Un pleito de Rosa tumba el inventario de Patrimonio del Plan General de Yaiza
El TSJC sentencia que el inventario que se aprobó con el Plan General no puede desplegar los efectos de un catálogo arquitectónico
Un pleito interpuesto por una de las empresas del promotor Juan Francisco Rosa ha derivado en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que ha anulado el inventario de Patrimonio recogido en el Plan General de Ordenación (PGO) de Yaiza.
En el Plan General, aprobado en julio de 2014, se incorporó un inventario de bienes con valor y se estableció que, en el plazo de un año, el Ayuntamiento debía “formular y tramitar” el catálogo arquitectónico, que es el instrumento que establece la legislación canaria.
Para “remediar” la obligación que marca la Ley de Patrimonio Histórico de Canarias de que cada municipio debe tener su catálogo, en el Plan General se recurrió a “la figura del inventario”, restringiendo las intervenciones permitidas en los bienes incluidos hasta que se concretase “su régimen por el catálogo de protección”.
Así, solo se permitieron, y de manera “transitoria”, la ejecución “de obras de conservación, restauración y consolidación” de los bienes incorporados al inventario. Las obras debían respetar “en todo caso las dimensiones, morfología y ubicación de los elementos constructivos que definen el elemento arquitectónico inventariado”.
“Daños irreversibles”
Cabe destacar que Rosa llevó a cabo obras no autorizadas en el Hotel Finca Las Salinas, en el que anunció que abriría el denominado Hotel Stratvs. Sin embargo, el Servicio de Patrimonio Histórico del Cabildo detectó varias irregularidades en las visitas realizadas y concluyó que se habían producido “daños irreversibles” en el edificio protegido.
Entre esos daños, Patrimonio, que ordenó la paralización de las obras como medida cautelar, enumeró la demolición de la acogida, intervenciones en el aljibe, la demolición de dependencias en la parte de trasera de la vivienda, un hueco de tres metros de diámetro en una pared de piedra y barro original o puertas arrancadas.
El inmueble estaba incluido en el ámbito de protección del inventario arquitectónico municipal. Cuando empezaron las obras, en el año 2014, Yaiza ya las paralizó porque no tenían licencia, e inició un expediente de infracción urbanística. El empresario solicitó posteriormente licencia de obras para una reforma general del inmueble, que es del Siglo XVIII y se inauguró en 1997 como hotel rural tras ser restaurado.
“Condición futurible”
La sentencia del TSJC da la razón a la empresa Salmepa, absorbida por BTL Lanzarote, y considera “ilegal” la disposición del Plan General de Yaiza, “no porque prevea la posibilidad de aprobar el catálogo al margen del Plan, si no porque posibilita la aprobación del Plan sin que el catálogo arquitectónico esté aprobado”, con una “condición futurible”, como que se apruebe el catálogo en el plazo de un año.
Además, el tribunal también censura que el inventario despliegue “efectos jurídicos”, lo que se traduce en que el Plan General, que carece de catálogo arquitectónico, permite, sin estar habilitado para ello, “un instrumento sin amparo legal cual es el inventario”. Por ello, anula también el inventario y las limitaciones que se recogían para intervenciones en los bienes incluidos en el documento.
Comentarios
1 el rosita Mié, 28/10/2020 - 11:38
2 Anónimo Mié, 28/10/2020 - 13:42
3 Conejero Mié, 28/10/2020 - 16:29
4 Kolman Mié, 28/10/2020 - 18:46
5 Rodolfo Jue, 29/10/2020 - 08:07
6 Desesperanza Jue, 29/10/2020 - 10:47
7 lamentable Jue, 29/10/2020 - 15:13
8 Tierra Vie, 30/10/2020 - 06:07
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