La Justicia rechaza una prórroga extraordinaria pedida por la empresa al considerar que la instalación se encontraba parcialmente en una zona prohibida

El TSJC avala la decisión del Gobierno de Canarias de no prorrogar la concesión de las jaulas marinas de Playa Quemada
La Justicia rechaza una prórroga extraordinaria pedida por la empresa al considerar que la instalación se encontraba parcialmente en una zona prohibida
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por la mercantil Yaizatún, contra la resolución de la Viceconsejería de Sector Primario del Gobierno de Canarias, que denegó la prórroga extraordinaria solicitada para una concesión de acuicultura situada en dominio público marítimo-terrestre en la zona de Playa Quemada (Yaiza).
En la sentencia, el tribunal avala la posición de la Administración autonómica, que justificó su decisión en base a la localización parcial de la instalación en una zona prohibida conforme al Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura de Canarias (PROAC).
La resolución impugnada confirmaba la inadmisión del recurso de alzada interpuesto contra decisiones de la Dirección General de Pesca y del Servicio de Estructuras Pesqueras relativas a la denegación de la prórroga pedida por la empresa.
Según detalla la resolución judicial, Yaizatún, obtuvo inicialmente la concesión en 2001 por un plazo de cinco años, prorrogable hasta un máximo de 20 años, plazo que venció en agosto de 2021.
A pesar de ello, la entidad solicitó en 2018 una prórroga extraordinaria. No obstante, el TSJC concluye que la ubicación parcial de la concesión en una zona prohibida impide su prórroga por no ser ambientalmente sostenible, tal como determina el PROAC.
Además, la Sala considera determinante el informe desfavorable emitido por la Dirección General de la Costa y el Mar del Ministerio para la Transición Ecológica, en su calidad de órgano competente para resolver sobre la ocupación del dominio público.
Este informe vinculante impedía, según el tribunal, cualquier prolongación de la concesión, al tratarse de una actividad sujeta a doble título: uno demanial estatal y otro industrial autonómico.
En consecuencia, el TSJC rechaza tanto la pretensión principal como las subsidiarias de Yaizatún, y le impone las costas del proceso, con un límite de 3.000 euros.
La sentencia puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo o, en su caso, ante la Sección Especial de la misma Sala del TSJC, si se alega infracción de normas autonómicas, siempre que se acredite interés casacional objetivo.
Cabe destacar que las polémicas jaulas se retiraron en junio de 2023, después de que, además, en varias ocasiones obtuvieran el galardón bandera negra, otorgado por Ecologistas en Acción, por los daños medioambientales ocasionados al medio marino.
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