Las sociedades alegaron que las autoridades no informaron oficialmente del riesgo de erupción ni recomendaron contratar seguros para proteger sus propiedades

El Consejo de Estado rechaza indemnizar con 2,4 millones a dos empresas de Juan Francisco Rosa por la erupción de La Palma
Las sociedades alegaron que las autoridades no informaron oficialmente del riesgo de erupción ni recomendaron contratar seguros para proteger sus propiedades
El Consejo de Estado ha dictaminado que procede desestimar las reclamaciones de responsabilidad patrimonial presentadas por BTL Lanzarote y Hotel Los Fariones, dos empresas domiciliadas en Lanzarote y controladas por el empresario Juan Francisco Rosa, que solicitaron conjuntamente 2.414.939 euros por los daños ocasionados por la erupción volcánica de La Palma en 2021.
Las sociedades reclamaron por los perjuicios sufridos en cinco fincas urbanas situadas en el municipio de Tazacorte, de las que cada una tenía una participación del 40 por ciento. BTL Lanzarote, vinculada a Bodega Stratvs, solicitó 1.268.075 euros, mientras que Hotel Los Fariones reclamó 1.146.863 euros.
En dos dictámenes aprobados por unanimidad, el órgano consultivo concluye que no procede atribuir responsabilidad patrimonial a la Administración General del Estado por el funcionamiento del Instituto Geográfico Nacional (IGN), al considerar que la erupción constituyó un supuesto de fuerza mayor y que no se acreditó el incumplimiento del deber de información alegado por las empresas.
Las compañías sostenían que las autoridades conocían la evolución del riesgo volcánico a partir de estudios científicos realizados durante los años anteriores a la erupción, pero no habían transmitido oficialmente esa información a la población ni recomendado contratar seguros que cubrieran los posibles daños.
Frente a esos argumentos, el Consejo de Estado afirma que no ha quedado acreditado el “supuesto incumplimiento del deber de información” imputable al IGN y considera que el organismo había facilitado información pública sobre la actividad sísmica y volcánica de La Palma.
Las reclamaciones fueron presentadas el 12 de diciembre de 2022, después de que la erupción iniciada el 19 de septiembre de 2021 ocasionara daños en las cinco propiedades de Tazacorte.
Las empresas de Rosa argumentaron que el proceso previo a la erupción se había acelerado entre 2017 y 2021 y que esa evolución había quedado reflejada en investigaciones científicas, informes de organismos oficiales y declaraciones públicas de especialistas.
Las sociedades imputaron los perjuicios a la Administración General del Estado, como responsable del Instituto Geográfico Nacional, y al Gobierno de Canarias, al que vinculaban con el Instituto Volcanológico de Canarias (INVOLCAN).
También consideraron que el Cabildo de La Palma debía haber aprobado y publicado el plan insular de actuación ante el riesgo volcánico, con los correspondientes mapas de riesgo.
BTL Lanzarote y Hotel Los Fariones reclamaron a la Administración por los daños sufridos en cinco fincas de Tazacorte durante la erupción volcánica de 2021
Las empresas alegaron que la falta de información oficial les había impedido conocer la probabilidad real de una erupción y contratar seguros que ofrecieran cobertura suficiente para los daños sufridos.
En sus escritos aseguraban que la destrucción de las propiedades había sido causada directamente por el volcán y reconocían que era “imposible materialmente parar, mediante obras públicas, la fuerza irresistible del volcán durante su erupción".
Sin embargo, sostenían que la responsabilidad de las administraciones derivaba de no haber comunicado oficialmente el riesgo con la antelación necesaria para que los propietarios pudieran asegurar sus bienes.
Las sociedades rechazaban que la erupción pudiera considerarse imprevisible, al afirmar que "las investigaciones científicas del período pre-eruptivo demuestran que el volcán se estaba gestando durante cuatro años antes".
Reproches por los seguros
El Consejo de Estado considera que la erupción fue un supuesto de "fuerza mayor", descarta la falta de información y atribuye a las empresas la decisión de no asegurar los inmuebles
Las empresas cuestionaron también la información facilitada durante la emergencia por el Consorcio de Compensación de Seguros. En sus reclamaciones sostenían que se habían ofrecido indicaciones contradictorias sobre la posibilidad de contratar pólizas una vez iniciada la erupción.
"La primera semana de la erupción no se permitió asegurar las viviendas a los que no las tenían previamente aseguradas", afirmaban. Añadían que "a partir de la segunda semana se permitió asegurar sus viviendas a los vecinos con un período de carencia de siete días".
Las reclamantes defendían que una comunicación oficial previa del riesgo les habría permitido asegurar los inmuebles y obtener una compensación por los daños posteriormente ocasionados por las coladas.
Más de 2,4 millones de euros
Los dictámenes señalan que no existe relación de causalidad entre el funcionamiento de los servicios públicos estatales y los daños ocasionados por el volcán
BTL Lanzarote reclamó inicialmente 1.100.000 euros, calculados a partir de una valoración de 220.000 euros por cada una de las cinco fincas. Posteriormente incorporó un presupuesto de 168.075 euros por trabajos de “roturación” de la finca Las Norias afectados por las coladas", hasta elevar su petición a 1.268.075 euros.
Hotel Los Fariones, por su parte, también reclamó inicialmente 1.100.000 euros, aunque posteriormente aportó informes periciales individuales sobre las fincas afectadas y fijó la indemnización solicitada en 1.146.863 euros.
El 20 por ciento restante de las fincas afectadas correspondía a Agrilugados SL, que presentó una reclamación independiente, desestimada.
Supuesto de "fuerza mayor"
El Consejo de Obras Públicas había advertido de que el hecho de tener propiedades o negocios en una zona próxima a un volcán entraña un riesgo generalmente conocido
Uno de los principales argumentos de los dictámenes es la consideración de la erupción de La Palma como un fenómeno de “fuerza mayor” que excluye la responsabilidad patrimonial de la Administración General del Estado por los daños ocasionados.
El Consejo de Estado, que se apoya en informes del Instituto Geográfico Nacional y del Consejo de Obras Públicas, considera que la erupción fue inevitable y que tampoco podía anticiparse con precisión su fecha, intensidad, duración o alcance.
En relación con las posibilidades de anticipar el fenómeno, el Instituto Geográfico Nacional explicó que "si bien la actividad volcánica podría pronosticarse con unos muy cortos márgenes de anticipación, no lo es su forma de manifestación final ni el desarrollo, intensidad o duración de la erupción, que son los factores que pueden provocar daños".
"Decisión libre" de las empresas
Los dictámenes también se pronuncian sobre la pretensión de las sociedades de atribuir responsabilidad a las administraciones por no haberles advertido de la conveniencia de contratar seguros para proteger sus propiedades.
“La falta de contratación de un seguro fue una decisión libre del reclamante, que optó voluntariamente por no hacerlo, por lo que los supuestos daños derivados de la falta de contratación de un seguro no resultan imputables a la Administración", añade el Consejo de Estado.
Por su parte, el Consejo de Obras Públicas había advertido de que el hecho de tener propiedades o negocios en una zona próxima a un volcán entraña un riesgo generalmente conocido y que las administraciones no pueden obligar a los ciudadanos a contratar un seguro para cubrirlo.














Comentarios
1 Milita Mar, 20/10/2026 - 21:48
2 Jeta Mar, 20/10/2026 - 21:59
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