El Juzgado condena a Chavanel a pagar 50.000 euros al fiscal Stampa por una "campaña de desprestigio"
El Juzgado de primera instancia número 5 de Arrecife ha condenado al periodista Francisco Chavanel y a su productora 'El espejo de Jade', que realiza el programa radiofónico 'El espejo canario', a pagar una indemnización de 50.000 euros al fiscal Ignacio Stampa por una intromisión ilegítima en su honor. El periodista deberá leer el fallo en su programa durante cinco días seguidos.
La sentencia absuelve a la editora de Canarias 7, que también había sido demandada y donde Chavanel había publicado artículos criticando la labor de Stampa en los casos Unión y Stratvs. El juez considera que en el periódico se vertían opiniones y que no se ha acreditado que la editora, Inforcasa, contase con elementos que le permitieran saber que Chavanel basaba sus opiniones en informaciones inveraces, así como que no hay expresiones ultrajantes ni ofensivas.
El juez considera que algunas de las informaciones vertidas en el programa no se contrastaron debidamente y que se han emitido datos falsos. De esta forma, no queda acreditado que Stampa haya actuado de forma irregular, haya llevado una mala práctica profesional ni que fuera apartado de los asuntos que le habían encomendado.
Sí que hubo "una campaña de desprestigio" que duró varios meses, entre mayo y septiembre de 2014 y en la que se emitieron informaciones "no contrastadas y cuya falsedad ha quedado acreditada", como que el fiscal no pagaba su alquiler, que compró un coche al ex teniente alcalde de Arrecife, que maniobrara en su favor, y otras informaciones relacionadas con su pareja.
Ninguna de esas informaciones fue debidamente contrastada, según la sentencia, y el fiscal pudo demostrar que no eran ciertas. También considera el juez que el apelativo de ‘sheriff’ no es peyorativo en sí mismo pero sí lo es por su reiteración ya que se pretendía hacer ver que Stampa actuaba "por su propio mando" o de forma despótica e incontrolada.
Stampa fue fiscal de Medio Ambiente en Lanzarote, donde llevó los casos más sonados de corrupción, como Yate, Unión o Stratvs. Hace un año fue trasladado a la Fiscalía anticorrupción en Madrid, un nombramiento "incompatible" con haberse conducido de forma deshonesta, según el juez Manuel Cerrada.
Sin contrastar
En la sentencia se señala que el aludido no tiene por qué demostrar lo que considera que es inveraz y también que si la información es inveraz y no se ha desplegado la diligencia para comprobar la veracidad de los hechos, la intención es irrelevante.
Chavanel alegó que contrastó "hablando con personas" y “viendo documentación" pero no dio más explicaciones. También dice el fallo que el periodista ofrece "una visión novelada de los hechos", que su crítica excede con mucho el límite de lo admisible y que siembra dudas sobre el fiscal al basarse en informaciones que no han sido contrastadas.
Finalmente, se destaca en la sentencia que la campaña de desprestigio provocó un sufrimiento personal pero no afectó al desprestigio profesional del fiscal.
Comentarios
1 Ayyy Vie, 19/05/2017 - 07:17
2 Germán Vie, 19/05/2017 - 08:07
3 Retratado Vie, 19/05/2017 - 08:24
4 Feluco Vie, 19/05/2017 - 11:05
5 el ratoncito Vie, 19/05/2017 - 12:11
6 publicidad Vie, 19/05/2017 - 23:07
7 VEGA Dom, 21/05/2017 - 08:53
8 José Lun, 22/05/2017 - 16:07
9 Yo Lun, 29/05/2017 - 23:04
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