La Justicia avala que villas en Lanzarote puedan alquilarse sin autorización a turistas
El Juzgado de lo contencioso administrativo número 3 de Las Palmas de Gran canaria ha dictado una sentencia por la que anula una resolución del Cabildo de Lanzarote que a su vez denegaba la autorización turística a los propietarios de unas villas en el plan parcial Castillo del Águila (Playa Blanca).
El Cabildo denegó esa autorización porque las parcelas en las que se construyeron las villas tenían asignado un uso residencial, por lo que no pudieron obtener el Libro de inspección y la Hoja de reclamaciones, que son necesarios para poder alquilar cualquier inmueble con fines turísticos y que son los “escudos” contra las multas, que suelen ser de decenas de miles de euros.
Ahora la Justicia les da la razón a los propietarios, que recurrieron la resolución del Cabildo, que sostenía que para poder alquilar una villa en el mercado turístico era necesario obtener previamente una autorización administrativa, que en su momento no se podía conceder ya que estaba en vigor la Moratoria canaria.
La sentencia, ante la que cabe recurso, dictamina que la actividad de alquiler, al ser una actividad de servicios, no requiere autorización administrativa en aplicación de la Directiva europea Bolkestein y la Ley estatal 17/2009.
El fallo señala que la Ley de Ordenación de Turismo de Canarias recogió el principio de libertad de servicios en su artículo 13, pero también recogió la posibilidad de hacer una excepción y exigir la autorización administrativa para ciertos supuestos por razones de ordenación territorial o impacto medioambiental.
En base a ello, el Gobierno de Canarias ha ido aprobando normas que prohibían otorgar este tipo de autorizaciones turísticas, y por tanto la aplicación real de la libertad de servicios como el alojamiento a turistas.
Ahora esta sentencia afirma que la Moratoria no puede afectar a la actividad de alquiler turístico puesto que es una actividad que no requiere autorización administrativa.
Los letrados que han defendido a los propietarios, Eileen Izquierdo Lawlor, Mario Izquierdo Lawlor y Jorge de la Cueva Terrer, destacan la importancia del fallo ya que la magistrada incluso resuelve que no existe duda sobre la aplicación en Canarias de la Directiva europea sobre libertad de servicios.
La sentencia dice que “no existe duda para este juzgador sobre la aplicación de la misma, de ahí que sea innecesario el planteamiento de cuestión prejudicial”.
Recursos de 120 propietarios de Lanzarote
Actualmente hay otros catorce procedimientos idénticos a éste, que se tramitan ante los tribunales de Las Palmas en representación de 120 propietarios de villas en Lanzarote que “en vez de plegarse al criterio de los cabildos que, obedeciendo las instrucciones del Gobierno de Canarias, se negaban sistemáticamente a facilitar la documentación necesaria para poder alquilar sus villas en el mercado turístico, acudieron a los tribunales para que reconociera sus derechos en aplicación de la normativa europea”.
Según los abogados, “esta es una cuestión de suma importancia, pues por un lado supone un respiro para miles de propietarios que alquilan sus viviendas bajo la amenaza de sanciones a quienes se les abre la posibilidad de legalizar su situación, y además pone en duda el precepto de la nueva Ley de Turismo de mayo de 2013 que, contrariamente a lo dictaminado en la sentencia, establece la necesidad de autorización administrativa para toda actividad turística en Canarias”.
Comentarios
1 propietaqrio Mié, 22/10/2014 - 15:15
2 cojelocuco Mié, 22/10/2014 - 18:49
3 Argana Beach Mié, 22/10/2014 - 21:24
4 santana Mié, 22/10/2014 - 22:40
5 Harto estoy Mié, 22/10/2014 - 23:45
6 PRIMO DE BOLKESTEIN Mié, 22/10/2014 - 23:57
7 J.R.M.P. Jue, 23/10/2014 - 08:35
8 Elena Jue, 23/10/2014 - 09:46
9 Mauricio Jue, 23/10/2014 - 20:42
10 Davniels Mar, 04/11/2014 - 20:51
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