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El Juzgado ordena el desahucio de la última casa que la Diócesis vendió a Iveco antes de que la sentencia sea firme

En la vivienda residen cuatro personas, dos de ellas con problemas de salud y una menor de edad

M.R. 10 COMENTARIOS 21/01/2025 - 07:09

El Juzgado de Primera Instancia número uno de Arrecife ha ordenado el desahucio de la última vivienda construida por los feligreses de la Iglesia de San Ginés sobre un suelo donado para fines sociales y que la Diócesis de Canarias vendió a la empresa Juan Antonio Rivera SL, concesionario de Iveco, en el año 2006.

Cuatro personas, entre ellas una menor de edad, se verían afectadas por el desahucio fijado por el Juzgado para el próximo 28 de febrero a las diez de la mañana. La sentencia en la que se basa el desalojo ha sido recurrida ante la Audiencia Provincial, pero el Juzgado ha aceptado la ejecución provisional del desahucio.

En la vivienda, ubicada en el número dos de la calle Palacio Valdés del barrio de Argana Alta, figuran como empadronados desde mediados de los años 60 del siglo pasado miembros de la familia Herrera Guillén. La hilera de casas, de la que solo queda ésta en pie, fue construida por una asociación religiosa, los Cursillistas de la Cristiandad, sobre un terreno donado por Leopoldo Díaz.

Tras la venta del terreno, en junio de 2006 por 360.607 euros, la empresa instó el desahucio de las casas. En el caso concreto de la vivienda de la familia Herrera Guillén, la Audiencia Provincial lo rechazó con el argumento de que se había producido una cesión gratuita de la casa al matrimonio por su “condición de pobres”, hasta que tuvieran “mejor fortuna”.

La Audiencia consideró entonces, en el año 2014, que disfrutaban de una “ocupación lícita” por un contrato de comodato, es decir, tenían derecho a usar la vivienda de forma gratuita hasta que mejorasen su situación económica.

En aquel momento, el esposo ya había fallecido y María Dolores Barrios vivía en la casa con su hijo Fernando, quien según los familiares residía con anterioridad a la venta efectuada por la Diócesis en el año 2006.

Compromiso en la venta

Una vez fallecida María Dolores, en el año 2022 la empresa Juan Antonio Rivera volvió a instar el desahucio de la casa. En esta ocasión, el magistrado Juan Alejandro Vallino señala que cuando la ocupación “se perpetúa” o queda “al arbitrio de la voluntad unilateral del ocupante, debe entenderse concluido el comodato, transformándose el título de ocupación en precario”.

La Diócesis vendió en el año 2006 por 360.000 euros el terreno donado a mediados del siglo pasado por Leopoldo Díaz para casas sociales

El titular del Juzgado de Primera Instancia número uno de Arrecife ha interpretado que el comodato “se otorgó a los padres” y “por su condición de pobres”, hasta que dejaran de serlo. En cambio, los familiares se agarran a que el compromiso en la venta de la casa de permitir que “los actuales ocupantes” pudieran seguir usándola “hasta su fallecimiento” se debe extender a Fernando Herrera Guillén, “que vivía con su madre y la cuidaba”.

En su sentencia de primera instancia, el magistrado insiste en que “la inicial situación de comodato ha derivado en precario”, es decir, estar en posesión de la casa sin título que lo habilite. Y eso “porque se otorgó a los padres del demandado, por su condición de pobres”, sin que se transmita el derecho a sus hijos. “Y aunque así fuera, tampoco acredita la condición de pobre”, apostilla el magistrado.

Personas vulnerables

Según indican fuentes de la familia, en la vivienda reside Fernando, de 60 años, que carece de ingresos regulares, que padece una enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) y que también ha sufrido una delicada operación de estómago y un infarto. También reside en el inmueble su pareja.

Además, desde hace unos años vive en la casa de la calle Palacio Valdés otro de los hermanos, con su hija menor de edad. Este otro hermano “sufrió un ictus”, según relatan desde la familia, que hace hincapié en la delicada situación económica y de salud de los residentes en el inmueble que se pretende desalojar.

El Juzgado acordó el año pasado el desahucio y considera que si al final la Audiencia da la razón a la familia la empresa les podrá resarcir por el coste “económico” y “emocional”

El pasado mes de diciembre, el Juzgado acordó la ejecución provisional de la sentencia de desahucio en primera instancia. Fernando Herrera, que es el demandado, alegó la “imposibilidad de trasladarse de la vivienda por el encarecimiento de los alquileres en la Isla” y por tener en esa casa “las pertenencias de toda una vida”.

Sin embargo, el Juzgado señaló que tanto el coste económico como el “razonable” coste “emocional” son “cuantificables” y “susceptibles de indemnización” por la empresa, en el caso de que gane el recurso de apelación ante la Audiencia. La familia advierte de que si se produce el desahucio la vivienda será “con toda seguridad” derribada de forma inmediata, “sin esperar por la Audiencia Provincial”.

