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Apropiación indebida y deslealtad profesional: los presuntos delitos que atribuye a Calatayud el informe encargado por Inalsa

El informe que sirve de base para emprender acciones legales concluye que pudo cometerse “prevaricación administrativa y tráfico de influencias” si los hechos “fueron conocidos y consentidos” por el anterior representante de la empresa pública y del Consorcio del Agua, bajo la presidencia de San Ginés

M.R. 5 COMENTARIOS 20/06/2021 - 19:59

Un informe jurídico encargado por la empresa Inalsa y por el Consorcio del Agua concluye que el abogado Ignacio Calatayud pudo haber cometido “presuntos delitos de apropiación indebida y deslealtad profesional, en su modalidad agravada”, en el cobro de costas de varios procedimientos judiciales relacionados con el concurso de acreedores de la compañía pública.

El análisis jurídico, del que se dio cuenta el pasado viernes a la asamblea del Consorcio del Agua -compuesto por el Cabildo y los ayuntamientos- constituida en junta general de Inalsa, aprecia también presuntos delitos de prevaricación administrativa y tráfico de influencias “si fueron conocidos y consentidos por el anterior representante legal de las entidades”, bajo la presidencia de Pedro San Ginés (CC).

En el informe, al que ha tenido acceso Diario de Lanzarote, se llega a esas conclusiones “de forma presunta, indiciaria y general”, y se deja abierta la puerta a que afloren otros “posibles ilícitos” en el caso de ejercitarse “acciones para intentar el reintegro” de las cantidades económicas cobradas supuestamente de forma indebida por Calatayud y “en el transcurso de una eventual investigación judicial”.

El principal eje del caso es que el abogado supuestamente cobró de forma directa las costas de procedimientos judiciales, unas abultadas cantidades económicas que le correspondía haber percibido a Inalsa o al Consorcio del Agua.

En el informe que se presentó a los órganos de gestión de ambas entidades públicas se destaca, en ese sentido, la doctrina al respecto del Tribunal Supremo, que establece que “el importe de las costas es para la parte”, en este caso Inalsa y el Consorcio, “y no para los profesionales” que las representaron.

Además, se destaca que “el procurador y el abogado intervienen en el proceso en representación y defensa de las partes y no pueden ejercer en el mismo, ni legal ni éticamente, pretensiones propias que sean ajenas a los intereses de las mismas”.

En el informe jurídico encargado por las entidades públicas se resalta “la presunta apropiación por los profesionales que intervinieron” en diversos procedimientos “de las cuantiosas sumas dinerarias que correspondían a Inalsa y al Consorcio del Agua por costas procesales, sin que conste la autorización expresa y clara de su cliente”.

Del mismo modo, se subraya que Calatayud y el procurador contratado “suscribieron y presentaron” ante el Juzgado “en nombre y representación” de Inalsa y del Consorcio “acuerdos transaccionales” para “el cobro directo de dichas cantidades”. Unos acuerdos, añade el informe, que fueron presuntamente ocultados, “habida cuenta de que al parecer no constan en Inalsa ni en el Consorcio”.

La doctrina del Supremo establece que “el importe de las costas es para la parte” y “no para los profesionales” que las representaron

Asimismo, se destaca que los acuerdos y la documentación de los procedimientos judiciales relacionados con el concurso de acreedores de Inalsa no fueron entregados por Calatayud pese a los reiterados “requerimientos” efectuados, “hasta el punto de que fue necesaria la designación de nuevos profesionales para el examen de las actuaciones judiciales a fin de esclarecer lo acontecido”.

En el informe jurídico analizado este pasado viernes por Inalsa y el Consorcio, que han acordado iniciar acciones legales contra Calatayud y San Ginés, se recalca que hay “indicios de infracción penal”.

De esta manera, se apunta que los hechos investigados pueden “superar el carácter de una mera infracción administrativa”. Así, “no solo se habrían efectuado contrataciones verbales sin expediente alguno, sino que las mismas también se habrían ocultado a las propias entidades tanto por los representantes procesales [en referencia a Calatayud] como por el expresidente de las mismas [en alusión a San Ginés]”.

