Acusa al juez de no ser imparcial

La Fiscalía reclama la recusación del juez Lis de otra denuncia relacionada con el caso Unión

DiariodeLanzarote.com 13 COMENTARIOS 08/10/2015 - 06:56

La Fiscalía ha solicitado, por segunda vez, la recusación del juez Rafael Lis Estévez en un procedimiento relacionado con el caso Unión. El Ministerio Fiscal considera que existen “sospechas fundadas sobre la ausencia de imparcialidad objetiva del juez instructor” y que su instrucción “adolece de un sesgo claro a favor del denunciante y ha sido llevada a cabo a espaldas tanto del Ministerio Fiscal como de los propios denunciados”.

La primera vez que la Fiscalía solicitó la recusación de Lis fue en el caso abierto por la denuncia del juez César Romero Pamparacuatro sobre la sustracción o extravío de una veintena de resoluciones judiciales en el sumario del caso Unión.

La denuncia de Pamparacuatro fue a parar al Juzgado de Instrucción número 3 de Arrecife, el de Rafael Lis, que permitió que se personaran como perjudicados varios de los principales imputados del caso Unión, entre los que estaba Juan Francisco Rosa.

Pamparacuatro solicitó la recusación a principios de noviembre del año pasado, apoyada por la Fiscalía, porque la esposa de Lis, Margarita Alejo, era entonces la abogada de Rosa en el caso de la bodega Stratvs.

La Audiencia ordenó en marzo a Lis que se apartara de la denuncia de Pamparacuatro por sustracción de autos del caso Unión

El pasado mes de marzo, la Audiencia Provincial ordenó que el juez Lis se apartara del caso de la denuncia de sustracción de autos del caso Unión por tener “interés directo o indirecto en la causa” ante “la posibilidad de que su resultado pueda afectar al llamado caso Stratus, al constar unidos a estos últimos autos varios testimonios de diligencias practicadas”.

El juez Lis se tenía que haber apartado del caso en ese momento pero no lo hizo. Al menos es lo que sostiene la Fiscalía, que subraya que el juez Lis “no atendió al mandato legal que le imponía el artículo 61 de La Ley de Enjuiciamiento Criminal, porque sencillamente no se apartó de la instrucción como le era obligado”.

“Decisión judicial prohibida”

Según destaca el Ministerio Fiscal, lo que hizo el juez fue extraer de ese procedimiento una ampliación de denuncia que había registrado Luis Lleó, que se enfrenta a una petición de pena de seis años por el intento de soborno al socialista Carlos Espino, en unas nuevas diligencias previas que, según la Fiscalía, deberían ser nulas porque nacen “de una decisión judicial prohibida por imperativo legal”.

Lleó denunciaba por falsedad en documento público e infidelidad en la custodia de documentos a dos agentes de la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil que instruyeron el caso Unión y al que fue secretario del Juzgado número 5 de Arrecife, José Ramón Vera.

La Fiscalía considera que, en vez de apartarse, abrió un nuevo caso a raíz de la denuncia de Luis Lleó, acusado en el caso Unión

Lis hizo eso, según la Fiscalía, para que “ese escrito de ampliación de denuncia inicial no estuviese afectado de la posible causa de recusación”. “Nos encontraríamos ante la vulneración de un precepto legal para instruir un procedimiento paralelo a espaldas de las partes y en beneficio y clara toma de postura de uno de los denunciantes”, señala la fiscal jefe de Arrecife, Yolanda López.

Además, el juez inició las diligencias previas con esa ampliación de denuncia el 12 de enero de este año pero no notifica este hecho a las partes hasta finales de marzo, a pesar de que no había decretado secreto de sumario. El secretario de su Juzgado reconoce en un escrito que el auto está en la mesa del juez “a la espera de la resolución a adoptar”.

Lleó estaba al tanto, los denunciados no

Aunque oficialmente a Lleó no le informa de que ha abierto diligencias con su denuncia, el empresario conocía que existía ese procedimiento porque dirige tres escritos entre el 19 de enero y el 27 de febrero, que el juez le admite, a pesar de que Lleó ni siquiera estaba personado en el procedimiento como acusación particular, ya que lo pidió pero el juez nunca resolvió esa petición.

La denuncia de Lleó se dirigía contra dos agentes de la UCO y el que fue secretario del Juzgado número 5 de Arrecife

Cuando la Fiscalía recibe la notificación solicita el archivo de la causa, pero Lis no contesta ese escrito. Lo que sí hace es trasladárselo a Lleó para que haga las alegaciones oportunas. A los denunciados, sin embargo, no se les informa de esa petición de la Fiscalía, que de manera resumida, dice que “el magistrado instructor, sin resolver la petición de sobreseimiento interesada por el Ministerio Fiscal, dicta ordenar diligencias interesadas por quien no es parte en el proceso”.

La Fiscalía destaca sobre la instrucción de Lis la percepción “de toma de postura en beneficio directo o indirecto del denunciante”, uno de los principales acusados en el caso Unión, que “se agiganta si repasamos detenidamente el íter procesal de las diligencias previas”, y añade que “fluye de manera natural un juicio lógico y es que pudiera desprenderse que con sus actuaciones , el juez instructor ha tomado una clara postura de instruir el procedimiento obviando a todas las partes, menos a una, el denunciante Luís Lleó”.

“Falta de imparcialidad”

La fiscal también asegura que aporta datos suficientes “que permitan considerar que nuestros temores sobre la falta de imparcialidad del juez están objetivamente justificados” porque “se acercó al objeto del proceso con prevenciones o prejuicios que condicionaron su comportamiento”.

“La instrucción llevada a cabo en esta causa-concluye la Fiscalía en un escrito fechado el 30 de septiembre- en modo alguno se compadece con el estándar de imparcialidad objetiva y subjetiva definido por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, amén de vulnerar el derecho a un proceso debido y con garantías, con infracción asimismo del principio de seguridad jurídica; lo que debería conducir a su nulidad”.

‘¿Cómo lo sabía Luis Lleó?’

El juez Lis no notificó a los dos agentes de la UCO y al secretario judicial del caso Unión que había abierto diligencias por una denuncia interpuesta por Lleó contra ellos, pero solo una semana después de incoarlas, Lleó ya dirigió un escrito pidiendo su personación como acusación particular en esas diligencias, las 4062/2014.

“¿Cómo sabía Luis Lleó que primero se había desgajado su denuncia (…) y en qué Juzgado se tramitaba?”

La Fiscalía se pregunta “¿cómo sabía Luis Lleó que primero se había desgajado su denuncia, y segundo qué diligencias previas y en qué Juzgado se tramitaba su escrito de ampliación de denuncia?”. Sólo “un conocimiento extraprocesal del asunto pudo ofrecer tales datos hasta entonces desconocidos por el resto de las partes”, destaca la Fiscalía.

“Lo que se le reprocha al instructor, no es que fuera, él, en concreto el que facilitara la información que sólo él podía conocer puesto que según el secretario judicial el procedimiento estaba a su única disposición”, sino que “lo que es relevante desde el prisma constitucional de posible pérdida de imparcialidad es que sólo permitiera a este denunciante”, Luis Lleó, “enviar escritos de ampliación de su propia denuncia y el juez le permitiera la recepción de dichos escritos de personación antes de la notificación misma de la incoación del procedimiento judicial al que ya estaba dotando de contenido”.

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