Elisa Corujo

La prestación de ayuda para morir en Canarias: cinco años de un derecho que merece ser conocido

Desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2021, de regulación de la eutanasia (LORE), el conocimiento sobre su aplicación práctica se ha ido consolidando de forma progresiva. Como sucede con toda norma que incorpora un nuevo derecho y un procedimiento de elevada complejidad ética, jurídica y asistencial, su implantación ha requerido un importante esfuerzo de adaptación por parte de las instituciones y de los profesionales que la hacen posible.

Este recorrido ha sido posible gracias al compromiso de la Administración sanitaria, de los equipos técnicos, de los profesionales asistenciales y de quienes impulsaron la puesta en marcha de la Comisión de Garantía y Evaluación de Canarias desde sus inicios. A todos ellos deseo trasladar mi más sincero reconocimiento y agradecimiento por una labor desarrollada con sensibilidad, responsabilidad y un profundo compromiso con las personas en el final de la vida.

Tras cinco años de vigencia de la Ley, la prestación de ayuda para morir ha alcanzado un grado creciente de madurez organizativa en nuestra Comunidad Autónoma. En este proceso ha desempeñado un papel esencial la Comisión de Garantía y Evaluación de Canarias, integrada por profesionales profundamente comprometidos con las funciones que la LORE le atribuye, quienes compatibilizan esta responsabilidad con una elevada carga asistencial en sus respectivos ámbitos de trabajo.

La Comisión ha conseguido consolidar una dinámica de trabajo basada en la deliberación, el rigor técnico, la independencia y la disponibilidad permanente para asesorar y apoyar a los profesionales que intervienen en los procedimientos previstos por la Ley. Este esfuerzo colectivo ha permitido construir un modelo de colaboración que fortalece la seguridad jurídica del procedimiento y sitúa en el centro a la persona solicitante.

La implantación de un procedimiento novedoso, unido a la necesidad de armonizar aspectos clínicos, éticos y jurídicos, hace imprescindible mantener espacios permanentes de diálogo, deliberación y aprendizaje compartido. Las diferentes interpretaciones que pueden surgir durante la aplicación de la Ley deben entenderse como una oportunidad para mejorar los procedimientos, reforzar las garantías y avanzar hacia una aplicación cada vez más homogénea de la LORE.

En este recorrido ha resultado igualmente imprescindible la labor de las Unidades de Apoyo a la Prestación de Ayuda para Morir (UAPAM). Estas unidades constituyen el principal nexo entre la práctica asistencial y la Comisión, acompañando a los profesionales durante la tramitación de los procedimientos, ofreciendo apoyo en la interpretación del contexto clínico y jurídico de la prestación, resolviendo dudas y facilitando el adecuado desarrollo de los expedientes. El compromiso demostrado por sus integrantes ha sido determinante para la consolidación de esta prestación en Canarias.

La celeridad en la tramitación de los expedientes no constituye únicamente una exigencia procedimental, sino un compromiso ético y asistencial con personas que, en la mayoría de los casos, afrontan enfermedades avanzadas y situaciones de extrema fragilidad. Agilizar el procedimiento contribuye a garantizar el ejercicio efectivo de un derecho reconocido por la Ley y reduce el riesgo de que el fallecimiento se produzca antes de que la persona pueda ver culminado el proceso conforme a su voluntad.

La realidad asistencial de Canarias

Los datos recogidos en el Informe Anual 2025 permiten disponer, por primera vez, de una visión global de la aplicación de la LORE en nuestra Comunidad Autónoma.

Desde la entrada en vigor de la Ley hasta el momento actual, 266 personas han solicitado la prestación de ayuda para morir en Canarias. Durante el año 2025 se registraron 60 solicitudes, de las cuales el 30 % culminaron con la realización de la prestación.

El perfil de las personas solicitantes refleja una realidad claramente vinculada a la enfermedad crónica avanzad. El 81,6 % eran de nacionalidad española; aproximadamente el 70 % tenían más de 60 años y la distribución por sexo fue prácticamente equilibrada entre hombres y mujeres.

La distribución territorial pone de manifiesto una implantación desigual de la prestación. El 43,3 % de las solicitudes correspondieron a Tenerife, el 26,7 % a Lanzarote, el 21,7 % a Gran Canaria, el 6,7 % a Fuerteventura y el 1,7 % a La Palma, sin registrarse solicitudes en el resto de las islas durante el periodo analizado.

