Yaiza prohíbe el paso de ‘quads’ por suelo rústico y fija sanciones de hasta 3.000 euros
El Ayuntamiento de Yaiza aprobó este viernes la ordenanza municipal reguladora de “uso racional, mantenimiento y mejora” de los caminos rurales del municipio, que prohíbe el tránsito por suelo rústico de quads, buggies y vehículos análogos destinados a la actividad de alquiler.
Además, contempla multas de hasta 3.000 euros para infracciones tipificadas como muy graves y deja explícita la obligación del infractor de “restaurar la pista de tierra al estado en que se encontraba antes del daño causado”.
Yaiza entiende que después de pedir desde 2015 “acciones ejemplarizantes” al Seprona y al Cabildo, la problemática del tráfico de vehículos de motor por suelo rústico exige una regulación “más estricta” para evitar “daños mayúsculos en vegas agrícolas y perjuicio a la flora y fauna, con independencia de que el Plan Insular de Ordenación de Lanzarote prohíba la práctica de dicha actividad”.
El concejal de Medio Ambiente, Óscar Noda, explica que el objetivo de Yaiza es ordenar la actividad de forma que la realización de excursiones con vehículos motorizados con fines turísticos a través de caminos de tierra, pistas rurales y vías sin pavimento asfáltico “no produzca efectos negativos sobre la agricultura y el paisaje”.
Así, la ordenanza recoge las disposiciones generales que garantizan la protección de los caminos, también el régimen de policía y tipifica los hechos, acciones u omisiones que pueden constituir infracción administrativa determinando la cuantía de las sanciones y la obligatoriedad de indemnizar los daños, entre otros aspectos.
Noda asegura que “el uso de los bienes se inspira en el desarrollo sostenible y el respeto al medio ambiente, al paisaje, al patrimonio natural y cultural del suelo rústico y al interés turístico del municipio”.
La velocidad de circulación en todos los caminos del término municipal, estén o no en suelo rústico, para vehículos de motor no excederá de 30 kilómetros por hora y el peso máximo permitido será de 18.000 kilogramos.
El Ayuntamiento, en todo caso, podrá condicionar o prohibir el tránsito de ciclomotores, vehículos a motor, animales y personas por los caminos rurales, cualquiera que sea su categoría.
La ordenanza destaca que quads, buggies, motocross o todoterrenos no pueden circular por suelo rústico de protección de las categorías ambiental, agraria, minera, protección de infraestructuras y equipamientos, asentamientos ruarles y protección territorial.
La Vega de Temuime, zona de explotación agrícola en término municipal de Yaiza, es uno de los emplazamientos más afectados por el paso de quads y buggies.
Comentarios
1 Lz Sáb, 04/02/2017 - 09:47
2 anónimo Sáb, 04/02/2017 - 13:40
3 UNA AGRICULTORA... Sáb, 04/02/2017 - 14:13
4 Anónimo Sáb, 04/02/2017 - 15:16
5 Mila Dom, 05/02/2017 - 22:23
6 Anónimo Lun, 06/02/2017 - 16:35
7 Anónimo Mié, 08/02/2017 - 18:37
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