Transparencia recurre la apertura de Stratvs: “Es legalmente imposible que obtenga licencia”
La asociación Transparencia Urbanística (TU), que ejerce la acusación popular en el caso Stratvs, también ha recurrido, como la Fiscalía, el auto de la Audiencia provincial por el que se decreta el levantamiento del cierre de la bodega, adoptado en 2013 como medida cautelar.
TU considera que Stratvs sigue siendo "un complejo turístico e industrial que carece de cualquier tipo de título habilitante desde el punto de vista urbanístico, al no coincidir nada de lo construido con lo autorizado" y que, por lo tanto, con su apertura se permite el desarrollo de diversas actividades industriales y turísticas que carecen de soporte legal alguno.
La asociación señala que, dentro del complejo, la tienda está enclavada en la supuesta casa que debía rehabilitarse y se demolió para construir en su lugar una edificación de nueva planta; el restaurante, terraza y grill está en el espacio donde supuestamente se tenía que habilitar un antiguo aljibe como bodega; y el resto de los doce mil metros cuadrados están construidos ilegalmente.
Señalan que, con esta apertura, el empresario Juan Francisco Rosa podrá "explotar y obtener beneficios económicos de unas instalaciones que carecen de título habilitante y, lo que es más grave, que constituyen el resultado de la comisión de los delitos que se investigan en este procedimiento", como delitos contra la ordenación del territorio, contra el patrimonio, contra el medio ambiente, contra el orden socioeconómico y contra la administración pública, incluidos los delitos continuados de tráfico de influencias y falsedad documental.
Para TU, el cierre cautelar tiene ahora más sentido puesto que ha sido refrendado en cuatro resoluciones judiciales previas y porque quedan seis meses para el primer juicio (sobre el permiso de actividad), porque en 2014 el TSJC dictó una sentencia que ratificaba el cese cautelar de la actividad a instancias del Ayuntamiento de Yaiza, y tras las sentencias que anulan el Plan Especial del Espacio Protegido de La Geria, ya que todas estas resoluciones "refuerzan la apariencia criminal del complejo turístico Stratvs y de las actuaciones que han permitido su construcción, apertura y puesta en funcionamiento".
En el recurso de súplica se recuerda que "es precisamente el suelo y el subsuelo del Paisaje Protegido de la Geria el que merece especial protección desde el punto de vista de los valores medioambientales puestos en riesgo, pues es la especial porosidad del rofe o ceniza volcánica la que permite el cultivo de vid en La Geria". También se detallan los tres expedientes sancionadores abiertos contra la bodega por parte del Ayuntamiento que se encuentran suspendidos hasta que haya sentencia.
“Clamorosa prevaricación”
Del mismo modo, TU advierte de que "para poder obtener licencia de actividad y puesta en funcionamiento, tanto para la propia bodega, como para el restaurante y la tienda y espacio de degustación, primero debe obtenerse licencia de primera ocupación que, como es bien sabido, únicamente puede obtenerse si la obra ejecutada se corresponde exactamente con la autorizada mediante la correspondiente licencia y la autorización administrativa previa", por lo que en este caso "resulta legalmente imposible la obtención de la licencia de primera ocupación, ya que, de otorgarla, quienes lo hicieran incurrirían en clamorosa prevaricación; y siendo legalmente imposible la obtención y el otorgamiento de la licencia de primera ocupación, también lo es la licencia de actividad y la autorización de puesta en funcionamiento de la bodega, del restaurante y de la tienda y espacio de degustación".
Respecto al delito medioambiental por contaminación de las aguas subterráneas, señala TU que están "en serio peligro el equilibrio de los sistemas naturales del Paisaje Protegido de La Geria, como se expresa con claridad y contundencia en los dictámenes periciales y judiciales aportados en la causa".
Respaldo al cierre cautelar
Destacan, igualmente, que el Jefe de la asesoría jurídica del Cabildo Insular, que ejerce como abogado defensor de uno de los imputados, mostró su conformidad con la adopción de la medida cautelar de cierre, al igual que la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural detalló el conjunto de irregularidades urbanísticas del complejo. De la misma forma, señala Transparencia Urbanística que la Audiencia tiene constancia de la inexistencia de planta depuradora, que fue exigida por el Consejo Insular de Aguas como requisito para autorizar la apertura del complejo y, sin embargo, permite su apertura.
Finalmente, TU destaca que hay una sentencia firme por la vía contencioso administrativa sobre el cese de la actividad en el restaurante y la tienda en la que se reconoce que la bodega "carece de título habilitante en el orden urbanístico y con respecto a la actividad que desarrolla la industria" y que el planeamiento en vigor es el del PIO de 1991 que prohíbe las instalaciones.
“Espacio natural especialmente frágil”
"Procede advertir que el Paisaje Protegido de La Geria, además de formar parte de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Canarias, es una Zona de Especial Protección para las Aves y, por consiguiente, forma parte de la Red Natura 2000 creada en virtud de la Directiva Hábitat, lo que implica que es un espacio natural de ámbito internacional, cuya protección y conservación incumbe a todos los poderes públicos, incluyendo el poder judicial, con todas las implicaciones que ello conlleva, de donde se sigue que no es de recibo la pretensión de minimizar la importancia de los delitos cometidos en tanto que afectan a un espacio natural especialmente frágil y sensible", concluye el recurso.
Comentarios
1 Asombro Vie, 13/01/2017 - 23:12
2 Ere Vie, 13/01/2017 - 23:28
3 Ere Sáb, 14/01/2017 - 17:45
4 Uno q pasaba Sáb, 14/01/2017 - 23:23
5 amigo Mar, 17/01/2017 - 13:35
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