El Tribunal Supremo ratifica la nulidad del aumento del precio del agua en la Isla
El Tribunal Supremo ha ratificado la nulidad del aumento del precio del agua distribuida por la empresa pública Inalsa que se produjo en 2008, a raíz de un recurso interpuesto por la patronal hotelera Asolan.
La sentencia del Supremo confirma una resolución judicial anterior del Tribunal Superior de Justicia, de octubre de 2010, que declaró ilegal el incremento del precio de venta a los abonados.
Desde el Partido Popular, que ha difundido este jueves la sentencia, se interpreta que “es muy probable” que el Consorcio del Agua, compuesto por Cabildo y ayuntamientos, “tenga que destinar” los fondos obtenidos con la privatización del agua para el “reintegro de las tarifas cobradas de forma fraudulenta, sin amparo legal, a los ciudadanos y empresas de Lanzarote”.
La dirección política del Consorcio, en manos de CC y PSOE, tiene intención de destinar unos 36 millones pendientes de ingresar en los próximos cuatro años de la empresa madrileña Canal de Isabel II, a quien se le entregó el agua de la Isla, para pagar a los acreedores de Inalsa.
El PP cree que afectará al convenio con los acreedores de Inalsa
Sin embargo, en el PP se considera que esta sentencia del Supremo obligaría a devolver las cantidades cobradas de forma indebida a los abonados con la modificación del precio del agua que entró en vigor en enero de 2009 y el Consorcio “no puede hacer frente” al convenio de acreedores presentado en el Juzgado de lo mercantil.
El debate legal que se ha dirimido en este pleito judicial tiene que ver con si el precio de venta del agua podía ser una tarifa o tenía que ser una tasa, como ha sentenciado la Justicia. De este modo, la tasa “no puede superar los costes de producción, hecho que sí podría suceder” si se aplicase una tarifa, como ha llegado a reconocer el presidente del Consorcio, Pedro San Ginés.
Devolver “una millonada”
Precisamente, el PP ha acusado este jueves a San Ginés de omitir en la última asamblea del Consorcio del Agua, celebrada este mes, que existía la sentencia firme del Tribunal Supremo, “que pudiera obligar a la devolución de una millonada a los usuarios de Inalsa en estos años atrás”.
En agosto de 2011, el Consorcio del Agua presidido por San Ginés modificó el precio de venta al público del agua, en esa ocasión con la denominación de tasa, así como del saneamiento.
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