Demandó al Santander argumentando ignorancia

El Juzgado de Arrecife rechaza el recurso de un asesor financiero para recuperar 95.000 euros

Saúl García 3 COMENTARIOS 01/04/2014 - 12:57

En el año 2008, un ciudadano inglés contrató por 95.000 euros en el Banco Santander en Lanzarote un producto llamado "Valores Santander". Ese dinero se iba a utilizar para la OPA  que se hizo al Banco ABN Amro y en caso de que la operación saliera bien, como así fue,  el dinero se convertiría en acciones ordinarias del Santander de nueva emisión.

Las acciones, no obstante, perdieron valor y el ciudadano recurrió ante los tribunales alegando que desconocía el idioma, que no había recibido información ni explicación sobre el funcionamiento del producto, que “nunca supo lo que firmaba” y que debido a su perfil conservador desde el punto de vista financiero, siempre pensó que contrataba un depósito creado para celebrar el 150 aniversario del banco, con una rentabilidad elevada, y no un producto de alto riesgo.

El Juzgado de primera instancia número 1 de Arrecife, sin embrago, acaba de dar la razón a la entidad bancaria. Durante el juicio se demostró que al cliente se le informó en inglés de las características de la inversión por medio de una empleada bilingüe.

“A mayor abundamiento -dice el fallo- no consta en modo alguno que el perfil inversor de la parte actora y de su difunta esposa fuera conservador, sino todo lo contrario”, ya que el cliente trabajaba como asesor financiero independiente y había contratado con el mismo banco anteriormente “distintos productos de inversión de carácter especulativo”, así como que era inversor en Bolsa.

El inversor demandó al Santander alegando que “nunca supo lo que firmaba”

“El perfil del demandante, asesor financiero profesional independiente, y su estándar de cultura hacen en todo punto inimaginable e inverosímil que desconociera que firmaba una Orden de Compra de Valores, es decir, un producto especulativo, que cotiza en bolsa de rentabilidad variable y por tanto sometido a las fluctuaciones del mercado”, dice la sentencia.

El Banco Santander destacó en el juicio que “la inversión de los demandantes, a día de hoy, continúa viva en forma de acciones de Banco Santander que cotizan en el mercado”.

Se considera "inverosímil" que no supiera que era"un producto especulativo"

También asegura el fallo que el producto financiero, “objetivamente considerado, no puede calificarse de complejo, como sí ocurre con otros contratos” y que no se sostiene “desde la estricta racionalidad que se afirme que se creyó que se contrató un depósito a plazo fijo, cuando en el contrato  no consta, ni el término depósito, ni ninguna otra de las particularidades bancarias que caracterizan este producto financiero”.

Según la sentencia, “la frustración de las expectativas económicas del contrato forma parte de la propia esencia del mismo, el cual ya se ha determinado como valido, y es precisamente parte de su objeto y causa, la aleatoriedad”. La juez decidió condenar en costas al demandante.

Comentarios

Qué raro! Cómo siempre ganando los bancos
EL DIA QUE SE SEPA A CUANTA GENTE ENGAÑARON EN EL SANTANDER DE ARRECIFE Y SIEMPRE LA MISMA O MISMAS PERSONAS VA A QUEDAR A LA ALTURA DE LAS PREFERENTES DE BANKIA.
La noticia debería ser: " Entidad vinculada en casos de corrupción de actualidad, por empleado, en su beneficio". Para una docena de piezas separadas en los juzgados.

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