La Fiscalía le acusaba de saltarse un precinto

La Audiencia absuelve al dueño de ‘Lanzarote a caballo’ de un delito de desobediencia

DiariodeLanzarote.com 8 COMENTARIOS 17/06/2015 - 11:13

La Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto al propietario de ‘Lanzarote a caballo’, Vicente Hidalgo, de un delito de desobediencia por ofrecer paseos a camello en el municipio de Yaiza. La Fiscalía le acusaba de saltarse un precinto del Ayuntamiento y solicitaba una condena de nueve meses de prisión.

La Audiencia Provincial ha ratificado la sentencia absolutoria que había dictado el Juzgado de lo Penal número 3 de Arrecife, rechazando el recurso interpuesto por la Fiscalía, que interpuso un recurso de apelación  en el que consideraba que la jueza había cometido un “error” en la valoración de las pruebas.

De esta manera, la Audiencia resuelve un litigio que pasó del ámbito administrativo, por la negativa del Ayuntamiento de Yaiza de autorizar la actividad de paseos a camello para turistas, al terreno penal, con el riesgo para el propietario del establecimiento de ser condenado a pena de prisión.

Uno de los aspectos más llamativos de la sentencia de la jueza Aitziber Oleaga, que ahora ha ratificado la Audiencia Provincial,fue el ‘dardo’ lanzado a la alcaldesa de Yaiza, de la que destacó que tenía “intereses económicos latentes” en la actividad de paseos en camello a turistas.

“La alcaldesa de Yaiza”, subrayaba la sentencia, “tiene familiares que son camelleros en el Parque Nacional de Timanfaya, habiendo realizado a partir del año 2003, y cuando era solo concejal por el PIL en dicho municipio”, en aquel momento en la oposición, “una campaña en contra de ‘Lanzarote a caballo’ con el fin de que cesara en su actividad de paseos de camellos”.

El Juzgado destacó que la alcaldesa de Yaiza tenía “intereses económicos latentes” en los paseos en camello a turistas

El objetivo de Acuña, según resaltaba la jueza, era “no perjudicar a las 38 familias que vivían solo de esto” en el Parque Nacional, “siendo que el Ayuntamiento de Yaiza percibe ingresos por esta actividad realizada por los camelleros de Timanfaya, la cual carece de la oportuna licencia para el desarrollo de los paseos a camello al haber sido anulada la ordenanza” dictada por el Consistorio.

Sobre esta apreciación de la jueza, la Audiencia Provincial considera que se trata de un “párrafo quizás innecesario” teniendo en cuenta los hechos por los que acusaba la Fiscalía al propietario de ‘Lanzarote a caballo’, si bien se niega a la revocación de la absolución del empresario, como pedía el Ministerio Fiscal.

Años de trámites para conseguir autorización

La sentencia de la Audiencia Provincial recoge el recorrido administrativo al que se ha enfrentado el propietario de ‘Lanzarote a caballo’ para conseguir autorización que le permitiera realizar paseos en camello a turistas desde 2003.

En el procedimiento penal se consideró, atendiendo al criterio del Cabildo, que no era necesaria calificación territorial ya que no implicaba “construcción o instalación alguna” y que tampoco era precisa autorización de actividad clasificada, como exigía el Ayuntamiento. Se censuró al Consistorio por no aplicarle una normativa de 2010 que favorecía al empresario y por faltar a la verdad en un decreto de cese de actividad al señalar que no tenía permiso del Cabildo.

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