En la causa se investiga el presunto blanqueo de más de 100 millones de euros procedente del tráfico ilegal de armas de Guinea Ecuatorial
La Justicia decidirá tras la Navidad si el caso Kokorev, que afecta al Sands Beach de Lanzarote, se juzga en Las Palmas o en Madrid
En la causa se investiga el presunto blanqueo de más de 100 millones de euros procedente del tráfico ilegal de armas de Guinea Ecuatorial
La Audiencia de Las Palmas se pronunciará mediante un auto después de Navidades sobre si se encargará de juzgar el llamado 'caso Kokorev', por el presunto blanqueo de más de 100 millones de euros procedente del tráfico ilegal de armas de Guinea Ecuatorial, o traslada esa responsabilidad a la Audiencia Nacional, si entiende que le compete.
En la instrucción del caso se ha investigado la utilización de fondos bajo sospecha para la compra de apartamentos en el complejo Sands Beach Resort, ubicado en Costa Teguise.
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El magistrado presidente del tribunal, Emilio Moya, ha anunciado el citado plazo de después de Navidades al concluir la vista que ha celebrado este jueves la Sección Sexta de La Audiencia de Las Palmas, en las que los abogados de Vladimir Kokorev, el principal acusado, y de su esposa, Julia Maleeva, han pedido el traslado a la Audiencia Nacional, mientras que el letrado que defiende al hijo de ambos, Igor, se ha opuesto.
En la causa figuran también otros tres procesados, el abogado Juan Arencibia, al que las acusaciones consideran el artífice de las 45 sociedades que supuestamente creó la familia Kokorev en Las Palmas para blanquear dinero, y dos de las hermanas de este letrado, que actuaron presuntamente como testaferros, si bien sus defensas no se han pronunciado sobre el traslado de la causa.
El fiscal Anticorrupción, Javier Ródenas, y la acusación ejercida por la Asociación Pro Derechos Humanos de España, que fue la que denunció el caso en 2009, se oponen al traslado del caso a Madrid, al entender que los delitos de blanqueo de capital que se van a juzgar se han producido en la provincia de Las Palmas y, por lo tanto, es competencia de su Audiencia territorial.
Las dos acusaciones reclaman condenas de entre ocho y cinco años de cárcel para los acusados por delitos de blanqueo de capitales y multas de hasta 240 millones de euros, en el caso de Vladimir Kokorev, a quien atribuyen que generó una riqueza ilícita de, al menos 120 millones de euros, entre los años 1999 y 2014 procedente del comercio ilícito de material militar de defensa y doble uso que vendió a Guinea Ecuatorial, a través diferentes empresas, una de ellas con sede social en Las Palmas de Gran Canaria.
El abogado del principal acusado, Vladimir Kokorev, quien no ha podido asistir al juicio por razones de salud, debido a la enfermedad que sufre desde hace años, ha expuesto que de manera "inequívoca" la causa debe ser juzgada por la Audiencia Nacional", por la conexión existente con la que instruye contra su cliente por tráfico ilegal de armas.
Según el letrado José Antonio Choclán, además se pueden producir resoluciones contradictorias si se mantiene la causa en dos sedes judiciales, por lo que entiende que lo adecuado sería esperar a que concluya la instrucción por tráfico ilegal de armas e, incluso, que se juzgue como una pieza separada.
Ha recalcado que, hasta 2011, los Kokorev no adquirieron la nacionalidad española, por lo que el delito que se le atribuye lo habrían cometido ciudadanos extranjeros y fuera de España.
También ha remarcado que los fondos procedían del extranjero, el supuesto blanqueo también se habría hecho fuera y solo una sociedad, Kalunga Company SA, se creó en Las Palmas de Gran Canaria.
Fue a esa compañía a la que se transfirieron 26 millones de dólares desde una cuenta corriente del banco Riggs en Nueva York (EEUU) del Tesoro del Gobierno de Guinea Ecuatorial a una cuenta del Banco de Santander de la capital grancanaria, una operación que, a la postre, daría origen a esta causa penal.
Choclán ha argumentado también que se han producido hechos nuevos en la instrucción de la causa de la Audiencia Nacional, de donde partió la que investigó el Juzgado número 5 de Las Palmas por blanqueo de capitales, ya que en un principio se atribuía un delito de malversación de caudales, por lo que ha cuestionado que el motivo de la extradición concedida por Panamá sea válido para juzgar a la familia Kokorev.
El escrito de acusación describe delitos cometidos en el extranjero, ha abundado el letrado, quien por ello sostiene que la sala debe inhibirse en favor de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.
El letrado de Igor Kokorev, Álvaro Campanario, ha mantenido que la causa debe seguir en la Audiencia de Las Palmas, que es donde tiene su origen, ya que fue a Gran Canaria adonde se transfirieron los 26 millones de dólares, y además sostiene que no pueden ser juzgados por hechos distintos a los que autorizó que se les investigara cuando Panamá concedió su extradición y no se debe dilatar más la causa.
La segunda extradición concedida es para que se les juzgue por tráfico ilegal de armas, no para delito de blanqueo de capitales procedente del tráfico de armas, ha recalcado.
Forma “tramposa”
El fiscal ha explicado al tribunal que se opone a que sean juzgados en la Audiencia Nacional, ha criticado la forma "tramposa" con la que el letrado de Igor Kokorev expone su postura, y ha subrayado que los delitos objeto de su acusación por blanqueo de capitales que tipifica han ocurrido en el ámbito de la provincia de Las Palmas, aunque otros sucedieran en el extranjero.
Así mismo, ha recalcado que los delitos que motivaron la extradición de la familia Kokorev no han cambiado y mantiene el blanqueo de capitales y la "ideación" del entramado de las 47 empresas que crearon es del acusado Juan Arencibia, y los contratos societarios tienen lugar también en esta provincia.
Ha rechazado que el hecho de que los Kokorev no tuvieran la nacionalidad española hasta 2011 no les exime de ser juzgados, al tiempo que ha señalado que precisamente se trasladaron a Panamá porque estaban siendo investigados y por ello tuvieron que ser extraditados.
El abogado de la Asociación Pro Derechos Humanos de España, Álvaro Fernández, ha apuntado que el criterio sobre la competencia de esta causa ya fue resuelto en 2019, y ha compartido la postura del fiscal.
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