La Audiencia condena a un empresario por hacer obras ilegales en su finca de Las Quemadas

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha ratificado la condena impuesta en abril del año pasado por el Juzgado de lo penal número 1 de Arrecife al empresario Nemesio González Viera por llevar a cabo unas obras sin autorización en suelo rústico en una finca dentro del Paisaje protegido de La Geria.
La condena, que ya es firme, se mantiene en un año de prisión y una multa de 3.000 euros por un delito contra la ordenación del territorio, y también le obliga a demoler parte de las obras, ejecutadas sin licencia municipal ni permiso del Cabildo entre 1999 y 2008, y a rebajar la altura de los muros.
La defensa alegaba en este recurso que un informe de la Oficina del Plan Insular (PIO) del Cabildo rebatía los argumentos expuestos por la perito que había informado a petición de la Fiscalía, que también es trabajadora de la misma Oficina del PIO.
Según la Audiencia, ese segundo informe se elaboró exclusivamente para contradecir “al de la jurista de ese mismo organismo público, sin que conste que nadie solicitase su emisión y mucho menos lo interesase el Juzgado”.
“Compartimos la extrañeza -dice la Sala- en relación con todo lo relativo al proceso de elaboración y remisión de un informe jurídico que se envía a un Juzgado sin que éste lo haya solicitado y nada menos que para combatir el que, a su vez, había elaborado, este sí debidamente reclamado, otro jurista del mismo organismo público”.
La Sala no entiende que el Cabildo enviara, sin que el Juzgado lo pidiera, un informe de la Oficina del PIO favorable al acusado
En todo caso, la Audiencia destaca que el primer informe del PIO tampoco ha sido relevante para la condena, puesto que había más informes de otros peritos, como de la Agencia de protección del medio urbano y natural y del Ayuntamiento de Tinajo que reconocían que los trabajos no estaban autorizados.
La defensa alegaba en su favor que el segundo informe del PIO estaba avalado por el director de esa Oficina, pero la Audiencia dice que el objeto de ese segundo informe sólo era el de contradecir al primero, y sin embargo no rebate los argumentos del resto de informes, que son los que aportaron las pruebas decisivas para la condena.
En cuanto al encaje de las obras, o al menos de parte de las obras, en el Plan de La Geria, que era lo que señala el Cabildo para permitir la legalización, la sentencia dice que “resulta sorprendente que habiéndose aprobado el Plan Especial de La Geria en vigor el 28 de enero de 2013 (...) el acusado haya sido capaz de iniciar en torno al año 1999 unas obras que, en definitiva, según la defensa, se vienen a ajustar, punto por punto, a todas y cada una de las previsiones de la normativa mencionada”.
Dice la Audiencia que el acusado era consciente de que no tenía licencia porque desde 2008, cuando se denuncian las obras por parte del Seprona, ha intentado promover dos expedientes en el Ayuntamiento de Tinajo y en el Cabildo para legalizarlas.
Una perito de la Oficina del PIO ya había elaborado otro dictamen que consideraba que las obras no eran legalizables
Sobre el carácter de las obras realizadas, de adecuación para una finca agrícola y ganadera, señala el fallo que “no estamos, pues, ante una simple mejora de las condiciones de cultivo de la finca, que era lo que se permitía (…) sino ante la creación de una gran explotación agrícola y ganadera en la que no sólo se reestructuran los cultivos existentes sino en la que se llega a realizar una nueva explotación agropecuaria”.
La Audiencia afirma que no se sanciona al acusado sólo por las obras sino “porque con su conducta, y con la única guía de hacer más rentable una finca agrícola, no sólo no ha dudado en ejecutar obras que han supuesto un cambio relevante, no decimos si mejor o peor, en la forma de desarrollar la agricultura en la zona sino que, además, ha modificado, claramente, el aspecto general de la misma”.
“Es de resaltar y alabar -añade- cualquier intento por favorecer la reactivación de la vida animal o vegetal pero lo que se debe saber, y el acusado, como hemos dicho, lo sabía perfectamente, es que esa actuación no se podía hacer de cualquier manera, como él quisiera y sin sujetarse a las exigencias de la normativa administrativa”.
Comentarios
1 sinpalabras Mar, 31/03/2015 - 11:35
2 gurfín Mar, 31/03/2015 - 12:42
3 andrés Mar, 31/03/2015 - 13:55
4 pitufito Mar, 31/03/2015 - 14:51
5 no doy credito Mar, 31/03/2015 - 15:13
6 Delia Amada Mar, 31/03/2015 - 15:27
7 Juicios Mar, 31/03/2015 - 17:43
8 Javier Diaz Reixa Mar, 31/03/2015 - 18:44
9 Javier Diaz Reixa Mar, 31/03/2015 - 18:44
10 Toritilla Mar, 31/03/2015 - 19:12
11 monumento Mar, 31/03/2015 - 20:05
12 sinpalabras Mié, 01/04/2015 - 17:07
13 Cactus Vie, 03/04/2015 - 09:22
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