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Condenan a un motorista a dos años de prisión por ir a 235 kilómetros por hora, casi el doble de lo permitido

El hombre fue detenido en un control de velocidad de la Guardia Civil de Tráfico en San Bartolomé

Diario de Lanzarote 2 COMENTARIOS 14/05/2021 - 13:51

Un hombre ha sido condenado a dos años de prisión y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante cuatro años, tras haber sido detenido en un control de velocidad de la Guardia Civil de Tráfico en el municipio de San Bartolomé el pasado 17 de marzo.

El Código Penal establece que la condena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores superior a dos años, conlleva la pérdida del permiso de conducir, por lo que la persona condenada deberá realizar las oportunas pruebas ante la Jefatura de Tráfico para la restitución de su derecho a conducir vehículos, aclaran fuentes de la Benemérita.

 La Guardia Civil del Destacamento de Tráfico de Arrecife, se encargó de la investigación del caso, por la presunta autoría de un delito contra la seguridad vial, el pasado 17 de marzo, al circular con una motocicleta a una velocidad de 235 kilómetros hora, esto es, con un exceso de velocidad de 135 kilómetros por hora sobre el límite máximo de la vía, limitada a 100 km/h.

Los hechos tuvieron lugar en el municipio de San Bartolomé cuando la motocicleta fue detectada en un control de velocidad que los guardias civiles tenían establecido en la carretera LZ-20 (Arrecife-Tinajo).

Tan pronto como la motocicleta fue detectada por el cinemómetro, se estableció el dispositivo correspondiente, al objeto de proceder a detención, e iniciándose las diligencias con aportación del fotograma e informes realizados por la fuerza instructora del Destacamento de Tráfico en la colaboración con el Equipo Territorial de Policía Judicial de la Guardia Civil de Tías.

Una vez identificado el conductor, fue informado de que tal conducta pudiera ser constitutiva de infracción penal realizándose la correspondiente entrega del atestado en el Juzgado de Guardia de Arrecife, así como en la Adscripción Permanente de la Fiscalía, donde fue citado el investigado.

El artículo 379.1 del código penal, superar en 80 km/h el límite máximo de velocidad en carretera interurbana, puede ser constitutivo de un supuesto delito contra la seguridad vial, castigado con pena de prisión de tres a seis meses, o con la de multa de seis a doce meses, o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años, pudiendo ser considerada la conducta como conducción temeraria según el artículo 380, que agrava las mismas penas, estableciendo un periodo de privación de libertad de seis meses a dos años y el de privación para conducción de ciclomotores o vehículos a motor de uno a seis años, indican fuentes de la Guardia Civil.

 

Comentarios

Vaya, los "pobres" motoristas que siempre salen como las victimas en las noticias, aunque a todos nos ha adelantado un motorista que va como un loco! Quien lo diría! A más de 200!
Casi no, más del doble, exactamente 135 Km/h más de lo permitido que eran 100 Km/h. Esas matemáticas......

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