También se considera en el informe jurídico que las supuestas infracciones irían más allá de anomalías procesales, “al haberse elevado al Juzgado unos acuerdos en nombre de los clientes [Inalsa y el Consorcio] sin que conste su consentimiento y conocimiento”.

300.000 euros por dos páginas

El pasado mes de noviembre, Inalsa y el Consorcio del Agua contrataron una asistencia jurídica para obtener la documentación relacionada con la liquidación de costas procesales y los acuerdos transaccionales a los que habrían llegado ambas entidades públicas, ante la negativa del abogado Ignacio Calatayud a facilitar la información, según denunció públicamente la presidenta del Cabildo, Dolores Corujo.

En un escrito “en nombre” del Consorcio y de Inalsa se pactaron 717.900 euros, de los que 600.000 euros eran  para Calatayud

A través de una batería de peticiones en los Juzgados se logró reconstruir lo sucedido. En uno de los casos, detallado en el informe presentado el pasado viernes a los actuales responsables de Inalsa y el Consorcio del Agua, se explica que, por un incidente concursal con la UTE Edam Janubio, controlada por la constructora FCC y a la que se contrató para una desaladora en el municipio de Yaiza, se liquidaron en costas 717.900 euros, de los cuales 600.000 euros se correspondían con “honorarios” de Ignacio Calatayud.

En ese procedimiento, se personó Calatayud pero “no se adjuntó ninguna resolución o acuerdo” del Consorcio del Agua de designación o contratación del abogado. El letrado representaba tanto al Consorcio como a Inalsa.

“La contestación a la demanda presentada por el Consorcio Insular de Aguas en dicho incidente concursal (266/2009) tiene una página de extensión y se redujo a manifestar la 'adhesión' del Consorcio a la contestación formulada por Inalsa”, explica el informe.

En otra página simplemente se consideraba innecesario celebrar una vista y, en el caso de que el Juzgado lo acordase, se señalaban tres testigos. “En total, la citada contestación [a la demanda de la UTE Edam Janubio] tiene dos páginas de extensión”.

Pago directo de las costas

En un principio, Calatayud pretendió cobrar como “minuta de honorarios” 473.406 euros por la representación de Inalsa y otros 473.406 euros por defender al Consorcio del Agua. Esas minutas fueron impugnadas por la unión de empresas de la constructora FCC, “sin que dicha impugnación llegara a resolverse por el Juzgado, porque las partes llegaron a un acuerdo que presentaron al Juzgado” el 13 de marzo de 2014.

Ese escrito está firmado por el procurador Francisco Bethencourt Manrique de Lara “en nombre del Consorcio”, la procuradora Emma Crespo “a nombre de Inalsa” y el procurador Óscar Muñoz “a nombre de Edam Janubio”. En ese escrito, firmado también por Ignacio Calatayud, se decía que sus “representadas” habían “alcanzado un acuerdo transaccional para la resolución de las discrepancias” y lo presentaban a homologación judicial.

El acuerdo incluía, como honorarios de Ignacio Calatayud, 300.000 euros por la defensa de Inalsa y otros 300.000 euros por la representación del Consorcio del Agua, así como 35.000 euros para la procuradora de Inalsa y 35.000 euros para el procurador del Consorcio. En total, 717.900 euros. En el acuerdo se pactó directamente “el pago de las costas al letrado por parte de Edam Janubio” y que el abono se realizaría “dentro de los siete días siguientes” mediante “cheque o por transferencia”.

Comentarios

Está claro que el calatagaitas este es un pájaro.. no hay más que verlo...
fuerte pajaro¡¡¡¡¡
Fuerte [...]
Otro que vino de Granaaa a ponerse rico perdido
Y quien se cree que solo mamaba el Calata ese y que quien le facilitaba la mamanza se quedaba mirando al mar. Anda ya. Una pa ti, otra pa mi, una pa mi, otra pa ti, una pa ti, otra pa mí...

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