Canal Gestión corta el agua a una clienta por un pleito por la herencia de un terreno
La empresa le había concedido el contrato de suministro pero, tras una alegación de una parte de la familia, acabó tomando partido y anulándolo, a pesar de que la abonada cumplía con los requisitos
El 15 de enero, después de haber iniciado los tramites en agosto y haber pedido el suministro de agua potable un mes antes, por fin comenzó a salir agua del grifo de la casa donde vive Nuria desde hace once año, en Mozaga. La casa había tenido agua agrícola, pero durante todo este tiempo, Nuria había vivido llenando el aljibe con cubas y comprando garrafas. Por fin tenía agua corriente.
La tramitación no fue sencilla. Había ido a contratar el suministro con todos los documentos necesarios: certificado de titularidad catastral, contrato de suministro de luz y certificado de tramitación de declaratorio de herederos, entre otros. “Uno de los trabajadores de la oficina, que me atendió, me dijo que estaba todo bien, después me atendió otro y tuve que rectificar alguna cosas, peor al final pagué y me dieron el servicio - señala Nuria -, no sé por qué lo revisaron dos veces”.
La alegría, y el agua, sin embargo, no duraron ni dos meses. El 2 de marzo le cortaron le suministro. “Tras recibir esta entidad dos escritos de reclamación en relación a la solicitud de contratación formulada por usted, y comprobar nuestra asesoría jurídica que existe un litigio sobre el inmueble que se encuentra subiudice por diferencias familiares, y que no procede acceder a la contratación del suministro solicitada, le informamos que procederemos a la anulación de la solicitud de contratación”. Esto es lo que le contesta la empresa de aguas, que primero le corta el suministro y después le anula el contrato.
Para anular el contrato la empresa alegó que “Canal Gestión podrá negarse a suscribir el contrato de suministro cuando el peticionario no presente la documentación exigida o no abone los derechos económicos que se encuentran establecidos”. Señala la empresa que no procede acceder a la contratación del suministro hasta que se resuelva el litigio.
El litigio, en cualquier caso, es por el terreno, no por la vivienda
Lo que ha ocurrido es que su propia familia presentó una reclamación ante Canal Gestión y una sentencia que anula la donación del terreno que hicieron en su día los abuelos de Nuria a su madre, Carmen Delia Ferrera.
“Lo que no puede hacer Canal Gestión es tomar partido por una parte en un litigio familiar cuando la documentación presentada cumple con los requisitos”, señala Camilo Martínez, el abogado de Nuria y de su madre, que añade que quien solicita el corte o que no se conceda el suministro no actúa con finalidad de beneficiar a nadie, sino solo “con el ánimo de perjudicar, porque esa esa una medida que no le beneficia a nadie”.
“El suministro del agua no tiene relación con lo que se adjudique en la herencia y además la finalidad del corte de agua no soluciona ningún pleito”, destaca el abogado que además recalca que no se ha dado una situación de impago.
Canal Gestión cortó el suministro antes de contestar al escrito de alegaciones que presentó Nuria y sin darle traslado ni del informe jurídico que elaboró Canal Gestión para tomar esa decisión ni de los escritos y los documentos presentados por quien solicitara que no se le concediera el suministro. En sus alegaciones, destacaba que “no es objeto del presente expediente la resolución de la herencia, ni posicionarse con quien de forma vengativa y con evidente mala fe pretende perjudicar a otra persona”.
“La decisión de Canal Gestión resulta arbitraria y no ajustada a Derecho. Con independencia de los procesos hereditarios y acciones judiciales que se puedan interponer, la solicitante ostenta legitimidad y derecho para obtener el suministro de un servicio básico y esencial como es el de agua potable”, finaliza el escrito de alegaciones.
Canal Gestión cortó el suministro antes de contestar al escrito de alegaciones
El litigio, en cualquier caso, es por el terreno, no por la vivienda. El terreno era de los abuelos, que en vida hicieron una donación a una de sus hijas, la madre de Nuria que fue anulada porque tuvo que haber sido una compraventa. La casa la construyeron los padres de Nuria y no está registrada, pero tiene la titularidad catastral, paga el Impuesto de Bienes Inmuebles y está empadronada allí desde el año 2010.
Además, incluso con la anulación de la donación, y tras el fallecimiento del abuelo, la madre de Nuria es propietaria legítima de una parte del terreno. Por otra parte, no hay ninguna demanda presentada sino que la legitimidad está pendiente de la tramitación del declaratorio de herederos.
“No entiendo cómo se puede llegar a esto”, dice Nuria. Pero es que la petición del corte de agua no es lo único que ha ocurrido. Hace unas semanas se celebró un juicio por delito leve, en el que se condenó a un primo suyo por coacciones, ya que la acosa para que abandone la casa.