Presentada una denuncia ante el Seprona por el nuevo campo de tiro de Yaiza
El Grupo de Investigación sobre Ecología y Conservación de Aves del Consejo Superior de Investigaciones Científicas espera “que se paralice” la obra
El Grupo de Investigación sobre Ecología y Conservación de Aves del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) ha presentado una denuncia ante el Seprona de la Guardia Civil por las obras de construcción de un nuevo campo de tiro en Yaiza.
El citado grupo envió al Ayuntamiento de Yaiza a través de la sede electrónica el informe titulado “La población de avutarda hubara (Chlamydotis undulata fuertaventurae) en el entorno de La Degollada”, para la evaluación del impacto del proyecto.
En dicho informe se alertaba al Ayuntamiento de Yaiza que el campo de tiro municipal se está ejecutando dentro del hábitat de la hubara canaria, especie catalogada En Peligro de Extinción en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, “habiéndose constatado que dicha zona es utilizada por varios ejemplares de la especie, tanto a través de los censos como de los individuos marcados con emisores GPS, siendo además una zona de nidificación y cría de la especie”.
El informe también señala que “el campo de tiro afectaría hasta 13 especies de avifauna entre las que se incluyen especies amenazadas, algunas de ellas catalogadas En Peligro de Extinción como el halcón de eleonora, la lechuza canaria, el guirre, el halcón tagarote y el cuervo canario”.
“Sin embargo, pasado un mes desde el envío del informe, todavía el Grupo de Investigación del CSIC no ha obtenido respuesta por parte del Ayuntamiento y las obras del campo de tiro han seguido adelante”, señala en un comunicado.
Ahora el informe redactado por el Grupo de Investigación ha sido presentado como denuncia ante el Seprona de Lanzarote “a la espera que se paralice dicha obra, se devuelva el terreno a su estado original y se busque un emplazamiento alternativo”.
Alberto Ucero, miembro del Grupo de Investigación del CSIC, recuerda que “existen numerosas leyes autonómicas, nacionales e internaciones que prohíben la alteración o degradación del hábitat de las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial”.
Así, la Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad señala que “la inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial de una especie, subespecie o población conlleva” una serie de “prohibiciones genéricas”.
En ese sentido, se prohíbe, “tratándose de animales, incluidas sus larvas, crías, o huevos, la de cualquier actuación hecha con el propósito de darles muerte, capturarlos, perseguirlos o molestarlos, así como la destrucción o deterioro de sus nidos, vivares y áreas de reproducción, invernada o reposo”.
Por otro lado, las directivas europeas obligan “asegurar la conservación particular de las especies de fauna silvestre” que estén protegidas, en concreto evitar “el deterioro o la destrucción intencionados de los lugares de reproducción o de las zonas de reposo” y “la perturbación intencionada de la fauna silvestre, especialmente durante el periodo de reproducción, crianza e hibernación”.
Comentarios
1 Anónimo Lun, 10/04/2023 - 16:37
2 Jurásic Park Lun, 10/04/2023 - 22:57
3 Paterico totá Lun, 10/04/2023 - 22:59
4 Ciudadano Mar, 11/04/2023 - 10:07
5 Vecino Mar, 11/04/2023 - 12:03
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