TRIBUNALES
El Juzgado anula una sanción impuesta de forma ilegal por el Ayuntamiento de Arrecife
  • El magistrado resalta que el Ayuntamiento, que multó a una empresa por depósito de escombros, ni siquiera aclaró que la compañía careciese de autorización

TRIBUNALES

El Juzgado anula una sanción impuesta de forma ilegal por el Ayuntamiento de Arrecife

El magistrado resalta que el Ayuntamiento, que multó a una empresa por depósito de escombros, ni siquiera aclaró que la compañía careciese de autorización

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 30/09/2019 - 10:02

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número uno ha anulado el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Arrecife que impuso hace dos años una sanción, de forma ilegal, a una constructora.

La sentencia, dictada por el magistrado Alfonso Silos, anula el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento el 26 de octubre de 2017, mediante el que se impuso una multa de 15.000 euros a la empresa Transportes y Excavaciones Tiagua y el cese de la actividad de "depósito de escombros y machaqueo para convertirlos en áridos para la construcción".

El tribunal da la razón a la compañía, que argumentó que el Consistorio tan solo le notificó una certificación del secretario del Ayuntamiento con un "extracto" de la resolución, indicando los concejales que votaron a favor y los que se abstuvieron, pero no el "texto íntegro de la resolución sancionadora".

La empresa también argumentó que el Ayuntamiento omitió el procedimiento legalmente previsto cuando tramitó el expediente y que tras la propuesta de resolución debió concederse un trámite de audiencia para presentar alegaciones.

Además, subrayó que la resolución impugnada, ahora anulada por el Juzgado, no se encontraba "motivada", puesto que en la misma no se realizó una valoración de las pruebas practicadas.

En su sentencia, el Juzgado incide en que el Ayuntamiento no determinó "con claridad" los hechos que se consideraban probados y que tampoco especificó la razón por la que esa actividad era "constitutiva de infracción".

De hecho, "ni siquiera se aclara que la [empresa] demandante carezca de autorización para ello". "En las resoluciones", subraya el Juzgado, "tampoco se realiza la más mínima valoración de las pruebas practicadas ni la motivación de las sanciones que finalmente se imponen" por el Ayuntamiento de forma irregular.

Labores de limpieza

En cuanto al fondo del asunto, la empresa aportó "prueba documental por la que se acreditaba que desde que finalizó la obra de la Circunvalación de Arrecife no hubo un aumento de volumen de material en la parcela", ubicada en las inmediaciones del muelle de Los Mármoles.

La compañía recalcó en la demanda que "lo único" que se habían efectuado eran "labores de limpieza", para lo que aportó "el certificado de los gestores autorizados" de material de escombro. "Por otro lado", añadió, "en la parcela no hay máquina de tratamiento de áridos".

La empresa insistió en que el expediente abierto por el Ayuntamiento de Arrecife tan solo reflejaba "conjeturas subjetivas, sin constatación alguna" de que lo que se sostenía pudiese gozar de "presunción de veracidad".

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