EL PASEO
Por Saúl García
Como son ustedes unos lectores muy bien informados, no hace falta recordar que el caso Stratvs se dividió en dos juicios por la condición de aforada de la parlamentaria y (ya ex) alcaldesa Gladys Acuña y que esa división en dos hizo que el primero de los juicios (en el que ya hay sentencia) tan sólo se ocupara de la concesión de la licencia de actividad, y sus aledaños, a la bodega, pero no de la licencia de obra ni la de construcción.
Como son ustedes unos lectores muy bien informados, no hace falta recordar que el caso Stratvs se dividió en dos juicios por la condición de aforada de la parlamentaria y (ya ex) alcaldesa Gladys Acuña y que esa división en dos hizo que el primero de los juicios (en el que ya hay sentencia) tan sólo se ocupara de la concesión de la licencia de actividad, y sus aledaños, a la bodega, pero no de la licencia de obra ni la de construcción. Si se recuerda esta circunstancia es porque hubo dos personas durante la vista que de forma reiterada se encargaron a su vez de recordarlo, principalmente al fiscal y a las otras acusaciones. Uno de ellos fue José Antonio Choclán, abogado de Juan Francisco Rosa, que se quejó reiteradamente, y el otro Antonio Doreste, presidente de ese tribunal y también del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que advirtió en muchas ocasiones que las preguntas se excedían del objeto del juicio. Por eso mismo, aunque no sólo no por eso, llama mucho la atención tanto el contenido como la extensión del voto particular del presidente, que considera que se debía haber absuelto a todos los condenados.
No se trata de llevar la contraria al señor Doreste. Ya se la llevan de forma mucha más fundamentada y argumentada sus dos compañeras de tribunal. Pero es sorprendente que se mantuviera firme durante la vista por los límites del juicio y que dedique diez páginas de su voto particular a divagar sobre cuestiones que no tienen que ver con el juicio. No se aplica aquí el término divagar de forma peyorativa. Divagar tiene dos acepciones. Una es “separarse del asunto del que se trata”. Esta se cumple a la perfección. La otra es “hablar y escribir sin concierto ni propósito fijo y determinado”. Esta ya no se cumple.
No es difícil ver que este voto particular, al menos en su parte introductoria, tiene poco rigor jurídico. En primer lugar porque un profano lo puede entender sin necesidad de leerlo dos veces. En segundo lugar porque, si lo que se quiere es transmitir una postura jurídica, no hay porqué escoger ejemplos del mismo partido judicial de Lanzarote. Se trata de una sentencia, no de una conferencia. Podía haber elegido sentencias del Tribunal Supremo pero opta por escoger fallos de tribunales de menor rango que el que él mismo preside. Pero es que además el señor Doreste pone como ejemplo de su ¿tesis? sobre la conveniencia de absolver en la vía penal ante la posibilidad de ganar después en la vía contenciosa, dos sentencias que ni siquiera son firmes: la de la bodega Los Bermejos y otra sobre La Bufona. Dice que escoge esos ejemplos “sin rastrear bases de datos (labor tediosa porque no existe conexión directa para relacionar recíprocamente las sentencias de uno y otro orden jurisdiccional) y sólo recordando los casos más recientes y con mayor carga mediática”, y añade que el TSJC “ha declarado que no existen tales infracciones urbanísticas al darles la razón a los particulares, quebrando la base de la condena penal, y creando una gravísima situación de injusticia material y de incoherencia judicial”.
En el caso de La Bufona está claro que no se ha leído la sentencia que anula la orden de derribo de la Apmun, porque dice claramente esa sentencia: “Es evidente que la licencia municipal adolece de un posible vicio de nulidad y la Apmun, antes de proceder a incoar procedimiento sancionador y consecuente restablecimiento del orden infringido, debe proceder a impugnar la licencia municipal concedida”. Se trata de una cuestión formal, no de fondo. La tercera sentencia que escoge como ejemplo es una relacionada con Hormiconsa, a la que llama Hormigonera. Si su señoría fuera un músico, parecería que en lugar de leer la partitura estuviera tocando de oído.
Pero si hablamos de rigor, la guinda la pone el debate sobre si la bodega contamina o no contamina. Durante la instrucción se han presentado informes de Salud Pública, del Consejo insular de aguas, de la Fiscalía de Medio Ambiente y de peritos de la propiedad. No hacían falta porque su señoría sabe que la bodega no contamina y lo quiere hacer saber a pesar de que en el juicio ni siquiera se trató este asunto. En dos párrafos soluciona el debate diciendo que “es de conocimiento común en una sociedad cada vez más conocedora de la cultura del vino” que los desechos de esta industria son muy reducidos. Contrasta esta capacidad de síntesis, esta facilidad para llegar a la verdad, con otra afirmación suya en el mismo voto particular: “Resulta muy difícil para los órganos jurisdiccionales del orden penal entrar a conocer la ilegalidad de las actuaciones administrativas que en esta materia puedan cometer los funcionarios y los órganos de decisión política”. Y como es difícil, opta por absolver.
De todas formas, por si no han quedado ya aclaradas todas las dudas por parte del señor Doreste, que también ve claramente que la bodega se puede legalizar con la nueva Ley del Suelo (oh, sorpresa), habrá otro juicio en el que se traten todos estos asuntos. De momento no se sabe la fecha pero sí sabe que uno de los protagonistas de la vista, por méritos propios, será el voto particular, muy particular, del presidente del Tribunal Superior de justicia de Canarias.
Comentarios
1 Juez asistente Vie, 02/02/2018 - 08:20
2 Albagate Vie, 02/02/2018 - 10:26
3 Pepe Vie, 02/02/2018 - 10:41
4 nyj Vie, 02/02/2018 - 12:00
5 Paseante Vie, 02/02/2018 - 18:27
6 Paseante Vie, 02/02/2018 - 18:27
7 Pimienta Sáb, 03/02/2018 - 12:16
8 pimienta Dom, 04/02/2018 - 15:53
9 Pimienta Dom, 04/02/2018 - 15:54
10 Pimienta Lun, 05/02/2018 - 15:20
11 Fernando Mar, 06/02/2018 - 11:24
12 ACENTEJO Mar, 06/02/2018 - 11:38
13 Turnero Vie, 09/02/2018 - 17:32
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