Comentarios

Sr Fernando conocido y amigo desde la infancia, vaya mierda de defensa Jurídica le hicieron con el debido respeto, con sólo haber manifestado que la ocupación suya había sido libremente y no reconocer título u relación alguno con la Iglesia, la mera manifestación de que usted ocupaba la propiedad , su título sobrado en Derecho era ña ocupación pacífica, ininterrumpida, de buena fe, sobrado justo título, esas propiedades les correspondían a ustedes, cuando me enteré de lo ocurrido, ya era tarde sino te hubiéramos defendido como se merecían, solo queda decirte que aleguen hasta el último momento la vulnerabilidad tanto social como económica, y paralizen el lanzamiento, y por otro lado felicidades al tiburón que compró esa pieza de suelo, donde está la parte humana, la mujer del César no sólo debe serlo sino parecerlo, vayas injusticia se cometen , donde en primero de Derecho se da ñas actuaciones que cabenen cada situación.
Las bondades de la iglesia tan profesional
Creo que esta noticia no esta bien redactada , ahi solo ponen la alegación del afectado , pero hay que ver desde el principio como es la situación , desde el año 2006 la iglesia vendió a pepito , Juanito o Manolito , da igual a quien vendió , pero tenemos que darnos cuenta que el `propietario que compro hace 19 ó 20 años no ha podido hacer uso del inmueble , ahi demuestra que ha respetado el contrato hasta que fallecieran las personas que fue entregada en su momento .dichas viviendas . Ahora este señor se quiere quedar a vivir ahi de ocupa y eso no se puede permitir , este señor al igual que todo ciudadano que pague una hipoteca o un alquiler como hacemos todos . No se puede aprovechar de un inmueble que fue cedido a personas necesitadas como a sus padres que así se hizo hasta su ultimo día de vida . Este señor es un aprovechado . ha tenido tiempo de buscar una vivienda desde que falleció su madre , Bastante paciencia a tenido el propietario del inmueble .
Tanto mentar a Franco yt al final quieren aplicar las normas de Franco como lo era la ley de arrendamientos del 64 con la que era prácticamente imposible desahuciar a un arrendatario. Desde 2006 que se vendió, el ocupante actual no ha venido a mejor fortuna, no ha encontrado vivienda y tiene epoc, como muchos de los que fuman. Ya le vale.
¿Le suenan las inmatriculaciones que hizo la iglesia católica en España bajo el beneplácito legislativo de Aznar? Infórmese que hay bastante información en internet. Estas casas las construyeron los vecinos con donaciones en la época de Franco, pero claro, la iglesia metía la cuchara en todo, si no la metían antes los franquistas, y se las quedaron como suyas. No son de la iglesia como tantas y tantas otras cosas que se han quedado. Son de la ciudadanía. En todo caso debería ser el ayuntamiento el que tuviera la potestad de regular su uso con el fin con el que se construyeron con el dinero de los vecinos. En ningún caso se hicieron para que la diócesis hiciera negocio con las casas. Eso por delante. Lo demás, será discutible que este señor tenga el usufructo o no, pero en ningún caso debería estar en esta situación por culpa de la mala fe de algunos y de la conveniencia con conocimiento o sin él de otros.
Al comentario 4 señor JESUS, entiendo su enfado si no comenta el señor iveco no le paga el desayuno.El señor de iveco ya sabía que compraba casas habitadas por familias pobres que el ya conocía porque era vecino, y le dio igual echarlos de las casa escondiendo el contrato. No coménte si no sabe, yo estaré encantado de pagarle el desayuno.
El señor Juan Antonio Rivera compró las 6 casitas con sus familiares dentro, ha sacado a los convivientes como basura, el dinero tiene mucho poder, en nombre de José Fernándo Herrera Guillen, (parte afectada.)
Al comentario del Sr. Miguel , Gracias a Díos hasta día de hoy mi desayuno me lo pago yo como buen trabajador que soy . Si es verdad que usted no se entera de nada , Al Sr. de La Iveco como bien dices le ofrecieron una compra la cual hizo al igual que si se la ofrecen a usted y la puede comprar . Así hizo este Sr.comprar algo que podía pagar .. La Iglesia es la que tenia que a ver reubicado a esta gente o NO vender . Pero el Sr. de la Iveco respetó a estos SEÑORES hasta su fallecimiento , Lo que no es permitido que sigan haciendo uso de ese inmueble gente que no aporta nada y que bien pueden trabajar y pagar un alquiler o una hipoteca como cualquier ciudadano . A eso se le llama Cara Dura . A no ser que Usted SR, Miguel este haciendo algo igual , "Ocupando algo que no es suyo " . Cada uno que se gane sus garbanzos .
Al comentario 7 , El Sr. Juan A. Rivera ha comprado una parcela que le ha vendido la Iglesia , y como bien dice la noticia , ese Sr. Ha respetado a los SRES.. que fueron entregadas esas casitas en los años 60 . De esos Sres . ya no queda NADIE , así que los que viven ahí son "OCUPAS " Las casas donadas no se heredan a personas que pueden hacerse un futuro trabajando , NO trabajando ilegalmente y ahorrando dinero y aprovechándose de una vivienda que no pagan nada y no son de su propiedad.
Justicia para esa familia, no al desahucio...que se la vendan a la familia por 60 mil que fue lo que pagó Iveco..así va España!!!!

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