El TSJC cuestiona expulsar a un condenado por violación a Marruecos porque puede volver en patera
El tribunal ha optado por confirmar el cumplimiento de la condena de cárcel por violación a una mujer en Puerto del Carmen en vez de expulsarlo del país
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) cuestiona que conmutar a un extranjero una condena de prisión o parte de ella por la expulsión a su país, como prevé el Código Penal en determinadas condiciones, sea "eficaz" para los ciudadanos de Marruecos, porque presupone que pueden burlar esa medida volviendo en patera y dando otro nombre al llegar.
La Sala de lo Penal del TSJC plantea ese razonamiento al confirmar los seis años de cárcel impuestos a un ciudadano marroquí residente en Lanzarote por haber violado a una mujer extranjera en la localidad de Puerto del Carmen en junio de 2022, en una condena que comportaba la expulsión de España una vez cumplidos cuatro años.
En su recurso, la defensa trataba, en primer lugar, de impugnar la condena contra su cliente por una supuesta falta de pruebas y, en segundo, planteaba que si lo anterior no se aceptaba, como ocurrió, el procesado cumpliera el castigo en España y no fuera deportado.
El TSJC deniega esa solicitud porque la Audiencia de Las Palmas no hizo más que aplicar lo que determina el Código Penal para cualquier ciudadano extranjero no comunitario, salvo que esa medida se considere desproporcionada por tener ya arraigo en España.
En ese punto, los magistrados que firman la sentencia refrendan lo establecido en la ley, pero expresan sus dudas sobre que resulte eficaz con ciudadanos de Marruecos, aludiendo al frecuente tránsito de pateras hacia España desde ese país.
"La medida no es efectiva en la práctica en los casos como el presente, pues la expulsión, como es notorio, no resulta una medida eficaz por cuanto es fácilmente eludible por el tan usado sistema de inmigración ilegal indocumentada, afirmando a la arribada una identidad distinta, y aún más fácil para un nacional marroquí, como es el condenado, dado el igualmente notorio flujo migratorio de esa procedencia", argumenta el magistrado ponente, Antonio Doreste.
Comentarios
1 Mariano Mar, 07/05/2024 - 08:59
2 Ray Mar, 07/05/2024 - 10:52
3 FRESQUITO Mar, 07/05/2024 - 13:23
4 De aquí Mar, 07/05/2024 - 19:42
5 Aurora Fernández Mié, 08/05/2024 - 12:23
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