El órgano fiscalizador mantiene el procedimiento por un presunto perjuicio de 88.836 euros al Ayuntamiento de Arrecife, que se encamina a la fase de juicio

El Tribunal de Cuentas rechaza otro recurso de Tovar y ‘pasa’ del informe de los servicios jurídicos de Arrecife: “Es una mera opinión”
El órgano fiscalizador mantiene el procedimiento por un presunto perjuicio de 88.836 euros al Ayuntamiento de Arrecife, que se encamina a la fase de juicio
El Tribunal de Cuentas ha rechazado otro recurso de la actual vicepresidenta del Cabildo, María Jesús Tovar (PP), en el procedimiento abierto por un perjuicio económico a las arcas del Ayuntamiento de Arrecife, en su etapa de concejal de Servicios Sociales, que asciende a 88.836 euros, y el caso se encamina a la fase de juicio.
En un auto reciente, el Tribunal de Cuentas desestima los recursos de Tovar y de las exconcejalas socialistas Eva de Anta y Victoria Sande contra la apertura del denominado procedimiento de juicio de las cuentas.
El pasado 15 de diciembre, el consejero Diego Íñiguez Hernández, de la Sección de Enjuiciamiento Tercera del Tribunal de Cuentas dictó una providencia en la que anunció “los hechos supuestamente motivadores de la responsabilidad contable” y emplazó a la Fiscalía, al Ayuntamiento de Arrecife, y a Tovar, De Anta y Sande “para su comparecencia y personación”.
Las tres antiguas concejalas señaladas por el Tribunal de Cuentas, de las que solo Tovar tiene cargo público en la actualidad, presentaron recursos contra la citada providencia. El responsable de la Sección de Enjuiciamiento dio traslado a la Fiscalía y al propio Ayuntamiento de Arrecife para que impugnasen los recursos si lo estimaban conveniente.
Sin embargo, mientras que el Ministerio Fiscal “se opuso” a los recursos de las tres exconcejalas, solicitó su desestimación y “la continuación del procedimiento de reintegro por alcance”, que podría implicar la condena a que desembolsaran el dinero perdido por la institución, el Ayuntamiento de Arrecife no se manifestó “en el plazo” dado para ello.
Intento rechazado
Los tres recursos presentados por las antiguas concejalas solicitaron la revocación del último paso dado por el Tribunal de Cuentas y que, en su lugar, se dictase una nueva resolución por la que se diera carpetazo al procedimiento de responsabilidad contable por el presunto perjuicio a las arcas públicas municipales.
Mientras que la Fiscalía defendió que el Tribunal rechazara los recursos de las exconcejalas, el Ayuntamiento no contestó “en el plazo” dado para ello
Tovar, De Anta y Sande alegaron “la inexistencia de responsabilidad contable” para tratar de evitar la “incoación del juicio”. Se basaron en las alegaciones que ya habían presentado antes de una comparecencia ante el propio Tribunal de Cuentas el 24 de abril de 2025, y las formuladas de forma verbal en ese acto.
Esas alegaciones ya habían sido desestimadas por el Tribunal, que tras esa vista levantó el acta de liquidación provisional, donde se fijó el mencionado perjuicio de 78.529 euros con 10.307 euros de intereses, básicamente por no haber reclamado la devolución de subvenciones no justificadas.
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Tovar y Ástrid Pérez, cuando gobernaban juntas en el Ayuntamiento de Arrecife en el pasado mandato.
Utilización de un informe municipal
Las exconcejalas utilizaron también un informe emitido por los servicios jurídicos del Ayuntamiento de Arrecife el 2 de mayo de 2025, “esto es, ya finalizadas las actuaciones previas” en el Tribunal de Cuentas. No obstante, ese informe jurídico ya había sido incorporado al procedimiento por la instructora del Tribunal.
Tovar, De Anta y Sande utilizaron un informe de los servicios jurídicos municipales, que también esgrimieron los partidos en el pleno para pedir el archivo del caso
“El Ministerio Fiscal se ha opuesto a los recursos al considerar que la providencia recurrida se ajusta a Derecho y el único argumento invocado por las recurrentes es que, con fecha posterior a la notificación del acta de liquidación provisional, el Servicio Jurídico del Ayuntamiento de Arrecife ha dictaminado que, a su juicio, no existe responsabilidad por alcance”, subraya el Tribunal de Cuentas.
En el auto se resta trascendencia a ese informe municipal al que se han agarrado las antiguas concejales: “Determinar la existencia o no de dicha responsabilidad es competencia exclusiva de los órganos jurisdiccionales del Tribunal de Cuentas”.
“Al Ayuntamiento de Arrecife, entidad eventualmente legitimada al ser la perjudicada por el supuesto alcance, le corresponderá decidir si ejercita o no acciones en el momento procesal oportuno, pero el dictamen de sus Servicios Jurídicos es una mera opinión, no decisoria, ni siquiera vinculante para la propia entidad”, resalta el Tribunal de Cuentas.
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Defender en vez de reclamar
De esta manera, el Tribunal viene a recordar al Consistorio capitalino gobernado por PP y CC que tiene el derecho de reclamar que las exconcejalas paguen por el señalado perjuicio económico, y que la opinión de sus servicios jurídicos no vincula ni siquiera al propio Ayuntamiento ni determina su postura en el procedimiento.
El Tribunal, sobre el informe municipal: “Determinar la existencia o no de dicha responsabilidad es competencia exclusiva de los órganos jurisdiccionales”
En cambio, por el momento la Fiscalía se ha quedado sola en la defensa de las arcas públicas municipales. De hecho, en el último pleno salió adelante una moción impulsada por el PSOE, que contó con el respaldo de Coalición Canaria y la abstención del Partido Popular y de VOX, para no ejercer acciones y pedir el archivo del procedimiento, agarrándose al citado informe de los Servicios Jurídicos que el Tribunal de Cuentas no ha considerado relevante.
“No corresponde a este consejero, en este momento procesal, valorar” si el informe municipal “acredita que los hechos no constituyen alcance [menoscabo para las arcas] de manera manifiesta e inequívoca”, señala el auto. Esa valoración “se hará en el curso del procedimiento de reintegro que, en su caso, se inicie mediante la correspondiente demanda”.
Camino procesal
El Tribunal le recuerda a la Corporación que es la “perjudicada” del daño y que la opinión de sus servicios jurídicos no es “decisoria, ni siquiera vinculante para la propia entidad”
El consejero del Tribunal de Cuentas explica en su auto que, una vez hechos ya los emplazamientos, se continuará el procedimiento por los trámites de juicio. Si no se presenta ninguna demanda, como puede suceder ante la postura política de los partidos representados en el Ayuntamiento, se le dará traslado a la Fiscalía para que la formalice, si así lo considera.
Si tampoco el Ministerio Fiscal llegase a presentar demanda, pese a que hasta el momento se ha mostrado favorable a que el caso se enjuicie, el Tribunal de Cuentas tendría que decretar, de oficio, el archivo del procedimiento.
















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