El juez Alba archiva la imputación de Calatayud por la incautación de la desaladora
El juez Salvador Alba, ponente de la Sección sexta de la Audiencia Provincial, ha estimado el recurso de apelación del abogado Ignacio Calatayud y ha decidido para él el sobreseimiento de la causa por la incautación de la planta desaladora de la urbanización Montaña Roja, en Playa Blanca, que se ejecutó en septiembre de 2014.
El Juzgado de Instrucción número 2 de Arrecife consideró la existencia de indicios de un presunto delito contra la Administración pública y de otro de coacciones y, el pasado mes de julio, dio por concluida la investigación y abrió la fase de procedimiento abreviado, previa a la apertura del juicio oral, para el presidente del Cabildo, Pedro San Ginés, el secretario de la Corporación insular, Francisco Perdomo, el exgerente del Consejo Insular de Aguas, José Juan Hernández Duchemín, y el propio Calatayud.
El juez instructor de la causa, Jerónimo Alonso, rechazó en octubre un recurso del letrado y ahora el juez Alba rectifica su criterio y archiva la causa contra el asesor jurídico externo del Cabildo.
El juez Alonso destacó que el letrado tuvo un “papel principal” en la incautación, que asesoró “en todo momento” y que “días después” de llevarse a cabo, en septiembre de 2014, elaboró “un informe jurídico avalando la medida”, que fue respaldado por el secretario del Cabildo, Francisco Perdomo, “a sabiendas de la ilicitud de la 'medida cautelar' que se había adoptado”.
El juez Alba ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa para Calatayud en un auto contra el que señala que “no cabe recurso alguno”. En la resolución se cuestiona “qué papel puede jugar un asesor jurídico externo” ante la “omisión del procedimiento legalmente establecido” en relación con la desaladora, incautada de forma cautelar en el marco de un expediente sancionador por venta de agua sin concesión.
Para el juez Alba, “un informe de un asesor externo” como Calatayud “no reviste de apariencia de legalidad una conducta, máxime cuando existe un órgano o técnico de la Administración que tiene atribuida esa función, el secretario del Consejo Insular de Aguas”, Francisco Perdomo, también secretario del Cabildo.
El juez Alba considera “imposible” encajar la participación de Calatayud “en el delito de prevaricación” y sostiene que “se limitó al asesoramiento jurídico”. También señala que el “consejo” jurídico del letrado “puede ser acertado o no, pero nunca prevaricador”.
Además, descarta la posibilidad de señalar a Calatayud como “inductor” a la prevaricación porque eso “no lo dice” de forma expresa el auto del Juzgado de Instrucción que abrió el plazo para que se formulasen las acusaciones.
“Pena de banquillo”
Para el juez Alba, si no existe “claridad” sobre “indicios racionales” de haber delinquido, “nadie debe ser sometido a una pena de banquillo, como si de un presunto culpable se tratase a la espera de acreditar su inocencia en un juicio oral”.
El juez Jerónimo Alonso subrayó en la resolución que dio por finalizada la investigación que Calatayud “tuvo un papel principal” en la ejecución de la incautación de la deesaladora, en la que estuvo presente. “Mal puede tener un papel principal en actuaciones ejecutivas quien carece de facultades ejecutivas, como en este caso un asesor jurídico”, replica el juez Alba.
Para el ponente del recurso de Calatayud en la Audiencia, el abogado se limitó a “asesorar”, “aconsejar jurídicamente y emitir un informe jurídico” sobre “determinadas actuaciones administrativas”, cuando eso “corresponde al secretario” de la institución. El “aconsejado”, añade el juez Alba, “puede seguir ese consejo o no, y de seguirlo, ese consejo no se convierte en resolución administrativa arbitraria”.
Comentarios
1 Sectarios Mié, 28/02/2018 - 08:44
2 jajajajaaa Mié, 28/02/2018 - 10:47
3 Abogado Mié, 28/02/2018 - 12:56
4 Cascorro Mié, 28/02/2018 - 16:01
5 Anacleto Mié, 28/02/2018 - 16:03
6 plasencio Jue, 01/03/2018 - 10:30
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