TRIBUNALES

Condena de 10 años de cárcel por la muerte de un hombre en Lanzarote: “No me tenías que haber vendido eso”

El condenado, que asaltó la casa de la víctima y le clavó un cuchillo, aseguró que le habían engañado vendiéndole tiza en vez de cocaína

M.R. 0 COMENTARIOS 21/11/2024 - 12:44

La Audiencia Provincial ha condenado a 10 años de prisión por homicidio a un hombre que asaltó la vivienda de la víctima y le clavó un cuchillo, provocándole la muerte. También tendrá que estar otros 10 años de libertad vigilada y se le ha impuesto una indemnización de 120.000 euros a dos de los hermanos de la víctima.

El crimen ocurrió el primer día de marzo de 2022. Sobre las nueve de las noche, el condenado acudió a la vivienda en la que residían la víctima y su hermano, en el barrio capitalino de Maneje. Según la Policía, el inmueble era utilizado en aquel entonces como fumadero.

Una vecina declaró en el juicio que escuchó al condenado decir: “No me tenías que haber vendido eso”. Según declaró en el juicio el propio acusado, acudió al domicilio de la víctima porque “le habían engañado vendiéndole tiza en lugar de cocaína”, una explicación “razonable” para el tribunal.

Tras entrar en la vivienda rompiendo la puerta, entabló una discusión con los dos hermanos. “Con la finalidad de causarle la muerte o siendo consciente de que podría provocarle la misma”, el acusado le propinó a la víctima una cuchillada en el costado izquierdo, que “penetró en la cavidad torácica, alcanzando el pulmón izquierdo, el pericardio y la víscera cardiaca”, lo que “le provocó un shock hemorrágico que le causó la muerte por fallo de los centros vitales”.

El cuchillo se adentró 13,5 centímetros en el cuerpo de la víctima, "hasta el corazón"

Según la sentencia, no quedó probada la culpabilidad del otro acusado, un hombre que acompañó al condenado a la zona pero que no se ha demostrado que llegara a entrar en la casa ni que participara de forma alguna en el apuñalamiento.

El coche que conducía el ahora condenado, que tenía entonces 32 años, era propiedad de su madre. En el vehículo encontraron un cuchillo, que los forenses consideraron “perfectamente compatible con la herida mortal”.

El cuchillo se adentró 13,5 centímetros en el cuerpo de la víctima, "hasta el corazón".

Sin atenuante por drogadicción

La Audiencia critica la actuación policial que, “con una diligencia lógica”, podría haber determinado si la muestra de sangre encontrada en el cuchillo era la de la víctima. No obstante, “fuese o no ese cuchillo el arma homicida, de lo que no cabe duda es que es perfectamente posible que uno como ese o incluso mayor”, nunca más pequeño, fue “el empleado en la ejecución del delito”.

La defensa del acusado pretendió hacer valer como circunstancia atenuante su “grave dependencia a las drogas”. Sin embargo, no se detectaron síntomas de síndrome de abstinencia tras su detención. Un grado de dependencia así “no sería compatible ni con la capacidad para relatar lo sucedido, meses después, ni con el detalle de cada una de las cosas que, a lo largo de ese día y noche, llevó a cabo”, apostilla la sentencia de este caso, cuyo juicio se celebró este pasado mes de octubre mediante un tribunal de jurado.

Añadir nuevo comentario