La juez señala que el informe de la técnico del Cabildo que descalificó San Ginés es “riguroso”
La defensa de la bodega Stratvs ha alegado dentro del procedimiento exactamente lo mismo que trasladó el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, a la juez instructora: que el informe realizado por la técnico de la Oficina del Plan Insular del Cabildo, Joana Macías, sobre la bodega, que considera que es ilegalizable, se había excedido en su contenido de lo que la propia juez le había solicitado.
Muñoz, sin embargo, dice que el contenido del informe es “completo y riguroso, acudiendo a elementos jurídicos en sus valoraciones con un amplio manejo de la legislación e instrumentos jurídicos existentes”, añadiendo que hace referencia a planes, memorias, exposiciones de motivos leyes o decretos.
La instructora aprovecha el auto en el que rechaza la apertura de la bodega Stratvs para recordar el origen del nombramiento de esta técnico como perito judicial “en garantía de la independencia de su actuación”.
Así, señala que la Fiscalía pidió en junio de 2012 que la Agencia de protección del medio urbano y natural emitiera un informe detallado sobre la bodega y también se acordó que la Oficina del PIO remitiera otro informe técnico sobre las obras, las autorizaciones y la conformidad a Derecho de las obras o de los permisos.
Dice la juez que esas dos instituciones nombraron a quien consideraron oportuno y que la Oficina del Plan Insular nombró como perito a Gustavo Navarro. También dice que el Juzgado designó a Macías a raíz de su participación como técnico jurídico en el expediente de calificación territorial sobre la bodega.
A pesar de que Macías fue nombrada específicamente por la juez para que hiciera el informe y que lo hizo como perito judicial y no como trabajadora del Cabildo, el presidente adjuntó una carta dirigida a la juez instructora señalando que el informe de Macías se excedía de lo solicitado y contenía errores.
“Independencia pericial”
La juez le contestó en una providencia que no es admisible “valoración alguna por personas ajenas a la misma o no designadas como peritos”, como es el caso del presidente y que “la supervisión institucional pudiera suponer la incursión en la independencia pericial que debe primar en todo informe, siendo responsable exclusivamente el perito suscribiente de las valoraciones y razonamientos que el mismo contenga, protegiendo las leyes procesales tal independencia”.
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1 el rigor enfermizo Vie, 30/01/2015 - 09:53
2 rigor cuando me... Vie, 30/01/2015 - 13:34
3 Comisiones Vie, 30/01/2015 - 14:44
4 podemos Vie, 30/01/2015 - 15:40
5 Al 2 Vie, 30/01/2015 - 17:15
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