ACTUALIDAD

Calatayud cobró 86.000 euros por trabajos realizados por Cobo Plana

Inalsa asegura que cuando San Ginés contrató a Ignacio Calatayud se habían efectuado por el equipo legal anterior todos los trabajos de la fase común del concurso de acreedores

Juan José Cobo Plana e Ignacio Calatayud.
Diario de Lanzarote 4 COMENTARIOS 14/06/2021 - 11:59

Los 86.000 euros que el abogado Ignacio Calatayud cobró por su participación en la fase común del concurso de acreedores de Inalsa, se corresponden realmente con trabajos realizados por el anterior letrado de la concursal, Juan José Cobo Plana, según señalan desde Inalsa.

Tras el análisis de la documentación obtenida de los Juzgados, debido a la negativa de Ignacio Calatayud a informar sobre los procedimientos en los que ha representado a la empresa pública, se ha podido comprobar que el segundo presupuesto aceptado por San Ginés tenía por objeto la conocida como fase común del procedimiento concursal.

Sin embargo, en el momento de la contratación, todos los trabajos correspondientes a la fase común ya había sido realizados: se había presentado la solicitud de concurso, se habían determinado las masas patrimoniales y se había publicado, sin que se produjeran impugnaciones, el Inventario de bienes y derechos y la Lista de acreedores.

En esas circunstancias, Calatayud solo podía ser contratado, precisamente, para representar a Inalsa en los procedimientos incidentales, puesto que el resto de objetivos de la Fase Común ya se habían cumplido, señalan desde el Cabildo. Sin embargo, San Ginés excluyó explícitamente del segundo contrato los incidentes permitiendo que Calatayud cobrara por trabajos que ya habían sido realizados por el equipo jurídico anterior.

La fase común se inicia con la solicitud de declaración del concurso y tiene por finalidad determinar la situación patrimonial del concursado, estableciendo el importe de sus bienes y sus deudas además de calificar el crédito de los proveedores. Tras esos trabajos preliminares, y como parte de la esa misma fase, los administradores remiten al Juzgado un informe que contiene el Inventario de bienes y derechos y la Lista de acreedores.

A partir del momento de la publicación  de dicho informe, caben tanto la impugnación de la documentación presentada por la administración concursal como los incidentes, es decir, reclamaciones parciales por parte de alguno de los afectados.

“Resulta evidente que la primera de esas tareas, la preparación de la documentación necesaria y la presentación de la solicitud de concurso, fue realizada por el anterior equipo legal en junio de 2009, tras dos meses de trabajos preparatorios y seis meses antes de que Calatayud fuera contratado por primera vez”, concluye Inalsa.

Antes de contratar a Calatayud

Además, el segundo objetivo de la fase común, que es determinar la situación patrimonial del concursado, también se había desarrollado antes de la contratación de Calatayud pues, tal y como señalan los administradores concursales en su Informe de Rendición de Cuentas, la administración concursal presentó al Juzgado el Inventario de bienes y derechos y la Lista de acreedores el 23 de octubre de 2009, siendo publicada en el Boletín Oficial del Estado del 11 de febrero de 2010 sin que fueran impugnados ninguno de los dos documentos.

Por tanto, tal y como acreditan los propios administradores judiciales, los objetivos de la fase común, a excepción de los incidentes, estaban ejecutados antes de la contratación de Calatayud para esa primera fase y se habían desarrollado con la participación del letrado contratado con anterioridad a Calatayud.

Comentarios

en serio... no puede ser!!! no me lo creo. Pagenle ya al chiquito que esta todo el día de morritos.
Quien se cree la propaganda de la corujo, espino y su mayordomo? Tarde o temprano la verdad se sabra por encima de los panfletos
Quien se cree la propaganda de la corujo, espino y su mayordomo? Tarde o temprano la verdad se sabra por encima de los panfletos
Alguien no contando toda la verdad. Si hay impugnaciones se tramitan por los incidentes, por lo tanto si no hubo impugnaciones no hubo incidentes. No se impugna la documentación de la administración concursal, de esas cosas no hay en los concursos.

Añadir nuevo comentario