Yaiza declara nula la ocupación de suelo público gratis por el Kikoland y un minigolf
El grupo de gobierno de Yaiza, presidido por Gladys Acuña, aprobó este jueves en sesión extraordinaria del pleno de la Corporación la resolución que declara nulo de pleno derecho el acuerdo plenario de 2 abril de 2004 que dio vía libre al convenio suscrito entre la institución y la firma Getsu Non Denwa, que cedió a la mercantil, de forma gratuita y por cincuenta años, el derecho de uso de tres parcelas municipales situadas en el plan parcial Costa Papagayo de Playa Blanca.
Las parcelas suman en total 31.887 metros cuadrados, dos de ellas hoy ocupadas por el complejo deportivo y recreacional Kikoland del hotel Princesa Yaiza y el minigolf del hotel Hesperia Playa Dorada. La resolución del Ayuntamiento, asimismo, desestima las alegaciones presentadas por las firmas con intereses en el convenio anulado.
El Ayuntamiento de Yaiza acordó en septiembre pasado iniciar el procedimiento de revisión por vía administrativa del convenio formalizado en la época en la alcaldía de José Francisco Reyes al considerar que el mismo no resultaba ajustado a derecho.
Así, la mercantil beneficiaria, según el informe jurídico, adquiere facultades o derechos sobre zonas verdes atribuyéndose la posesión y el uso de las mismas “en condiciones absolutamente lesivas para los intereses municipales, tanto, que utiliza a su propio beneficio las parcelas sin abonar canon alguno durante cincuenta años”.
La institución remitió a principios de este mes de diciembre la propuesta de resolución y el expediente completo, incluyendo informes técnicos, jurídicos y de Intervención, al Consejo Consultivo de Canarias para su dictamen, documento que llegó a dependencias municipales este 28 de diciembre.
El Consejo Consultivo de Canarias avala la decisión del Ayuntamiento de Yaiza dictaminando favorablemente a la revisión de oficio por nulidad de pleno derecho del acuerdo plenario de 2004 que aprobó el convenio de referencia. Aunque la batalla jurídica probablemente continuará en los tribunales de Justicia, la alcaldesa de Yaiza declara que "cumplimos desde el principio con la obligación de defender la Institución cuando se lesionan los intereses municipales".
"Cumplimos con la obligación de defender la Institución cuando se lesionan los intereses municipales", destaca la alcaldesa, que es consciente de que se abrirá una batalla legal
Yaiza defiende que el convenio es nulo de pleno derecho, entre otras consideraciones, al haberse prescindido total y absolutamente del procedimiento administrativo legalmente establecido para su aprobación, “hasta el punto que no se emitió informe alguno en el expediente cuyo contenido se reduce al propio acuerdo plenario”.
De hecho, el Consejo Consultivo de Canarias destaca que "no consta la más mínima tramitación, que habría de integrar los preceptivos informes jurídicos, de fiscalización y urbanísticos y que permitieran alcanzar la resolución final del procedimiento con el oportuno acuerdo plenario", causa ya suficiente para declarar su nulidad.
Pero es que además, subraya el Consejo, "el acto permite a una empresa privada la utilización privativa de zonas verdes públicas, lo que vulnera el ordenamiento jurídico pues no puede establecerse por convenio derechos propios de un concesionario en contra de los dispuesto en el Reglamento de Bienes de Entidades Locales y contra normas básicas de la legislación laboral y de contratación de las Administraciones públicas".
En definitiva, Yaiza y el Consejo Consultivo sostienen que el texto del convenio se dirige a asegurar a favor de la mercantil el uso privativo de zonas verdes para su uso restringido durante un plazo de cincuenta años y con posibilidad de prórrogas.
Campo de minigolf en suelo público municipal.
El Ayuntamiento había abierto expediente sobre tres parcelas en Playa Blanca que suman 31.000 metros cuadrados, dos de ellas ocupadas por instalaciones deportivas de hoteles
Desde esta perspectiva el acuerdo plenario de entonces además resulta nulo de pleno derecho por cuanto habilita la ocupación de parte del dominio público sin título que habilite para ello, que en cualquier caso debería ajustarse a una concesión administrativa que cumpliera los requisitos legalmente exigidos.
En virtud a la cláusula cuarta del convenio la mercantil se impone como concesionario de unas zonas verdes públicas sin abonar canon, hasta el punto que en la cláusula duodécima se reserva a su favor un derecho de tanteo sobre la mejor oferta que se formulara para continuar con la explotación de las zonas una vez finalizado el plazo máximo previsto en el convenio.
“El Ayuntamiento se ha ceñido al procedimiento legalmente establecido pidiendo al Consejo Consultivo de Canarias su dictamen, una trámite preceptivo y vinculante”, indicó el Consistorio presidido por Acuña.
Comentarios
1 Aclaración Jue, 29/12/2016 - 16:26
2 DOBLE RASERO Jue, 29/12/2016 - 17:22
3 jrosalrs Jue, 29/12/2016 - 18:19
4 Otilia Jue, 29/12/2016 - 18:39
5 Otilia Jue, 29/12/2016 - 18:39
6 Otilia Jue, 29/12/2016 - 18:39
7 Tollo Jue, 29/12/2016 - 20:47
8 mojo con morena Vie, 30/12/2016 - 00:41
9 El Joraique Vie, 30/12/2016 - 13:05
10 ciudadano Vie, 30/12/2016 - 13:07
11 anonimo Vie, 30/12/2016 - 13:10
12 anonimo Vie, 30/12/2016 - 13:11
13 Tremendo Vie, 30/12/2016 - 13:18
14 ciudadano Vie, 30/12/2016 - 15:51
15 anonimo Dom, 01/01/2017 - 12:25
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