La juez rechaza la apertura de Stratvs y dice que los indicios de delito se han reforzado
Silvia Muñoz, la jueza del caso Stratvs, ha vuelto a rechazar la solicitud de levantamiento de las medidas cautelares y de apertura de la bodega realizada por la sociedad BTL, propietaria del complejo en La Geria. Muñoz considera que el cierre sigue siendo “pertinente, útil y necesario” y que seguirá cerrada hasta que finalice la instrucción judicial porque no hay elementos nuevos para volver a valorar su apertura.
En un auto del pasado 23 de enero, la jueza desestima los cuatro argumentos de la defensa, que alegaba que el cierre se debió a un error de concepto, que no se valoró un informe de la Dirección General de Aguas que dice que no hay sistema hidrológico en el Barranco del Obispo, que no se tuvieron en cuenta dos analíticas positivas tomadas en 2009 por el propietario de la bodega sobre las aguas fecales y que el nuevo Plan Especial de La Geria legaliza la bodega.
La juez contesta a estos cuatro argumentos y dice que las alegaciones no son novedosas porque las circunstancias que describen ya existían antes de que se decretara el cierre en diciembre de 2013 y no se plantearon en su momento.
Sobre la existencia o no de aguas subterráneas, dice la instructora que hay indicios de que existen, como la declaración judicial del arquitecto de la bodega e incluso del dueño de Stratvs, Juan Francisco Rosa, que reconoce que había un aljibe. También cita la Memoria del Plan Especial de La Geria que reconoce la existencia de aguas subterráneas en la zona. Y añade que existe riesgo de contaminación por filtración en el terreno “teniendo en cuenta la especiales características de la piedra volcánica”.
También destaca que la defensa de BTL presenta un documento para alegar que no hay aguas subterráneas, que es una fotocopia de un documento compulsado que ni está completo ni guarda identidad con la ubicación de la instalación”.
En cuanto a las analíticas sobre la contaminación, recuerda que se tuvieron en cuenta las que hizo el dueño de la bodega pero que se dio más valor a una medición del vigilante de cauces. Recuerda que el Consejo Insular de Aguas hizo un informe que decía que para legalizar los vertidos residuales debía instalar un sistema de depuración.
Ese informe, según la juez, lo asumió el gerente del Consejo pero seis días después dictó una resolución en la que autorizaba los vertidos “provisionalmente y sin posibilidad de prórroga durante seis meses y sometidos a que se garantice la calidad de las aguas mediante analíticas mensuales”.
Rosa alega que el nuevo Plan de La Geria legaliza la instalación y la juez le dice que el Plan está recurrido ante los tribunales
“Pues bien -dice el auto- pese a la meridiana claridad de lo acordado no se volvió a realizar comprobación alguna”. Rosa sólo aportó dos muestras recogidas por su propia empresa.
“Pese a ello -dice el auto- sorprende que aunque la resolución imponía en negrita dos condiciones y no habiéndose cumplido ninguna de las dos, no se haya actuado desde el punto de vista administrativo” y señala que la inactividad del Consejo Insular de Aguas y de todas las administraciones concurrentes ya fue puesta de manifiesto anteriormente en la instrucción.
En un auto anterior, Muñoz hablaba de que la inactividad de las administraciones públicas en este caso es alarmante y que “la falta de decisiones es total y el deber de vigilancia y control durante todos estos años ha sido nulo por inexistente absolutamente, incluso después de tener pleno conocimiento de los hechos”.
Por último, sobre la legalización de la bodega en el nuevo Plan de La Geria señala la magistrada que “de ser cierto ese argumento”, el Plan se encuentra pendiente de que se pronuncie el TSJC porque ha sido impugnado, y que, en todo caso, la medida de cierre se ha tomado por un delito ecológico.
Según la juez, los motivos por los que se cerró la bodega no sólo no se han desvirtuado sino que los indicios se ven reforzados a medida que avanza la investigación, y señala que está a la espera de recibir una “diligencia esencial”, que es un informe pericial que determine los daños que se hayan podido producir a los valores del espacio natural protegido y sus recursos naturales y si el funcionamiento de la bodega constituye un riesgo de contaminación del espacio.
Comentarios
1 Buena juez Jue, 29/01/2015 - 16:59
2 Zas Jue, 29/01/2015 - 18:51
3 veredita Jue, 29/01/2015 - 19:37
4 andres Jue, 29/01/2015 - 19:48
5 se marchitó la rosa Jue, 29/01/2015 - 22:21
6 caerá Jue, 29/01/2015 - 22:24
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