Arrecife pagará 3 millones por una parcela aunque el justiprecio inicial era de 8,5 millones
El Tribunal Supremo (TS) ha dictado sentencia condenando al Ayuntamiento de Arrecife al pago de tres millones de euros por la expropiación de una parcela privada de 2.200 metros cuadrados de superficie junto al antiguo cementerio, calificada en el Plan General de 1991 como de uso público.
La resolución del Supremo, dictada hace dos semanas, rechaza los recursos tanto del Consistorio como de los propietarios del suelo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), de enero de 2012.
De este modo, el Ayuntamiento capitalino tendrá que hacer frente a los citados tres millones de euros más los “correspondientes intereses legales” por una parcela que se localiza entre la carretera de acceso a Arrecife y el antiguo cementerio, en las inmediaciones de la sede del Cabildo. En esa zona, conocida como La Calerita, se encuentra el intercambiador de guaguas.
La condena de tres millones de euros pudo ser muy superior. Los propietarios del suelo reclamaron que se les expropiase un total de 6.267,50 metros cuadrados argumentando que esa era la superficie que se había calificado como sistema general en el Plan General de Ordenación de 1991, en una parte destinada espacios libres y en otra a equipamientos.
El tribunal considera que en este procedimiento sólo cabe expropiar 2.200 metros de 6.267 que fueron calificados como públicos
Sin embargo, en los planos del texto refundido del Plan General que se aprobó en 1997 sólo aparecía como sistema general una porción de la parcela. En la adaptación básica del Plan General, de agosto de 2004, se volvió a incluir toda la finca como sistema general de uso público.
Los propietarios presentaron su primera reclamación al Ayuntamiento para ser expropiados el 29 de abril de 2005 y la ley establece que deben transcurrir cinco años “desde la aprobación del plan mediante el que se vincula la finca en cuestión a la ejecución de sistemas generales”. “En este caso, ni siquiera había transcurrido un año desde la entrada en vigor” de la adaptación básica del Plan General, de agosto de 2004.
El Jurado de expropiación valoró el suelo en 14,6 millones pero fijó la indemnización en 8,5 millones porque no habían pedido tanto
Por ello, los tribunales sólo han admitido la expropiación de los 2.200 metros cuadrados y no de los 6.267,5 metros, como sí había aceptado el Jurado provincial de expropiación, que es el órgano que evalúa estas reclamaciones en vía administrativa y que reconoció a los dueños de la parcela el derecho a una indemnización de más de 8,5 millones de euros.
El Jurado provincial de expropiación llegó a cuantificar en una cantidad mucho más elevada el valor del suelo, unos 14,6 millones de euros, una cifra que ni siquiera reclamaban los propietarios y que no se llegó a fijar porque el “justiprecio” no puede ser superior al que solicita quien resulta expropiado.
Comentarios
1 ciudadano Mié, 11/03/2015 - 10:15
2 Y LOS POLITICOS QUE Mié, 11/03/2015 - 13:54
3 andres Mié, 11/03/2015 - 17:14
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