La Justicia persigue en Lanzarote millonarios fraudes a Hacienda
Empresas de telecomunicaciones, constructoras, inmobiliarias o autoescuelas, entre las investigadas o condenadas en los tribunales
La Justicia ha investigado en Lanzarote en los últimos años delitos contra Hacienda por abultados fraudes al erario público. Hay instrucciones ya sentenciadas con condenas en firme, con penas de prisión y cuantiosas multas, y alguna otra causa que todavía está pendiente de juicio. Estos son algunos de los casos más llamativos:
LANZAROTE, SEDE ‘FICTICIA’ PARA ELUDIR IVA. La Fiscalía y la Abogacía del Estado solicitan cuatro años de prisión, tres millones de euros de multa y más de dos millones de euros de responsabilidad civil para los dos administradores de tres empresas de telecomunicaciones que están acusados de defraudar IVA. En la causa hay otro acusado, el administrador ‘formal’ de las sociedades, para quien la acusación pide tres años y seis meses de prisión y una multa de 2,5 millones de euros.
Las compañías Alerce Comunicaciones, Roswelt Telekom y Radio Consulting Telefonía se dedicaban a revender servicios de telefonía móvil (minutos de llamadas) a locutorios situados en la Península y por medio de teléfonos con prefijos peninsulares. Sin embargo, según la acusación, los administradores supuestamente cometieron “fraude” al montar un “entramado” de empresas radicadas en Lanzarote “con la única intención de eludir el pago del IVA” en la prestación de los citados servicios de telefonía.
En Canarias no existe IVA sino IGIC y, además, la citada actividad de servicios de telecomunicación estaba exenta de tributación en el Archipiélago. Las empresas tuvieron su domicilio social en Teguise, Arrecife o Tías pero, según la Fiscalía y la Abogacía del Estado, su actividad mercantil se desarrollaba realmente en Madrid.
La base del caso, según la acusación, radica en que los acusados presuntamente se aprovechaban de la “aparente localización” en Lanzarote “para exonerarse de su obligación de tributar por IVA, deslocalizando de manera fraudulenta su negocio en Madrid”. De esta manera, según la Fiscalía y la Abogacía del Estado, “la defraudación del IVA” en que supuestamente habrían incurrido las empresas fue de 647.758 euros en 2007, de 803.624 euros en 2008 y de 541.496 euros en 2009.
La magistrada Aitziber Oleaga, titular del Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, ha dictado un auto en el que explica que “existen numerosos indicios” de que la “efectiva actividad” de las empresas investigadas se desarrolló en la Península y no en Lanzarote, así como que “la imputación de los delitos fiscales pivota sobre la base de que la localización en Canarias” de las empresas era “artificial”. Por ello, entiende que debe ser un Juzgado de lo Penal de Madrid el competente para celebrar el juicio contra los acusados.
SAN FRANCISCO JAVIER, PLAYA BLANCA Y GIBRALTAR. El sector inmobiliario ha sido caldo de cultivo para fraudes al fisco. De la época del boom inmobiliario hay varias operaciones que han culminado con condenas judiciales: En el barrio de San Francisco Javier, en Arrecife, se construyeron dos promociones, de las que se vendieron en 2004 un total de 13 viviendas y 12 plazas de garaje.
La empresa promotora, Guardalavaca, ingresó más de 1,1 millones de euros, según las escrituras de las ventas de los inmuebles. Pero la empresa no declaró los beneficios, que ascendieron a 351.721 euros y tampoco materializó 90.158 euros que había colocado en la Reserva de Inversiones de Canarias (RIC). En total, unos 441.000 euros de los que debería haber abonado 148.000 euros en concepto de Impuesto de Sociedades.
En la sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife se destaca la “falta de colaboración” de los tres administradores de la empresa. De hecho, uno de ellos tuvo que ser notificado de los requerimientos de la Agencia Tributaria por un agente de aduanas cuando regresaba de un viaje a Marruecos. Los socios de la promotora alegaron en su defensa que “realmente no obtuvieron beneficios”, que la empresa sufría pérdidas y que “las dos promociones fueron un desastre porque la obra se encareció al encontrar roca en las excavaciones para hacer el sótano”.
El sector inmobiliario ha sido caldo de cultivo para fraudes al fisco. De la época del boom inmobiliario hay varias operaciones que han culminado con condenas judiciales
Por esas supuestas pérdidas, argumentaron que tuvieron que dejar de pagar al contable. Sin embargo, a pesar de sus excusas, ni siquiera se molestaron en presentar la documentación que acreditase “lo que les costó realmente la obra”. A los tres administradores de la compañía se le impuso una pena de dos años de prisión y una multa de 296.011 euros, el doble de la cantidad defraudada. La Audiencia Provincial ratificó la condena.
