No cree que haya responsabilidades

El Cabildo dice que la sentencia de la desaladora “no tendrá consecuencias para el abasto”

DiariodeLanzarote.com 2 COMENTARIOS 04/07/2015 - 08:30

El Cabildo de Lanzarote, respecto a la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que anula la incautación de la planta desaladora de Montaña Roja, ha asegurado que “en principio, no tendría consecuencias para el abasto de agua a los ciudadanos y, en ningún caso, ello supone la anulación del procedimiento sancionador en curso en el que se incardina esta incautación que, entre otras cosas, establece la incapacidad de los promotores de la planta para vender agua a terceros”.

A este respecto, el Cabildo destaca que “la incautación se produjo en el seno de un proceso sancionador, y que no se trata de una vía de hecho del Consorcio Insular de Aguas tal como pretendía Club Lanzarote”.

Además, añade que ese procedimiento sancionador “está a punto de finalizar y que la propuesta de resolución del instructor de la causa concluirá presumiblemente, entre otras cuestiones y además de las sanciones, con la clausura de la planta desaladora”.

El Consorcio Insular de Aguas instará la inejecución de la sentencia por tratarse de bienes de dominio público, según el Plan General de Yaiza, a cuyo Consistorio se solicitará un certificado al respecto.

Por otra parte, respecto a la “alarma” existente sobre las posibles responsabilidades patrimoniales del Consorcio Insular de Aguas, el Cabildo resalta que “la sentencia en absoluto entra en consideraciones de esta naturaleza”.

“No parecería razonable que existiesen responsabilidades patrimoniales en una actividad ilegal para la que no se tiene título habilitante para vender agua a terceros”, añade el Cabildo.

“En todo caso”, agrega, “más bien cabría pensar en una sanción a Club Lanzarote por los beneficios obtenidos durante todos estos años, amén de las irregularidades por incumplimientos de toda índole en que pudiera haber incurrido” la promotora de Montaña Roja.

Los Servicios Jurídicos de la Corporación interpondrán un recurso de nulidad ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC contra la sentencia emitida por dicha Sala.

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