las villas tenían asignado uso residencial. Sin embargo, los Juzgados interpretan que la actividad de alquiler no requiere autorización administrativa en aplicación de la conocida como Directiva Bolkestein.
Comentarios
1 Pedrito Lun, 16/03/2015 - 11:21
2 yo Lun, 16/03/2015 - 13:07
3 andrés Lun, 16/03/2015 - 15:27
Añadir nuevo comentario