Otro caso: en la urbanización Montaña Roja, en Playa Blanca (Yaiza) se vendieron cuatro parcelas. La comisión total por intermediar en la operación ascendió a 350.000 euros que ingresó la empresa Parque Offices Lanzarote de otra compañía, con sede en Gibraltar, denominada White Wind Limited. Ambas sociedades tenían un denominador común: su administrador. La sentencia deja claro que eludió declarar esa cantidad en el impuesto de sociedades de la compañía con sede en la Isla, “pese a ser el resultado de una actividad realizada mediante la estructura con que tal entidad cuenta en Lanzarote”. El administrador de la sociedad “estaba obligado a tributar en España y no lo hizo”.
Es más, en el juicio llegó a sostener que tan solo había cobrado 20.000 euros, pero mintió en su declaración, según recalcó el Juzgado de lo Penal. No fue la única irregularidad detectada. Según la sentencia, confirmada por la Audiencia Provincial, infló los gastos de la empresa el último día del año con deudas a cuatro empresas que no eran ciertas.
Cuando la Agencia Tributaria indagó se dio cuenta de que se cargaron gastos “que no se ajustaban a la realidad” y a “sabiendas de su falsedad”. En total, los beneficios no declarados por la empresa ascendieron a 430.293 euros, de los que correspondía abonar al erario público 146.095 euros. El administrador de la sociedad fue condenado a dos años de prisión y 292.190 euros.
ACEPTAR EL DELITO. En ocasiones, los acusados optan por colaborar con la Justicia, aceptar los hechos delictivos y conformarse con la condena. Fue lo que hizo el administrador de la empresa Inversiones Laaroussi Ramos, que se benefició de las circunstancias atenuantes de reparar el daño y confesar. Su compañía se dedicaba a la promoción inmobiliaria. En 2006 declaró haber perdido 2.613 euros, “omitiendo deliberadamente la existencia de importantes rentas sujetas a tributación”.
En los años 90, dos empresas venden una parcela de 401.000 metros cuadrados a la cadena hotelera RIU, que estaba obligada a ceder 2.500 metros cuadrados de locales comerciales “perfectamente acabados”. Esas mismas empresas, una década después, ceden a Inversiones Laaroussi Ramos los derechos que ostentaban sobre RIU. El precio de esta cesión fue de seis millones de euros. El 31 de diciembre tienen entrada en la caja de la compañía investigada más de cinco millones de euros. Del importe de la cesión, los impuestos que debería haber cobrado el fisco suman más de dos millones de euros.
Antes del juicio, el acusado consignó esos dos millones y medio millón más, con “un gran esfuerzo”, y además “mostró su arrepentimiento” y colaboró en la búsqueda de los otros implicados en la operación. Aceptó una condena de cinco meses de cárcel, como pedía la Fiscalía, y una multa de 523.000 euros, que fue elevada con los intereses moratorios en la Audiencia Provincial.
CONDENA AL DUEÑO DE AUTOESCUELAS. La Audiencia Provincial de Las Palmas impuso al propietario de una cadena de autoescuelas en Lanzarote y Fuerteventura una pena de dos años de cárcel por dos delitos fiscales. El primero es un delito contra la Hacienda Pública por omisión en el Impuesto de Sociedades de 2007 y el segundo por un delito fiscal relativo a las retenciones por rendimiento del trabajo no practicadas en ese mismo ejercicio. La Sala le absuelve del delito contra la Hacienda Pública del Impuesto de Sociedades de 2008 porque, aunque es posterior, ha prescrito.
También considera prescritos los delitos del otro acusado, que era su hijo y administrador solidario en la empresa Conjunto Volcán. Ambos fueron condenados en primera instancia a cuatro años de cárcel por tres delitos contra la Hacienda Pública. En la sentencia se impuso al máximo responsable de la empresa, en concepto de responsabilidad civil, la obligación de pagar una cantidad que asciende a 330.000 euros.
La sociedad Conjunto Volcán llegó a tener 15 autoescuelas en Lanzarote y Fuerteventura. La sentencia considera como hechos probados que la sociedad no declaró en el Impuesto de Sociedades en los ejercicios de 2007 y 2008 las cantidades reales ingresadas durante esos ejercicios. En 2007 habían tenido unos ingresos de 1,3 millones más de lo declarado, por lo que debían haber pagado 145.000 euros y, el año siguiente, los ingresos superiores a lo declarado fueron de 1,5 millones, por lo que debían haber abonado 357.000 euros. La sentencia también considera que pagaron fuera de nómina a sus trabajadores durante 2007 más de 800.000 euros.
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1 Veritas Lun, 12/11/2018 - 13:35
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