El Gobierno canario le multó con 50.500 euros

El TSJC reduce a 1.500 euros la sanción a un hotel de Lanzarote sin licencia de apertura

M. Riveiro 2 COMENTARIOS 18/11/2015 - 10:08

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha reducido una sanción del Gobierno de Canarias a un hotel ubicado en Playa Blanca, que no tiene la autorización de apertura que expide el Cabildo.

Así, de los casi 50.500 euros que el Gobierno de Canarias impuso al Hotel Río Playa Blanca por carecer del libro de inspección turística y de las hojas de reclamaciones, se han pasado a los 1.501 euros que ha determinado el Tribunal Superior de Justicia.

El complejo Río Playa Blanca, construido en la urbanización de Montaña Roja, tiene la licencia de obras anulada por el propio TSJC desde junio de 2007. El Cabildo destacó en el informe ‘Legalidad urbanística’ que el sector en el que se edificó carecía de proyecto de urbanización aprobado y que el establecimiento incumplía el Plan Insular y la normativa de la propia urbanización.

En el procedimiento judicial, la empresa Isla del Paraíso, propietaria del complejo turístico, aseguró que “desde el año 2000 lleva tramitando la autorización de apertura del Hotel Río Playa Blanca, sin que el expediente haya sido resuelto por el Cabildo”. “Esta falta de resolución del expediente por parte del Cabildo”, añadió, es “la razón por la que no dispone de libro de inspección”.

Los servicios jurídicos del Cabildo entendieron en su momento que un hotel que carecía de licencia de obras en vigor, al ser anulada por los tribunales a raíz de un recurso judicial, no podía obtener la autorización de apertura turística. Este criterio se siguió al menos a partir del año 2005.

La empresa argumentó que se encontraba en una “situación de indefensión ante los inspectores de turismo” del Gobierno de Canarias que “le sancionan repetidamente, cuando la infracción se produce por un incumplimiento de la Oficina de Turismo del Cabildo de Lanzarote, encargada de tramitar los expedientes para la autorización de apertura de los alojamientos turísticos”.

El Gobierno le impuso en octubre de 2012 una sanción económica de 50.484 euros por la comisión de infracciones al explotar el Hotel Río Playa Blanca “careciendo del libro de inspección de turismo y de hojas de reclamaciones” oficiales.

El Gobierno utilizó como argumento para sancionar “la repercusión sobre la imagen turística de la Isla”

Sin embargo, el TSJC ha dado por bueno que, aunque no fueran oficiales, el hotel sí tenía hojas de reclamaciones y que precisamente fueron “las quejas de los clientes” las que “motivaron la actuación inspectora”. “Cabe concluir”, señala la sentencia, “que el establecimiento cuenta con dichas hojas y que las mismas son entregadas a los clientes, por lo que se considera inexistente la infracción”.

Con respecto a la ausencia del libro de inspección, que no puede obtener al carecer de licencia de apertura turística, el Tribunal Superior de Justicia señala que siguiendo el “principio de proporcionalidad en la imposición de sanciones” procede reducir la sanción impuesta. Ya el Juzgado de lo contencioso había considerado que la multa no se ajustaba “a la gravedad de los hechos”, a pesar de que el Gobierno argumentó “la repercusión sobre la imagen turística de la Isla”.

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