El Juzgado condenó al Cabildo a readmitir a tres trabajadores despedidos el año pasado
El Juzgado de lo Social condenó al Cabildo de Lanzarote a readmitir a dos trabajadoras de la Agencia de Desarrollo Local y a readmitir o indemnizar a un trabajador con la categoría de monitor.
En los dos primeros casos, las sentencias resuelven los despidos efectuados en agosto del año pasado por el Cabildo de Lanzarote, que los consideró “objetivos” al dejar de percibir una subvención del Servicio Canario de Empleo (SCE) para la contratación de agentes de empleo y desarrollo local.
Una de las despedidas había empezado a trabajar para el Cabildo en julio de 2004 y otra al mes siguiente. En el año 2010 lograron, mediante sentencia, que se les reconociera su condición de trabajadoras laborales indefinidas.
Las trabajadoras fueron despedidas e indemnizadas por el Cabildo con cuantías que rondaron los 11.000 euros, pero decidieron demandar a la institución insular. En ambas sentencias del Juzgado de lo Social se exige al Cabildo que las readmita “en su mismo puesto de trabajo e iguales condiciones que regían antes del despido”.
También se condena a la Corporación insular a abonarles los salarios dejados de percibir desde que se les notificó los despidos, al tiempo que las empleadas tenían que reintegrar las indemnizaciones percibidas.
En el tercer caso perdido por el Cabildo en el Juzgado de lo Social se refiere al despido de un monitor en septiembre del año pasado. Llevaba trabajando desde octubre de 2003 tras firmar un contrato de duración determinada, en situación de interinidad, como sustituto de un trabajador laboral fijo adscrito a la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente.
El trabajador al que sustituía estuvo en excedencia hasta septiembre del año pasado. La sentencia considera que “lo cierto es que ya desde el inicio de trabajo debe calificarse de indefinida” la relación laboral, “por fraude”.
Por ello, la sentencia señala que el despido debe calificarse de “improcedente”. En este caso, el Juzgado dio dos posibilidades al Cabildo, “a su opción”. La primera, readmitir al trabajador despedido, y la segunda, abonarle una indemnización de 26.337 euros.
Comentarios
1 Flaneur Jue, 24/04/2014 - 19:56
2 manejando diner... Vie, 25/04/2014 - 09:30
3 Flaneur Vie, 25/04/2014 - 10:29
4 A Flaneur Dom, 27/04/2014 - 11:04
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