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Arrecife rectifica con las terrazas después de que la Policía Local las inspeccionase

El Ayuntamiento capitalino autoriza ampliar terrazas a aquellos locales que ya tuviesen licencia concedida antes de la crisis del coronavirus con condiciones

Imagen de terrazas en el centro de Arrecife, este pasado lunes. Foto: Adriel Perdomo.
Diario de Lanzarote 0 COMENTARIOS 15/05/2020 - 08:56

El Ayuntamiento de Arrecife ha anunciado la autorización provisional para que los establecimientos con licencia previa a la crisis del coronavirus puedan ampliar la superficie ocupada, después de que a comienzos de semana, coincidiendo con la Fase 1 de la desescalada, la Policía Local iniciase la inspección de locales para obligar a retirar mesas.

Fuentes municipales reconocieron que estaban “muy preocupados” por la inspección a los bares y cafeterías de la ciudad que se había emprendido desde la Policía Local. Si se aplicase “a rajatabla” la normativa estatal sobre la desescalada, limitando al 50 por ciento las mesas colocadas en el exterior, “algunos locales no podrían ni abrir en Arrecife porque no tienen licencia de terraza”.

Las mismas fuentes señalaron que en la misma normativa aprobada por el Gobierno central se aconsejaba permitir una ocupación mayor del espacio público para mantener el aforo pero distribuyendo las mesas y sillas en una superficie mayor y garantizar así la distancia social entre los clientes.

Este jueves, el Ayuntamiento de Arrecife informó de que se había acordado permitir duplicar la superficie concedida en los espacios públicos de la capital para la instalación de mesas y sillas “de aquellos establecimientos hosteleros que cuenten con la autorización administrativa emitida por Consistorio capitalino, desde antes de la declaración de alerta por el Covid-19”.

El Ayuntamiento ha establecido “una serie de criterios de higiene, seguridad vial y sanitaria, distancias y lugares de la vía pública que pueden ser utilizados para esta ampliación provisional, mientras dure la alerta por el Covid-19 y las fases de desescaladas”. Una vez que termine, la autorización provisional decae.

“La superficie máxima que podrá ocupar cada terraza será el doble a la concedida, siempre y cuando cumpla el resto de las condiciones de aplicación”, se señala en el decreto municipal. “En caso de imposibilidad por cualquier causa, el aumento de la superficie se tiene que limitar al posible, cumpliendo en todo caso, el resto de las condiciones”.

“Ante futuras modificaciones de densidades de ocupación, se deberá ajustar la nueva superficie de terraza, en atención a las posibles variaciones de densidades que las medidas sanitarias puedan establecer, hasta la vuelta al estado anterior cuando se restablecerá la superficie inicialmente autorizada”, se agrega en el decreto.

Las terrazas se podrán ampliar sobre el espacio público peatonal “siempre que exista espacio disponible y respete en todo caso los itinerarios peatonales accesibles y las condiciones establecidas en la normativa de accesibilidad universal vigente”.

También se puede ampliar sobre “plazas de estacionamiento libre existentes en el carril de estacionamiento señalizado colindante”. “La ampliación será siempre dentro de la longitud de su fachada, en espacio colindante frontal, sin llegar a invadir las fachadas colindantes, ni opuestas de la calzada, respetando el itinerario peatonal accesible”, añade el decreto.

Así, para poder ocupar espacio más allá de la propia fachada, ocupando parcial o totalmente la fachada de un edificio colindante, “para ello, además de existir espacio suficiente disponible, debe contar previamente con autorización escrita y firmada de todos los titulares de dicha edificación, o administrador de esa finca, en la cual muestre su conformidad”.

Respetar el itinerario peatonal accesible

La normativa establece que se debe dejar “una anchura libre de paso no inferior a 1,8 metros, que garantice el giro, cruce y cambio de dirección de las personas independientemente de sus características o modo de desplazamiento”.

Además, el itinerario accesible no podrá ser ocupado por elemento o mobiliario alguno, no presentará escalones aislados ni resaltes y su pavimentación será dura, estable, antideslizante en seco y en mojado, sin piezas ni elementos sueltos.

Medidas de higiene

El Ayuntamiento también recalca que los establecimientos deben cumplir medidas de higiene o prevención como “limpieza y desinfección del equipamiento de la terraza, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro”.

Asimismo, “se priorizará la utilización de mantelerías de un solo uso”. “En el caso de que esto no fuera posible, debe evitarse el uso de la misma mantelería o salvamanteles con distintos clientes, optando por materiales y soluciones que faciliten su cambio entre servicios y su lavado mecánico en ciclos de lavado entre 60 y 90 grados centígrados”, se añade.

En la misma línea, “se deberá poner a disposición del público dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes con actividad virucida autorizados y registrados por el Ministerio de Sanidad, en todo caso en la entrada del establecimiento o local, que deberán estar siempre en condiciones de uso”.

Se fomentará el pago con tarjeta u otros medios que no supongan contacto físico entre dispositivos, evitando, en la medida de lo posible, el uso de dinero en efectivo. Se limpiará y desinfectará el datáfono tras cada uso, así como el TPV si el empleado que lo utiliza no es siempre el mismo.

Además, se evitará el uso de cartas de uso común, optando por el uso de dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles u otros medios similares. Los elementos auxiliares del servicio, como la vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, entre otros, se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.

Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras, y otros utensilios similares, priorizando monodosis desechables o su servicio en otros formatos bajo petición del cliente.

En cuanto a los aseos, la ocupación máxima por los clientes será de una persona, salvo en aquellos supuestos de personas que puedan precisar asistencia, en cuyo caso también se permitirá la utilización por su acompañante. Deberá procederse a la limpieza y desinfección de los referidos aseos, como mínimo, seis veces al día.

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