El Juzgado condena a Luis Lleó a 15 meses de cárcel por un delito societario
Luis Lleó, el abogado y empresario cuyo intento de soborno a Carlos Espino supuso el inicio del caso Unión, acaba de ser condenado por un delito societario. Es su primera condena y no ha llegado ni por el caso Unión ni por la querella que le interpusieron su hermano y su sobrino, socios ambos en un bufete de abogados de Arrecife, y por la que le piden trece años de cárcel.
La condena, no obstante, sí tiene ver con este último caso, o con esa sociedad, Consultores y Asesores Legales Lleó SL, que aún no se ha disuelto y en la que siguen siendo socios. El Juzgado de lo penal 1 de Arrecife lo ha condenado a 15 meses de prisión y a inhabilitación durante ese tiempo para el ejercicio del cargo de administrador de sociedad mercantil.
En esa sociedad, Luis y Aday Lleó, tío y sobrino, son socios al cincuenta por ciento, aunque este último había solicitado la disolución judicial que estaba suspendida precisamente hasta que se resolviera este pleito. En abril de 2015 se debía celebrar una Junta general de la sociedad en la Notaría de Pedro Botella, en Arrecife.
Aday Lleó y su padre Jaime, que es administrador solidario, se opusieron al nombramiento del secretario de la Mesa de Junta, que era el primer punto del orden del día de la convocatoria, y abandonaron la sesión, por lo que no se podía constituir legalmente la Junta ni alcanzar ningún acuerdo.
Sin embargo, Luis Lleó, “con evidente ánimo de menoscabar los intereses patrimoniales del segundo socio”, según dice la sentencia, siguió adelante con el orden del día en solitario, se propuso como presidente de la Junta, se votó a sí mismo para el cargo y tomó varios acuerdos que perjudicaban a su sobrino.
Uno de esos acuerdos le autorizaba a ejercitar acciones para exigir responsabilidad a Aday Lleó “por no haber puesto en conocimiento inmediato de la sociedad la existencia de un expediente de inspección tributaria”, así como para reclamarle “la totalidad de los saldos de la sociedad dispuestos fraudulentamente”; para ejercitar la acción de responsabilidad social contra Aday Lleó y para reclamarle los “importes recibidos indebidamente” en concepto de retribuciones como administrador desde el 1 de enero de 2007.
El segundo acuerdo consistió en cesar de sus cargos de la sociedad a su hermano y a su sobrino, además de modificar el régimen de gestión y administración, que pasó a ser de administración única, con él mismo como administrador, y cambiar el domicilio social que estaba en Arrecife trasladándolo a Las Palmas de Gran Canaria. De esta forma, asumió el control de dos procedimientos de ejecución judicial, uno tramitado por el Juzgado de lo Mercantil 1 de Las Palmas y otro tramitado por el Juzgado de Primera Instancia 4 de Arrecife.
El notario levantó acta de la sesión y se elevaron a público los acuerdos. Pedro Botella declaró al principio del procedimiento como investigado, aunque finalmente se archivó la causa contra él antes de llegar a juicio por considerar que tan sólo levantó acta, a pesar de que declaró que creía que había actuado como secretario de la Junta, aunque esa no está entre las funciones de un notario.
La sentencia señala que los acuerdos adoptados por Luis Lleó fueron lesivos para Aday, por su expulsión de la sociedad y también para la sociedad por tomar acuerdos sobre el reconocimiento de deudas a favor de otras sociedades, que según declaró Aday, están vinculadas al acusado.
Celebró en solitario una Junta general de una sociedad en la que sólo tiene el cincuenta por ciento y destituyó de sus cargos a su sobrino y a su hermano
La defensa de Luis Lleó, ejercida por Felipe Fernández de las Heras, alegó que el notario ejercía como secretario, mientras que la parte acusatoria se opuso de forma expresa a que así fuera y exigió al notario que diera por terminada la Junta. Luis Lleó sostuvo que advirtió que la Junta iba a continuar pero la grabación de la sesión no demuestra ese hecho.
Lleó también estaba acusado de falsedad en documento público, pero fue absuelto de este delito porque no se advierte “simulación que induzca a error” sobre la autenticidad del acta de la Junta. Por otra parte, la condena también implica la nulidad de los acuerdos adoptados en la sesión y de la escritura por los que fueron elevados a público.
Otras causas
Además de los seis años por el soborno a Carlos Espino en el caso Unión, Lleó tiene otro pleito pendiente en el que la Fiscalía le pide cuatro años de prisión por administración desleal y su sobrino y su hermano, como acusación particular, 13 años de cárcel por falsedad en documento societario, obstrucción al ejercicio de los derechos de los socios y apropiación indebida.
El caso tiene que ver con esta misma sociedad, y se acusa a Luis Lleó de usarla para financiar otros negocios de su propiedad, de crear un perjuicio de 44.000 euros y de retirar 102.000 euros de los fondos de las empresas en que eran socios de forma “injustificada y no autorizada”.
Comentarios
1 La Blanca paloma Jue, 06/07/2017 - 16:09
2 condenado Jue, 06/07/2017 - 17:59
3 Almo. Ranas Vie, 07/07/2017 - 07:34
4 Loco Vie, 07/07/2017 - 11:00
Añadir nuevo comentario