La sentencia desestima la reclamación de la empresa del Vitalclass de Costa Teguise por haber tenido que cerrar en el peor momento de la pandemia de coronavirus
El Supremo rechaza la demanda de un hotel de Lanzarote contra el Gobierno por un “daño” de 1,7 millones por las medidas contra el Covid
La sentencia desestima la reclamación de la empresa del Vitalclass de Costa Teguise por haber tenido que cerrar en el peor momento de la pandemia de coronavirus
El Tribunal Supremo ha rechazado la solicitud de la empresa que explota el hotel Vitalclass Lanzarote, ubicado en Costa Teguise, que reclamaba una indemnización por un “daño” de más de 1,7 millones de euros que atribuyó al Gobierno de España, por las medidas aprobadas al inicio de la pandemia para tratar de contener la expansión del Covid.
La empresa Buena Ventura Resorts, con sede en la Avenida de Las Palmeras de Costa Teguise y que también explota una residencia de ancianos en Zaragoza, planteó una reclamación de responsabilidad patrimonial al Gobierno central en febrero de 2021.
Así, solicitó una indemnización por “los daños y perjuicios causados a raíz de las medidas restrictivas acordadas” por el Ejecutivo, “derivadas de la declaración de estado de alarma” en marzo de 2020 y sus prórrogas, además de por el segundo estado de alarma, acordado en octubre de aquel año.
La empresa llegó a cuantificar en 1.765.544 euros los supuestos daños y perjuicios que atribuyó al Gobierno central, en particular por suspender la apertura al público de los hoteles en lo peor de la pandemia, lo que afectó también al complejo Vitalclass Lanzarote. No obstante, en la sentencia del Supremo se indica que la petición concreta de indemnización se cifra en 380.506 euros.
El Gobierno desestimó mediante la fórmula de silencio administrativo la reclamación de la empresa hotelera y ahora, el Tribunal Supremo, tal y como ha hecho ante demandas similares, ha rechazado la exigencia de la compañía de ser indemnizada.
La “suspensión” de la actividad de los hoteles estuvo “justificada por las circunstancias excepcionales que se estaban viviendo”, para frenar la “expansión descontrolada del virus”
En su sentencia, el Supremo destaca que los reales decretos que establecieron el estado de alarma incluían “el deber de soportar las cargas” impuestas “con carácter general”, para “preservar la salud pública de los ciudadanos, sin que se genere un derecho de reparación de los posibles daños sufridos”.
El Supremo añade que ese es “un principio general” que aparece recogido en la Ley General de Salud Pública, “que expresamente excluye la indemnización por parte de la Administración respecto de los gastos causados por las medidas adoptadas para preservar la salud pública”.
Restricciones “constitucionales”
Además, la sentencia subraya que de “la declaración de inconstitucionalidad parcial” de la declaración de estado de alarme “no nace en el presente caso un derecho al resarcimiento por responsabilidad patrimonial fundado en dicha declaración”.
De esta manera, aclara que, “las medidas restrictivas” que tuvieron que soportar los hoteles, como el de la empresa demandante, “y de las que deduce daños patrimoniales sufridos”, sí que “fueron constitucionales y proporcionadas a la situación existente” por la pandemia de coronavirus.
Suspensión “justificada”
El Tribunal Supremo recuerda la “escalada exponencial de contagios” en aquellos meses de 2020 y subraya que “en el ámbito de la salud colectiva, la adopción de decisiones, en muchas ocasiones, debe basarse en la determinación cuantitativa del riesgo”.
“En materia de salud pública”, añade el Supremo, el “rango de incertidumbre y de azar se constituye en un riesgo para la salud que no se puede asumir”, que “el principio de precaución busca eliminar”.
Así “la suspensión temporal de actividades propias de los establecimientos de hostelería es una manifestación de la potestad de ordenación general” que estuvo “justificada por las circunstancias excepcionales que se estaban viviendo, tras la comprobación de que la eliminación de actividades grupales frenaba la tendencia ascendente de la expansión descontrolada del virus”.
Comentarios
1 Aprovechados Jue, 23/05/2024 - 14:43
2 Anónimo Jue, 23/05/2024 - 15:07
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