San Ginés pide la nulidad del caso de la desaladora y el Juzgado suspende el inicio del juicio
La vista oral tenía que arrancar este martes y la primera sesión se suspende aunque el resto de fechas en mayo y junio se mantienen
El Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife ha dictado providencia acordando suspender el señalamiento del inicio de la vista del juicio contra Pedro San Ginés por presunta prevaricación en relación con la incautación de la desaladora de Club Lanzarote en Playa Blanca previsto para este martes, después de que el pasado viernes el expresidente del Cabildo solicitara la nulidad de actuaciones.
Ahora se está a la espera de que la Sección Sexta de la Audiencia Provincial se pronuncie sobre la petición del expresidente del Cabildo. Mientras tanto, las restantes fechas señaladas del juicio para los días 24 y 25 de mayo y 1 de junio se mantienen.
La Audiencia Provincial acordó en diciembre de 2020 que tanto San Ginés como Francisco Perdomo, exsecretario del Cabildo, y José Juan Hernández Duchemín, exgerente del Consejo Insular de Aguas, debían ser juzgados por el Juzgado de lo Penal de Arrecife y no por la propia Audiencia Provincial.
El primer juicio por la incautación de la planta desaladora de Montaña Roja se inició el 16 de noviembre del año pasado. En la fase de cuestiones previas, las defensas alegaron una serie de argumentos, que ya habían sido rechazados con anterioridad y que no impidieron la celebración del juicio, como que no existía acusación provisional de la Fiscalía o que el grupo Podemos no tenía capacidad para acusarles.
Sin embargo, la acusación dejó claro antes del juicio y al comienzo de la vista oral que quienes acusaban eran los exconsejeros Carlos Meca y Pablo Ramírez, a título particular y en calidad de acusación popular.
En noviembre de 2020, en la segunda sesión del juicio, cuando ya había declarado el exsecretario del Cabildo, Francisco Perdomo, quien aseguró que no se le “pidió informe” sobre la incautación y que “no había estudiado el expediente” de la desaladora de Montaña Roja, el abogado de San Ginés instó a la jueza a suspender la visa oral bajo la advertencia de emprender acciones legales en su contra.
José María Calero, abogado de San Ginés, sostuvo en aquel momento que era la Audiencia Provincial el órgano judicial competente para celebrar la vista oral. Afirmó, de forma errónea, que la pena del delito de prevaricación a la que se exponía su cliente por incautar la planta desaladora podría ser superior a los 10 años de inhabilitación, el límite fijado para el Juzgado de lo Penal, y pidió que se suspendiera el juicio y que se elevase a la Audiencia.
La jueza María Luisa Moreno, que en un primer momento había optado por continuar con el juicio, luego cambió de criterio, después de un receso solicitado por la Fiscalía, una vez que el abogado de la defensa había asegurado que emprendería acciones legales contra ella y de insinuar que estaría incurriendo en prevaricación de proseguir la vista oral.
La acusación popular, ejercida por Carlos Meca y Pablo Ramírez, consejeros del Cabildo en el pasado mandato, ofreció en el juicio no solicitar una pena superior a 10 años de inhabilitación para que prosiguiese la vista oral y, con posterioridad, pidió la anulación de la decisión de la jueza al entender que el Juzgado era el competente.
Comentarios
1 Hermano Lobo Lun, 16/05/2022 - 13:37
2 Raico Lun, 16/05/2022 - 23:43
3 Federico Mar, 17/05/2022 - 21:39
4 vox populi Mié, 18/05/2022 - 11:21
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