Los tomos de la causa se enviaron vía marítima, a finales de septiembre, desde el Tribunal Supremo, con sede en Madrid, a la Audiencia Provincial, pero aún no ha llegado
Las últimas condenas de Unión, sin ejecutar porque la causa estuvo retenida en Aduanas y ahora se desconoce su paradero
Los tomos de la causa se enviaron vía marítima, a finales de septiembre, desde el Tribunal Supremo, con sede en Madrid, a la Audiencia Provincial, pero aún no ha llegado
El Tribunal Supremo ratificó a mediados de septiembre de este año las condenas por la causa relacionada con las comisiones ilegales en el Ayuntamiento de Arrecife, del caso Unión, que supuso la primera condena por asociación ilícita en Canarias en un caso de corrupción política. La investigación comenzó en 2008, pasó a procedimiento abreviado en 2015, la sentencia de primera instancia es de 2019 y la sentencia firme, de septiembre de este año.
Sin embargo, ninguno de los condenados ha comenzado a cumplir la pena impuesta. Los tomos de la causa se enviaron vía marítima, a finales de septiembre, desde el Tribunal Supremo, con sede en Madrid, a la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, que es la que debe ejecutarla, pero aún no ha llegado.
La Fiscalía Anticorrupción solicitó recientemente información sobre los motivos del retraso, tras haber pedido la apertura del período de ejecución de la referida sentencia, “una vez que ha ganado firmeza y teniendo en cuenta las elevadas penas de prisión definitivamente impuestas para alguno de los condenados”.
La Audiencia Provincial se puso en contacto con la Sección Tercera de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que respondió que los tomos salieron de esa sección “al departamento de salidas” de dicho tribunal el 29 de septiembre y que después “tuvo problemas en la agencia de Aduanas para su remisión”.
El Supremo también alegó que “dichos problemas fueron puestos en conocimiento de la Dirección General de Justicia de Madrid” y que el 28 de octubre “se dio el visto bueno por la misma para que la causa fuera remitida y que desde entonces no han vuelto a saber nada de la misma”. En una diligencia, señalan que “procederán con carácter urgente a realizar las averiguaciones oportunas para saber qué ha pasado con la causa y a dónde ha sido remitida”.
El Supremo confirmó en septiembre todas las condenas iniciales. En primer lugar, la condena de siete años y cinco meses de prisión al fundador del Partido de Independientes de Lanzarote (PIL), Dimas Martín, por los delitos de asociación ilícita, malversación de caudales públicos de especial gravedad en concurso real con fraude, prevaricación y cohecho.
Además de Dimas Martín, recurrieron sus condenas el exconcejal de Barrios y Limpieza del Ayuntamiento de Arrecife, Antonio Jerónimo Machín Ramos, condenado a ocho años de prisión por cohecho, malversación, prevaricación, fraude y falsedad en documento mercantil, y el administrador de una empresa de construcciones y reparaciones, Manuel Gregorio Reina Fabré, condenado a dos años y medio de prisión por cohecho, malversación, fraude y falsedad.
Los otros siete condenados en esta causa no recurrieron la sentencia ante el Supremo. Se trata de otro exconcejal del PIL, Ubaldo Becerra, que cumplirá tres años y 11 meses de cárcel, así como del exinterventor del Ayuntamiento de Arrecife, Carlos Sáenz, actualmente en prisión, que acumula otros tres años y seis meses de cárcel por esta pieza.
Además, en esta pieza están implicados el empresario Jesús Manuel Martín Brito, condenado a cuatro meses de prisión por cohecho, con multa de 50.000 euros; Samuel Lemes, condenado a un año y seis meses de cárcel por malversación, en concurso con delitos de falsedad mercantil y Antonio Gómez Ruiz, al que se le impuso un año de prisión.
Rafael Arrocha, exjefe de la Oficina Técnica del Ayuntamiento de Arrecife, fue encontrado responsable de un delito de revelación de información reservada y aceptó durante el juicio una multa de 12 meses, con seis euros al día de cuota e inhabilitación para cargo público durante un año. El ingeniero Antonio Cárdenas aceptó una multa de 4.225 euros por aprovecharse de información reservada.
La Audiencia absolvió a la trabajadora Elena Martín, hija de Dimas Martín, a la que se le acusaba de delitos de prevaricación administrativa, revelación de información y fraude a la administración, así como al empresario Juan Francisco Rosa, al que se acusaba de un delito de falsedad en documento mercantil.
Comentarios
1 ES BROMA NO? Lun, 12/12/2022 - 08:24
2 cahondeo máximo Lun, 12/12/2022 - 08:54
3 vaya toalla Lun, 12/12/2022 - 10:37
4 Ciudadano Lun, 12/12/2022 - 11:11
5 La aulaga Lun, 12/12/2022 - 11:42
6 Por barco?? Lun, 12/12/2022 - 12:47
7 Anónimo Lun, 12/12/2022 - 13:46
8 P.ico Lun, 12/12/2022 - 14:09
9 Anónimo Lun, 12/12/2022 - 17:41
10 Tierra Lun, 12/12/2022 - 19:36
11 Federico Lun, 12/12/2022 - 20:19
12 Pepetor Lun, 12/12/2022 - 22:31
13 Catalán Mar, 13/12/2022 - 08:22
14 Ciudadano Mar, 13/12/2022 - 11:05
15 Sin nombre Mar, 13/12/2022 - 11:39
16 Jota Mié, 14/12/2022 - 12:20
17 Picudo rojo Dom, 18/12/2022 - 07:56
18 Bety Dom, 18/12/2022 - 17:52
19 Hasta los eggs Dom, 18/12/2022 - 22:16
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