Se les acusó de ser patrones de una patera, ingresaron en la cárcel de Tahíche y el Juzgado los puso en libertad dos meses después, pero terminaron en la calle y sin tutela
Libres pero sin tutela: dos menores que ingresaron en la prisión de Lanzarote fueron liberados pero acabaron en la calle
Se les acusó de ser patrones de una patera, ingresaron en la cárcel de Tahíche y el Juzgado los puso en libertad dos meses después, pero terminaron en la calle y sin tutela
Dos menores que llegaron a Lanzarote en junio en una patera terminaron en prisión, en Salto del Negro, acusados de ser los patrones de esa embarcación. La Fiscalía siempre ha considerado que son mayores de edad y no solo pidió el ingreso en prisión, sino que recurrió la orden de puesta en libertad que dictó un Juzgado de Lanzarote, que finalmente determinó que eran menores, y les concedió la libertad pero no los puso a disposición de la Fiscalía de menores, por lo que los chicos acabaron en la calle.
Se trata de I.S. y J.B., de solo 15 años, uno de Gambia y otro de Guinea Conakry. Llegaron en una zódiac desde Guelmin a Puerto Naos el 8 de junio junto a otras 44 personas, según el atestado policial: “29 varones adultos, 12 mujeres adultas, tres menas varones (sic) y dos mujeres menores”. En la patera había personas procedentes de Costa de Marfil, Burkina Fasso, Guinea Conakry, Gambia, Senegal e incluso Bangladesh. Los trasladaron a Gran Canaria por falta de espacio en Lanzarote.
Otros integrantes de la patera los nombran como los patrones y se inicia la investigación. La Policía determina que son los patrones y los jóvenes declararon que eran mayores de edad, a pesar de que eran menores, porque no querían ingresar en un centro y querían seguir su viaje migratorio. Les hicieron los análisis radiológicos, que arrojaron un resultado de un intervalo de edad entre 16,1 y 19,9 años. Posteriormente, ya ingresados en prisión, sus familias enviaron las partidas de nacimiento que certificaban su minoría de edad. Uno había nacido el 31 de diciembre de 2008 y el otro el 18 de febrero de 2009.
El Juzgado de Instrucción número dos de Arrecife determinó su puesta en libertad a finales de septiembre, en contra del criterio de la Fiscalía. Un auto de ese Juzgado afirma que los informes médico forenses que se les hicieron en el mes de julio “no se realizaron con las necesarias garantías para justificar la mayoría de edad de los investigados”.
“Baste con indicar, que en uno de los casos se fijó la edad en 25 años, cuando dicho extremo es ahora descartado totalmente, y respecto al otro caso, se recomendó la realización de la prueba TAC”, añadió el juez. El Juzgado finalmente declaró su minoría de edad, se inhibió de las actuaciones en favor de la Fiscalía de menores “sin que sea admisible demora alguna” y los chicos fueron puestos en libertad.
La Fiscalía recurrió esa decisión. Argumenta que la determinación de la edad implica que tiene que estar fundamentada en nuevas pruebas, “si la misma ya estaba acordada y consiguientemente y debidamente motivada”, pues no puede ser una decisión “caprichosa”. También pide la Fiscalía que no solo se determine la minoría de edad, sino que se determine la edad concreta, cosa que no se ha producido. Dice la Fiscalía que el proceso puede ser mejorado por cuestiones que escapan a la propia Fiscalía, como por ejemplo tener asistencia letrada, pero que se hizo correctamente y con las debidas garantías, en contra de lo que dice el auto del Juzgado número 2 de Arrecife.
La Fiscalía dice que el juez no determina los criterios para la mayoría de edad
Según la Fiscalía, para determinar la mayoría de edad se hicieron dos pruebas médicas objetivas: la radiografía del carpo de la mano izquierda y la ortopantomografía, que es un tipo de radiografía que proporciona una visión panorámica de la parte inferior de la cara, y después dos médicos forenses valoraron las actuaciones, fijando una estimación de la edad.
