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El Gobierno canario declaró de interés general la planta solar de Mácher en suelo rústico protegido pese a los informes en contra

La Consejería de Transición Ecológica recurre a la vía excepcional prevista en el artículo 6 bis de la Ley del Sector Eléctrico Canario para impulsar el proyecto privado en Tías

Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 15/06/2026 - 11:22

El Gobierno de Canarias declaró de interés general la planta solar fotovoltaica ‘Tías I’, proyectada en la vega de Mácher, en el municipio de Tías, pese a los informes de disconformidad emitidos por instituciones de Lanzarote, al amparo del procedimiento excepcional previsto en el artículo 6 bis de la Ley de Regulación del Sector Eléctrico Canario.

La decisión figura en una orden del consejero de Transición Ecológica y Energía, Mariano Hernández Zapata, suscrita el pasado 15 de mayo, por la que se declara “el interés general de las obras necesarias para la ejecución del proyecto” de parque fotovoltaico privado, promovido por la empresa RS Iberia 23 SL, con domicilio en el Paseo de la Castellana de Madrid.

La orden del consejero da cobertura también a “las obras derivadas de cualquier modificación introducida en el proyecto antes de su puesta en servicio, siempre que las actuaciones no supongan ampliación de la superficie afectada”.

El proyecto de planta fotovoltaica contempla la ocupación de 28.721 metros cuadrados en la zona de la vega de Mácher con 1.680 módulos solares y un centro de transformación, entre otras instalaciones.

Las instalaciones se ubican en suelo rústico de protección económica agraria y, tal y como ha destacado el Ayuntamiento de Tías, el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) "prohíbe expresamente el uso energético en esta categoría de suelo".

Imposición con el 6 bis

La resolución del consejero Hernández Zapata utiliza el mecanismo extraordinario contemplado en la legislación autonómica para proyectos que, a juicio del Ejecutivo regional, responden a razones justificadas de urgencia o excepcional interés para el suministro eléctrico.

Se trata del polémico artículo 6 bis de la ley que regula el sector eléctrico de Canarias, tal y como se menciona de forma específica en la orden. Desde el pasado mandato, el Cabildo de Lanzarote exigió al Gobierno autonómico que dejara de utilizar esta vía, que impone su criterio frente al de las instituciones insulares. También el Cabildo de Fuerteventura se ha opuesto de forma radical a que el Gobierno utilice esta fórmula.

La orden, que pone fin a la vía administrativa, evita pronunciarse sobre las alegaciones presentadas por instituciones, empresas y vecinos

La orden ha sido trasladada de forma oficial al Cabildo y al Ayuntamiento de Tías, “de conformidad con el artículo 6 bis” de la Ley del Sector Eléctrico Canario, “a los efectos de que informen sobre la conformidad o disconformidad del proyecto” con el “planeamiento territorial o urbanístico en vigor”. En el caso municipal, ya ha reiterado que su planeamiento prohíbe la planta fotovoltaica.

Pese a la literalidad de la orden del consejero Hernández Zapata y a la utilización de la citada vía extraordinaria, el Cabildo de Lanzarote emitió un comunicado en el que sostiene: “La Corporación insular aclara que en este expediente no se ha aplicado ninguna declaración de interés público al amparo del artículo 6 bis, sino que únicamente se ha solicitado informe a las administraciones afectadas dentro del trámite de consultas previsto en la normativa vigente”.

En contra del contenido de la orden que acuerda explícitamente “declarar el interés general” de la planta fotovoltaica, el consejero insular de Ordenación del Territorio, Jesús Machín, afirma: "La solicitud de informes realizada por el Gobierno de Canarias forma parte del procedimiento administrativo ordinario y no supone en ningún caso una autorización del proyecto”.

No obstante, la orden del consejero Hernández Zapata finaliza asegurando que su resolución “pone fin a la vía administrativa”, por lo que solo cabría interponer un recurso potestativo de reposición ante la propia Consejería regional de Transición Ecológica o interponer directamente ante la Justicia un recurso contencioso administrativo.

Impacto en el suelo rústico de Mácher de la planta fotovoltaica 'Tías I'.

En plena negociación de las ZAR

El Gobierno canario fundamenta la declaración de interés general en la necesidad de acelerar la implantación de energías renovables en Canarias, en el contexto de la emergencia climática declarada en 2019 y de la emergencia energética aprobada por el Ejecutivo autonómico en octubre de 2023.

La decisión del Gobierno se toma en plena negociación de las ZAR, después de que el Cabildo asegurara que se habían introducido unos planos erróneos

Según la orden, el proyecto contribuirá a incrementar la potencia fotovoltaica instalada en el sistema eléctrico compuesto por las islas de Lanzarote y Fuerteventura. En la actualidad la potencia actual entre ambas islas es de 74,4 megavatios y el objetivo de potencia para 2026 está fijado en un Plan estatal en 105 megavatios.

La orden de Hernández Zapata solo menciona lo que considera “impactos positivos” de la planta fotovoltaica privada, como la “reducción del coste de la energía”, cumplir con las “previsiones” o el “impulso a la economía”, pero no hace ninguna referencia a las alegaciones realizadas, que conste, tanto por el Ayuntamiento de Tías como por empresas y vecinos de la zona afectada desde que salió a información pública el año pasado.

Hernández Zapata y Oswaldo Betancort, cuando firmaron el protocolo de las ZAR, en julio del año pasado.

La decisión del Gobierno de Canarias se toma además en plena negociación de las Zonas de Aceleración de Renovables (ZAR), después de que el Cabildo asegurara que se habían introducido unos planos erróneos sobre las áreas aptas y condicionadas para energía solar y fotovoltaica en el protocolo que firmó el presidente del Cabildo, Oswaldo Betancort, en julio del año pasado.

El consejero Jesús Machín asegura que “el Cabildo está elaborando su informe y la posición que trasladaremos será contraria a esta instalación porque entendemos que no encaja en el modelo territorial que defendemos para Lanzarote".

EL 6 BIS: LA PUERTA TRASERA PARA IMPONER PROYECTOS ENERGÉTICOS

El polémico artículo 6 bis de la Ley del Sector Eléctrico de Canarias es un procedimiento “excepcional” para obras que se declaren de “interés general”, como ha sucedido con la planta fotovoltaica en la vega de Mácher. Las principales críticas radican en que una fórmula excepcional se ha convertido en habitual.

El precepto obliga a que existan “razones justificadas de urgencia o excepcional interés” para modernizar o establecer instalaciones de generación, transporte o distribución eléctrica. En esos casos, la consejería competente “podrá declarar el interés general de las obras necesarias para la ejecución de dichas instalaciones”.

Si se declaran de interés general por el 6 bis, los proyectos “se someterán a un régimen especial de autorización y no estarán sujetos a licencia urbanística o a cualquier otro acto de control preventivo municipal o insular”.

La remisión al Cabildo y al Ayuntamiento para que informen “sobre la conformidad o disconformidad de dicho proyecto con el planeamiento territorial o urbanístico en vigor”, que es en el punto en el que se está ahora, es un mero trámite.

Si las instituciones no emiten informe se entenderá que es favorable y si lo hacen de forma desfavorable, “se elevará dicho proyecto al Gobierno de Canarias, el cual decidirá si procede o no su ejecución”. Si el Gobierno canario entiende que procede, pisoteará el planeamiento municipal o insular y “ordenará” al Cabildo y al Ayuntamiento  que lo adapte “con ocasión de la primera modificación sustancial del mismo”.

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