El Tribunal descarta que los hechos investigados sean constitutivos de delito de denuncia falsa y falso testimonio por parte del expresidente del Cabildo de Lanzarote
El Supremo archiva también la otra causa contra San Ginés por denuncia falsa en el caso de los Centros Turísticos
El Tribunal descarta que los hechos investigados sean constitutivos de delito de denuncia falsa y falso testimonio por parte del expresidente del Cabildo de Lanzarote
El Tribunal Supremo ha archivado también la otra causa que tenía abierta el actual senador y expresidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés, por supuesta denuncia falsa y falso testimonio en el caso de los Centros Turísticos.
En este asunto, iniciado a raíz de las acciones de la familia del empresario fallecido Antonio González, de la empresa Climafrical, la Fiscalía llegó a pedir en los Juzgados de Arrecife una condena de año y medio de prisión para San Ginés y el Juzgado de Instrucción número dos decretó en septiembre de 2022 la apertura de juicio oral.
Al acceder al Senado, San Ginés asumió la condición de aforado, por lo que cualquier procedimiento judicial en su contra se encomienda al Tribunal Supremo. El magistrado de la Sala Penal Vicente Magro, en su calidad de instructor, ha acordado el sobreseimiento libre y archivo definitivo de la causa abierta.
Así, el Supremo descarta que los hechos investigados sean constitutivos de delito de denuncia falsa y falso testimonio. El juez adopta la decisión tras tomar declaración como investigado al senador el pasado martes 16 de abril.
En un auto de 17 folios, el instructor concluye que no hubo en el senador intención de faltar a la verdad en su testimonio sobre presuntas irregularidades en la contratación por los Centros de Arte, Cultura y Turismo referidas a una determinada empresa y a responsables de la misma.
Añade que el hecho de que la investigación judicial por dichas irregularidades concluyese en un auto de archivo, no puede suponer de forma automática una exigencia de responsabilidades penales al denunciante.
“Esto ocurre con suma frecuencia en procedimientos penales de investigación a raíz de denuncias formuladas que no tienen por qué ser falsas por la circunstancia de que después de un largo proceso de investigación sean archivadas las diligencias”, expone el auto.
La decisión de archivo se suma a la adoptada el jueves por la Sala Penal del Tribunal Supremo en relación con otro asunto también relativo a San Ginés, en el que se investigaban presuntos delitos de prevaricación, fraude a la administración, tráfico de influencias, apropiación indebida y deslealtad profesional, en relación a la contratación del abogado Ignacio Calatayud y el cobro de costas judiciales en el concurso de acreedores de la empresa pública Inalsa.
La Sala acordó no admitir a trámite la causa contra el aforado, y acordar el archivo de las actuaciones respecto al mismo, con devolución al Juzgado de Instrucción número 4 de Arrecife del asunto para que continúe con la investigación de los hechos, respecto de los extremos referidos o en relación con la actuación de las personas no aforadas, principalmente Ignacio Calatayud.
Comentarios
1 Jota Vie, 19/04/2024 - 14:07
2 Et non semper i... Vie, 19/04/2024 - 14:08
3 Federico Sáb, 20/04/2024 - 12:13
4 Andrés Dom, 21/04/2024 - 08:39
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