El Gobierno inicia los trámites para aprobar el Plan de Ordenación del Archipiélago Chinijo
El Plan rector del Archipiélago Chinijo fue anulado por los tribunales por carecer del documento que ordenaba los recursos naturales
La Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad del Gobierno de Canarias ha iniciado el trámite para aprobar el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) del Parque Natural del Archipiélago Chinijo. El inicio fue solicitado por el Cabildo de Lanzarote, que remitió el borrador de dicho plan al Gobierno el pasado 14 de mayo.
Hay que recordar que en 2017 el Tribunal Supremo anuló el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del Archipiélago Chinijo, que estaba en vigor desde el año 2006 y que se anuló precisamente porque carecía de PORN, tal y como obliga la Ley de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y la Fauna Silvestres.
Según considera el Gobierno de Canarias, la situación creada después de esa sentencia supone que la declaración del Parque Natural no es nula, sino que es válida, pero no despliega su eficacia hasta que no se apruebe el PORN. El Gobierno deberá consultar en este trámite a los interesados, y exponer a información pública y consulta por un plazo de dos meses “de los intereses sociales e institucionales afectados y de las organizaciones sin fines lucrativos”.
Respecto a la necesidad de Evaluación Ambiental Estratégica, el documento no estará sujeto a su elaboración siempre que su contenido se limite a su genuina finalidad y, por el contrario, deberá someterse a ella cuando incorpore determinaciones que no tengan relación directa con la concreta ordenación de los recursos naturales o no sean necesarias para tal ordenación, así como, en todo caso, cuando establezca el marco para la futura autorización de proyectos legalmente sometidos a evaluación de impacto ambiental
El PORN lo elaborará la Viceconsejería de Política Territorial por medio de los Servicios Técnicos y Jurídicos de Ordenación del Suelo Rústico y Espacios Naturales Protegidos, con apoyo de la Dirección General de Ordenación del Territorio. Durante su tramitación “no podrá reconocerse a los interesados la facultad de realizar actos de transformación de la realidad física, geológica y biológica, sin informe favorable de la Administración actuante”.
Comentarios
1 Asoc. De vecino... Jue, 25/07/2019 - 06:55
2 Jorge Javier Cu... Vie, 17/07/2020 - 14:31
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