La sentencia del caso Jable considera que “se compró el silencio del señor secretario, se compró la apariencia de legalidad y cumplimiento de la fe pública”
El papel “decisivo” y “esencial” de Fernández Camero: la mecánica del “cambiazo” en el concurso de la basura exigía su participación
La sentencia del caso Jable considera que “se compró el silencio del señor secretario, se compró la apariencia de legalidad y cumplimiento de la fe pública”
Sobre Felipe Fernández Camero, la Audiencia Provincial que dictó sentencia en el caso Jable alcanza la plena convicción de su autoría en los delitos cometidos en la adjudicación del servicio de recogida de basura y limpieza de calles en Arrecife “por una interrelacionada y variada prueba convictiva de fuerte significado incriminatorio”.
La sentencia considera acreditado que ejecutó “los groseros actos constitutivos de delito, los consintió, reveló información confidencial, antedató la presentación de las ofertas de Tecmed, solicitó y recibió como contraprestación a estos actos 14.000 euros en efectivo”.
“La Sala no alberga duda alguna de que Felipe Fernández Camero infringió su régimen jurídico y, aunque él no incluyera personalmente la modificación añadida (lo hizo Juan Rafael Arrocha) se concertó con el jefe de la Oficina Técnica y la alcaldesa [María Isabel Déniz] dentro del plan concertado de lucrarse a cambio de asegurar la adjudicación del contrato a la mercantil Tecmed”, luego Urbaser, señala la sentencia.
Así, Fernández Camero “contribuyó eficazmente a darle al expediente falseado la apariencia de total legalidad, haciéndolo con su firma y expedición de certificados y asistencia a la firma del contrato, plenamente consciente de la introducción extemporánea de la documentación que serviría para valorar la adjudicación a la licitadora que les iba a abonar la comisión pactada”, concluye la sentencia.
La sentencia considera que “se compró el silencio del señor secretario, se compró la apariencia de legalidad y cumplimiento de la fe pública y se hizo porque su actuación está conectada, porque la alcaldesa solicitó primero en marzo de 2002 un viaje y posteriormente él personalmente en noviembre de 2003”.
Según destaca la resolución judicial, el jefe de la Oficina Técnica no podía hacerlo por sí solo: “La mecánica falsaria del cambiazo de la oferta y su presentación fuera de plazo exige la participación del secretario”.
Es el secretario el que ostenta la custodia íntegra y fe pública del expediente del concurso para la adjudicación de la basura en la capital lanzaroteña. “El secretario tiene la misma responsabilidad de que no aparezcan nuevos documentos distintos de los originalmente presentados ya sea antes de la apertura de las plicas o después de la apertura de las plicas, su deber de custodia y de fe pública dura durante toda la vida del expediente administrativo”.
“Hay que darle un viaje al secretario”
“Es claro que [el gerente de Urbaser] Jacinto Álvarez, por sí solo, carecía de la oportunidad para ejecutar los hechos, puesto que no tenía ninguna oportunidad de infiltrase clandestinamente en el Ayuntamiento para consumar el amaño y trucaje de las ofertas, sustrayendo el expediente de su lugar de custodia, destruyendo unas hojas que se incluían en la primera oferta presentada por otras presentadas fuera de plazo, dando un cambiazo a la documentación”, se explica en la sentencia.
Pero además de las anotaciones de la agenda, de las declaraciones de los coacusados y del modus operandi que requiere de su participación, está el rastro de la comisión del pago del viaje a Kenia. En 2001 aparee en la agenda de Álvarez: “Hay que darle un viaje al secretario” y además está el hallazgo de los localizadores y tarjetas de embarque en el registro de las oficinas de Urbaser y el pago reconocido por los directivos de la citada empresa.
Son “siete criterios de valoración y ponderación conjunta e interrelacionada de la prueba practicada” los que permiten alcanzar, “sin duda alguna”, “la firme convicción de la autoría del secretario en el concierto criminal corrupto” en el amaño del concurso público del servicio de recogida de las basuras de Arrecife. La Audiencia considera “decisiva” y “esencial” la contribución de Camero al plan criminal.
“Comisiones ilegales”
“Felipe Fernández facilitó, cuando no permitió, los datos necesarios para efectuar la mejor oferta económica a la mercantil Urbaser a cambio de prebendas económicas y propició el traspase de la información confidencial y reservada de las proposiciones económicas del resto de las licitadoras, lo que originó y proporcionó una indudable ventaja competitiva a la mercantil Urbaser para que resultase segura adjudicataria en el concurso claramente adulterado y manipulado desde su inicio al ser puramente concebido como el medio para lograr el disfrute económico de unas comisiones ilegales”, señala la sentencia.
Respuestas afirmativas
Para corroborar el fallo condenatorio, la ponente plantea cuatro preguntas: ¿estaban las plicas de las proposiciones económicas, los sobres A, B, C del concurso público del contrato de basuras bajo la disponibilidad del señor secretario del Ayuntamiento?, ¿es una disponibilidad debida por el cargo que ocupa?, ¿tenía la posibilidad de interferir en su curso por estarle encomendada esa tarea de custodia de la documentación? Y, ¿ha habido afección a la causa pública en el ámbito de la contratación pública en la adjudicación del contrato de basuras? La respuesta a todas estas cuatro cuestiones es afirmativa.
Comentarios
1 Justicia para perros Mar, 09/01/2024 - 17:07
2 Justicia por fin Mar, 09/01/2024 - 20:12
3 Perros y justicia Mar, 09/01/2024 - 23:11
4 ANGEL Vie, 12/01/2024 - 13:31
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