Existen indicios “claros y contundentes”

La Audiencia rechaza los recursos de los acusados y concluye la instrucción de Stratvs

M. Riveiro 5 COMENTARIOS 19/02/2016 - 08:45

La Audiencia Provincial ha rechazado de plano los recursos presentados por los acusados en el caso de la bodega Stratvs y ha dado por concluida la fase de instrucción, ratificando que existen claros indicios en su contra y que la causa debe pasar a la siguiente fase, previa a la celebración del juicio.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial señala que “el principal imputado”, el empresario Juan Francisco Rosa, sostiene que “la instrucción no está finalizada” y que está “pendiente de practicarse un estudio hidrogeológico que pudiera determinar la existencia de elementos contaminantes sobre los acuíferos del Barranco del Obispo”.

La Audiencia replica al empresario destacando que ya la Fiscalía ha presentado su escrito de conclusiones provisionales y que se ha dictado auto de apertura del juicio oral. Además, le advierte de que la prueba que solicita “en caso de determinar la existencia de riesgo de contaminación”, en “nada” le “beneficiaría”, sino todo lo contrario: “Podría ver agravadas las consecuencias de su ilícito proceder”.

Ese análisis del subsuelo de la zona del Barranco del Obispo está pendiente de autorización por parte de otra sección de la Audiencia Provincial. El auto de la Audiencia, que se acaba de notificar a las partes, está fechado el 2 de febrero. El Cabildo de Lanzarote informó de forma favorable el 14 de enero un “sondeo de investigación para estudio hidrogeológico” solicitado por la bodega.

La Audiencia subraya que “los indicios sobre la participación” del empresario “son contundentes, pues es el propietario de las edificaciones y responsable de la puesta en marcha” de Stratvs, al tiempo que destaca que la investigación ha “llevado a una petición fiscal de nada menos que 15 años de prisión”.

Además, rechaza el recurso del arquitecto de la bodega, Miguel Ángel Armas, sobre quien considera que existen indicios “contundentes” por su actuación como redactor del proyecto, responsable de la dirección de obra y “copropietario del terreno a edificar”, actuando “siempre en connivencia con el principal imputado”.

De Armas destaca que “aumentó ficticiamente el tamaño de la vivienda a restaurar, acompañó una ficha registral que correspondía a una parcela catastral diferente e introdujo datos falsos en cuanto al destino del almacén a construir”. El arquitecto alegó la “posibilidad” de que los delitos se considerasen “prescritos”, pero la Audiencia responde que su “intervención” se “alargó hasta al menos el año 2013, cuando consintió el fraudulento cambio de titularidad registral”.

Rechazo al recurso de la junta de gobierno de Gladys Acuña

La Audiencia también rechaza los recursos de la alcaldesa de Yaiza, Gladys Acuña, de quien fue su teniente de alcalde, Leonardo Rodríguez, y del ex concejal Juan Lorenzo Tavío, que en diciembre de 2008 votaron en junta de gobierno a favor de conceder licencia de actividad a la bodega “pese a conocer la imposibilidad de dar tal autorización, tanto por la instalación como por su actividad”.

La Audiencia destaca que existían “informes sanitarios negativos” y otros en los que se subraya “que el uso de bodega” en el tipo de suelo que el planeamiento insular define para el Barranco del Obispo “no está permitido”. También resalta que el Gobierno dio vía libre para restaurar una vivienda de 243 metros y de un almacén de 900 –por lo que están acusados funcionarios de la Consejería de Política Territorial- y que “lo que en realidad se construyó excede con mucho” lo autorizado.

Para la Audiencia, existen indicio de que por la junta de gobierno presidida por Acuña “se pretendía autorizar la actividad de algo que constructiva y jurídicamente no tenía amparo alguno porque eran cosas distintas”. “No debemos dejar de mencionar al acusado Leonardo Rodríguez”, señala el auto, que el día antes de la junta de gobierno “recibe una llamada” del dueño de la bodega “solicitándole ayuda para la obtención de la licencia”.

Más detalles

RODRÍGUEZ. La Audiencia rechaza el recurso de José Antonio Rodríguez, que como alcalde accidental prorrogó la licencia de obras, en junio de 2005, incluyendo que el destino del almacén era el de bodega, que no estaba “contemplado anteriormente”, sin que existiera informe jurídico previo y en contra del Plan Insular de Ordenación (PIO).

TÉCNICOS. También se rechazan los recursos del aparejador municipal Pablo Carrasco, que informó a favor del proyecto a pesar de que era “claramente contrario” a la “normativa urbanística de aplicación, y del ingeniero Andrés Morales, que informó a favor sin que se dieran “los requisitos necesarios para ello”.

SECRETARIO. Al recurso del ex secretario del Ayuntamiento de Yaiza, Vicente Bartolomé Fuentes, la Audiencia responde que “no advirtió” a los miembros de la junta de gobierno “de las infracciones del expediente”, “facilitando con su actitud que se autorizara la actividad de bodega que no debió construirse en un espacio en el que el Plan Insular lo impedía”.

DUCHEMÍN. Al gerente del Consejo Insular de Aguas en los años 2008 y 2009, José Juan Hernández Duchemín, la Audiencia Provincial le rechaza su recurso y resalta que “formuló propuesta favorable” para autorizar provisionalmente vertidos a pesar de que unos análisis arrojaron “niveles de contaminación muy por encima de los permitidos”. También considera que hizo “dejación de sus obligaciones”.

Comentarios

no querian vino...ahora dos vasos jajajaj
Tic tac tic tac.... Tic, tac, tic, tac... Sr. Tiburón .. El tren sigue lento pero directo. Próxima parada tahiche.
El artículo está lleno de errores porque está escrito por alguien que no conoce el documento de la acusación ni tampoco algo de la vulcanología de La Geria.
Aqui todos muy valientes... pero luego en el.face nadie abre el.pico jajaja
Van a caer años de carcel como Panes

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