Según la Fiscalía, el Juzgado debe determinar la edad concreta porque si no, es un perjuicio para los chicos si son menores para poder obtener la nacionalidad española después de su tutela o para responder ante una posible cuestión penal. Señala en su recurso que se pidió una tercera prueba, un TAC, que es “cien por cien fiable” si se determina la edad a partir del estadio 3, y que había arrojado un resultado de estadio 5 en el caso de uno de los chicos, lo que supondría una edad entre los 26 y los 40 años, “incompatible con los 15 años que dice que tiene”.
En el otro caso, afirma que el propio chico dijo que tenía 25 años, aunque también declararon ambos en otros momentos otras edades diferentes. También reprocha la Fiscalía al juez que solo puede volver a examinar la edad siempre que aparezcan nuevas pruebas, porque de lo contrario se trataría de una medida caprichosa. El Juzgado solicitó otro TAC urgente, que fue una medida “arbitraria y no fundamentada” y que contraviene, según dice la Fiscalía, todas las prescripciones internacionales sobre pruebas médicas.
Entre finales de julio y principios de agosto se determinó su mayoría de edad en el Juzgado de instrucción 7 de Las Palmas de Gran Canaria, donde declararon el 8 de agosto, dos meses después de su llegada. Después las actuaciones se trasladaron al Juzgado de instrucción 2 de Arrecife, donde se aportan las partidas de nacimiento.
Respecto a estas partidas, la Fiscalía dice que el Juzgado no hizo ninguna averiguación sobre su autenticidad, que son fotos de un móvil y están expedidas antes de las declaraciones de los acusados, por lo que se podían haber defendido con ese argumento cuando declararon, y no lo hicieron.
Argumenta la Fiscalía que no hay seguridad de que esas partidas se refieran a los acusados ni se puede analizar la autenticidad del documento, así como que el Juzgado no se ha comunicado con la representación diplomática de los países de origen. Además señala que tienen validez si existe un convenio internacional o si están legalizadas o apostilladas y teniendo siempre el original. También añade que se deben valorar “como un documento más”, con la audiencia del investigado y dando oportunidad de intervenir a la Fiscalía.
La Fiscalía, en su recurso, dice que el juez no determina los criterios para dictar la mayoría de edad, no valora las pruebas ni realiza las que él mismo solicita, el TAC, y que tampoco determina la edad concreta ni la notifica al órgano correspondiente para que asuma la tutela por lo que “se están vulnerando sus derechos en situación de calle”. Los chicos fueron puestos en libertad, pero nadie asumió su tutela. La Fiscalía de menores rechazó la inhibición del juez en favor de ese órgano y pidió que se le notificara correctamente dicha inhibición porque argumenta que no se le había notificado, en papel. Interpuso un recurso de apelación y otro de queja, que son rechazados ambos por el Juzgado.
El Ministerio Fiscal se opuso a su puesta en libertad en varias ocasiones
El de apelación lo rechaza porque se presentó fuera del plazo previsto de cinco días. El juzgado notificó el auto de inhibición de forma telemática el 25 de octubre y la Fiscalía presentó su recurso el 7 de noviembre, por lo que el auto ya era firme. Dice el Juzgado que “no parece razonable que el Ministerio Fiscal se acoja a una supuesta necesidad de notificación en papel, de una resolución notificada a través del sistema de gestión procesal Atlante”.
Finalmente, el Juzgado ordena la libertad provisional de los acusados “con la obligación de designar un domicilio y número de teléfono de contacto, a la vista del precedente Auto de inhibición de la causa a favor de la Fiscalía de menores”. El mismo día, en otro auto, el Juzgado declara la minoría de edad, pero sin fijar la edad concreta.
Señala el Juzgado que la lectura de los informes médico forenses de 23 y 24 de julio de 2024, contenidos en las diligencias preprocesales, en contraposición con los informes médico forenses de 24 de septiembre de 2024 “determina que aquellos no se realizaron con las necesarias garantías para justificar la mayoría de edad de los investigados”. Los últimos informes no descartan la minoría de edad, por lo que se inhibe en favor de la Fiscalía de menores.
Comentarios
1 El negro gusta ... Vie, 13/12/2024 - 07:37
Añadir nuevo comentario