En cuanto a las enfermedades que motivaron la solicitud, la patología oncológica representó el 43,3 % de los casos, seguida de las enfermedades neurológicas con grave deterioro funcional, que supusieron el 26,7 %.

Uno de los hallazgos más relevantes del análisis realizado es que el 95 % de las solicitudes fueron formuladas directamente por la propia persona, en ejercicio libre, consciente y autónomo de un derecho reconocido por la LORE. El 5% restante se tramitó a través del Documento de Manifestaciones Anticipadas de Voluntad, en aquellos casos en los que la persona, habiendo perdido la capacidad de hecho para expresar su decisión, había dejado previamente registrada de forma expresa su voluntad de solicitar la eutanasia. Este dato pone de manifiesto la importancia de la planificación anticipada de decisiones como instrumento para garantizar el respeto a la autonomía personal, cuando la capacidad de decidir ya no puede ejercerse directamente.

Especial relevancia merece el papel de la Atención Primaria. Los médicos y médicas de Familia fueron responsables del 41,5% de las personas solicitantes, circunstancia que refleja la relación de continuidad y conocimiento longitudinal que mantienen con las personas y sus familias durante la evolución de enfermedades crónicas y situaciones de deterioro progresivo.

Respecto a los tiempos del procedimiento, el periodo medio transcurrido entre la primera solicitud y la resolución favorable de la Comisión fue de 40,7 días, mientras que el tiempo medio hasta la realización de la prestación alcanzó los 57,8 días. Esta diferencia responde, en buena medida, al propio ejercicio de la autonomía de la persona solicitante, que puede decidir libremente el momento para que se lleve a cabo su prestación de ayuda para morir.

El análisis de la casuística también permite identificar situaciones que requieren especial atención. El 18,3 % de las solicitudes no pudieron culminar el procedimiento al no ajustarse a los supuestos previstos por la LORE. Asimismo, el 26,6 % de las personas solicitantes fallecieron durante la tramitación del procedimiento, circunstancia estrechamente relacionada con la extrema fragilidad y la avanzada evolución de muchas de las enfermedades que motivan estas solicitudes.

Por otra parte, el 11,7% de las personas decidieron revocar su solicitud durante el proceso deliberativo. Este dato pone de relieve la importancia del diálogo mantenido con el médico responsable y el médico consultor, ya que, en numerosos casos, la exploración de nuevas alternativas terapéuticas, paliativas o de cuidados permitió a la persona reconsiderar su decisión.

En cuanto al lugar donde finalmente se llevó a cabo la prestación de ayuda para morir, el 76,9% se realizó en el ámbito hospitalario y el 23,1 % en el domicilio, reflejando la necesidad de seguir fortaleciendo la capacidad del sistema sanitario para ofrecer esta atención en los distintos entornos donde la persona desea ser atendida.

Una mirada hacia el futuro

La atención al final de la vida constituye uno de los ámbitos de mayor exigencia ética, clínica y humana del sistema sanitario. Por ello, resulta imprescindible continuar reforzando la formación de los profesionales, consolidar la coordinación entre las Unidades de Apoyo a la Prestación de Ayuda para Morir y la Comisión de Garantía y Evaluación, optimizar los circuitos de comunicación y dotar a la Comisión de los recursos administrativos y técnicos necesarios para desarrollar sus funciones con mayor agilidad, independencia y seguridad jurídica.

Del mismo modo, resulta esencial acercar a la ciudadanía el derecho sanitario reconocido por la LORE. Promover actividades divulgativas, coloquios y talleres informativos en las distintas Áreas de Salud contribuirá a mejorar el conocimiento de la prestación de ayuda para morir, favorecer una toma de decisiones más informada y fortalecer la confianza de la población en las garantías que ofrece el sistema sanitario durante el final de la vida.

Solo desde ese compromiso institucional, sustentado en la confianza, la formación, el trabajo conjunto y el reconocimiento de quienes hacen posible esta prestación, podremos seguir consolidando un modelo asistencial que sitúe siempre en el centro la dignidad, la autonomía y los derechos de las personas en el final de la vida.

 

* Presidenta de la Comisión de Garantía y Evaluación de la prestación de ayuda para morir de Canarias

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